(Diario Acción). El viernes 3 de julio el Ejecutivo de General Rodriguez emitio un decreto estableciendo la "Emergencia Sanitaria" en todo el Partido de General Rodriguez «a partir de la hora 12 del dia 3 de julio de 2009 y hasta que las autoridades sanitarias nacionales y provinciales consideren superada la situacion de emergencia provocada por el virus de Influenza H1N1».
Por tal motivo el decreto dispone «el cierre y cese de actividades de clubes, entidades y asociaciones sociales, culturales, deportivas, centros comunitarios y de esparcimiento de concurrencia masiva como bares, restaurantes, pizzerias, establecimientos bailables y nocturnos, salones de fiestas, gimnasios y los denominados peloteros y Cybers y/o Cybers Cafe».
En su Art. 3º el decreto señala que los establecimientos destinados a restaurantes, pizzerias y las casas de comida podran continuar desarrollando la elaboracion de las denominadas "comidas para llevar" pero "bajo ningun concepto podran habilitar sus salones comedores al uso publico" en tal sentido, «el Departamento Ejecutivo podra disponer la clausura de los establecimientos privados en caso de constatarse el incumplimiento al cese de actividades decretado, a cuyo fin para verificar el estricto cumplimiento de las medidas preventivas la Secretaria Tecnica de Calidad de Vida podra destinar personal con habilitacion de dias y horas inhabiles y requerir la mayor colaboracion de las restantes secretarias del Departamento Ejecutivo».
Por ultimo, se dispone que «En el ambito de la Administracion Municipal podra otorgarse licencia con goce de haberes desde el lunes 6 de julio de 2009 y mientras dure la situacion de emergencia a los empleados y funcionarios que presenten antecedentes de riesgos como embarazadas, diabeticos, riesgo cardiaco, cardiopulmonar o neoologico o similares».
Este decreto complementa el Decreto Nro. 1033/09 el que disponia la suspension de toda actividad escolar en la localidad los dias 1, 2 y 3 de julio y la suspension hasta nuevo aviso de todas las actividades sociales, culturales y deportivas programadas por el municipio recomendando a la actividad privada suspender toda actividad similar a los efectos de evitar aglomeraciones y reuniones de personas en lugares de esparcimiento, espectaculos, comerciales, recreacion y/o gastronomicos.
La deficiente difusion del decreto genero multiples inconvenientes, confusiones y discusiones en los ambitos involucrados; dado que fue el personal policial el encargado de comunicar tales disposiciones a los comercios; de tal modo que se ignoraba si se trataba efectivamente de normas de aplicacion obligatoria o simples recomendaciones.
Desde el principio el cumplimiento fue decididamente parcial y apenas por un par de dias, dado que ya a mediados de semana todos los comercios mencionados en el decreto abrieron sus puertas de la manera habitual.
Cabe destacar que el decreto no menciona ni permite tampoco ningun tipo de medidas tales como un horario de cierre determinado, algun limite en la cantidad de personas dentro de un area o, en el caso por ejemplo de restaurantes, de distancias entre mesas, como se dispuso en Lujan.
El Decreto tampoco contempla la situacion de empleados municipales con hijos a su cargo.
Como conclusion, nos encontramos no solamente frente a la irresponsabilidad de propietarios que priorizan un afan de lucro y a la de vecinos indiferentes frente a una crisis sanitaria y sus consecuencias para con sus projimos; sino tambien frente a la indolencia y apatia de funcionarios que incapaces de hacer respetar lo que ellos mismos disponen contemplan impasibles el incumplimiento de las normas y sus propios deberes de funcionarios publicos; dejando en claro el caos que hoy se padece en General Rodriguez a la par de la nula consideracion por una investidura municipal, incapaz ya de hacer respetar sus propias decisiones.
Por tal motivo el decreto dispone «el cierre y cese de actividades de clubes, entidades y asociaciones sociales, culturales, deportivas, centros comunitarios y de esparcimiento de concurrencia masiva como bares, restaurantes, pizzerias, establecimientos bailables y nocturnos, salones de fiestas, gimnasios y los denominados peloteros y Cybers y/o Cybers Cafe».
En su Art. 3º el decreto señala que los establecimientos destinados a restaurantes, pizzerias y las casas de comida podran continuar desarrollando la elaboracion de las denominadas "comidas para llevar" pero "bajo ningun concepto podran habilitar sus salones comedores al uso publico" en tal sentido, «el Departamento Ejecutivo podra disponer la clausura de los establecimientos privados en caso de constatarse el incumplimiento al cese de actividades decretado, a cuyo fin para verificar el estricto cumplimiento de las medidas preventivas la Secretaria Tecnica de Calidad de Vida podra destinar personal con habilitacion de dias y horas inhabiles y requerir la mayor colaboracion de las restantes secretarias del Departamento Ejecutivo».
Por ultimo, se dispone que «En el ambito de la Administracion Municipal podra otorgarse licencia con goce de haberes desde el lunes 6 de julio de 2009 y mientras dure la situacion de emergencia a los empleados y funcionarios que presenten antecedentes de riesgos como embarazadas, diabeticos, riesgo cardiaco, cardiopulmonar o neoologico o similares».
Este decreto complementa el Decreto Nro. 1033/09 el que disponia la suspension de toda actividad escolar en la localidad los dias 1, 2 y 3 de julio y la suspension hasta nuevo aviso de todas las actividades sociales, culturales y deportivas programadas por el municipio recomendando a la actividad privada suspender toda actividad similar a los efectos de evitar aglomeraciones y reuniones de personas en lugares de esparcimiento, espectaculos, comerciales, recreacion y/o gastronomicos.
La deficiente difusion del decreto genero multiples inconvenientes, confusiones y discusiones en los ambitos involucrados; dado que fue el personal policial el encargado de comunicar tales disposiciones a los comercios; de tal modo que se ignoraba si se trataba efectivamente de normas de aplicacion obligatoria o simples recomendaciones.
Desde el principio el cumplimiento fue decididamente parcial y apenas por un par de dias, dado que ya a mediados de semana todos los comercios mencionados en el decreto abrieron sus puertas de la manera habitual.
Cabe destacar que el decreto no menciona ni permite tampoco ningun tipo de medidas tales como un horario de cierre determinado, algun limite en la cantidad de personas dentro de un area o, en el caso por ejemplo de restaurantes, de distancias entre mesas, como se dispuso en Lujan.
El Decreto tampoco contempla la situacion de empleados municipales con hijos a su cargo.
Como conclusion, nos encontramos no solamente frente a la irresponsabilidad de propietarios que priorizan un afan de lucro y a la de vecinos indiferentes frente a una crisis sanitaria y sus consecuencias para con sus projimos; sino tambien frente a la indolencia y apatia de funcionarios que incapaces de hacer respetar lo que ellos mismos disponen contemplan impasibles el incumplimiento de las normas y sus propios deberes de funcionarios publicos; dejando en claro el caos que hoy se padece en General Rodriguez a la par de la nula consideracion por una investidura municipal, incapaz ya de hacer respetar sus propias decisiones.
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