Lo resolvió la Cámara Laboral. La empresa deberá abonar la suma de $35 mil al joven que se consideró despedido al recibir constantes humillaciones e insultos por parte del gerente y compañeros de trabajo a raíz de su condición sexual.
La empresa Coto deberá indemnizar con 35 mil pesos a un trabajador que se consideró despedido como consecuencia de las constantes burlas e insultos que recibía de sus compañeros y del gerente del local debido a su condición sexual.
La pena fue ordenada por los integrantes de la Sala IV de la Cámara Laboral Estela Ferreirós y Héctor Guisado.
El empleado abandonó su trabajo en abril de 2007 por ser "insultado, perseguido y burlado gravemente en reiteradas oportunidades" por compañeros y, especialmente, por el gerente de la sucursal que la cadena de supermercados tiene en Villa Ballester (Partido de General San Martín).
El fallo sostiene que, según testigos, "el comportamiento de los compañero para con el actor era malo ya que lo cargaban todo el tiempo": "Tenía temor de que le hagan algo sus compañeros, sexualmente hablando".
Los jueces corroboraron que el gerente "incurrió en la conducta lesiva (insultos, persecuciones y burlas, motivados por la inclinación sexual del demandante) invocada en el telegrama de ruptura" por parte del empleado.
"El actor que sufre el hostigamiento de un superior jerárquico debe comunicar esa situación a los responsables de la empresa a fin de que intermedien en la reparación del conflicto", indicaron los magistrados.
"Una conducta de este tipo implica un apartamiento de la empleadora de las obligaciones que la LCT pone a su cargo y constituye un acto ilícito de carácter extracontractual destinado a afectar la dignidad personal del trabajador que genera la responsabilidad de aquélla por el daño provocado y justifica el reconocimiento de la reparación", agregaron los jueces que dispusieron un resarcimiento económico de $35.323,77.
La empresa Coto deberá indemnizar con 35 mil pesos a un trabajador que se consideró despedido como consecuencia de las constantes burlas e insultos que recibía de sus compañeros y del gerente del local debido a su condición sexual.
La pena fue ordenada por los integrantes de la Sala IV de la Cámara Laboral Estela Ferreirós y Héctor Guisado.
El empleado abandonó su trabajo en abril de 2007 por ser "insultado, perseguido y burlado gravemente en reiteradas oportunidades" por compañeros y, especialmente, por el gerente de la sucursal que la cadena de supermercados tiene en Villa Ballester (Partido de General San Martín).
El fallo sostiene que, según testigos, "el comportamiento de los compañero para con el actor era malo ya que lo cargaban todo el tiempo": "Tenía temor de que le hagan algo sus compañeros, sexualmente hablando".
Los jueces corroboraron que el gerente "incurrió en la conducta lesiva (insultos, persecuciones y burlas, motivados por la inclinación sexual del demandante) invocada en el telegrama de ruptura" por parte del empleado.
"El actor que sufre el hostigamiento de un superior jerárquico debe comunicar esa situación a los responsables de la empresa a fin de que intermedien en la reparación del conflicto", indicaron los magistrados.
"Una conducta de este tipo implica un apartamiento de la empleadora de las obligaciones que la LCT pone a su cargo y constituye un acto ilícito de carácter extracontractual destinado a afectar la dignidad personal del trabajador que genera la responsabilidad de aquélla por el daño provocado y justifica el reconocimiento de la reparación", agregaron los jueces que dispusieron un resarcimiento económico de $35.323,77.
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