El Superior Tribunal de Justicia de San Luis dispuso que todos los estudios genéticos que se realicen en causas penales deben ser previamente autorizados por el Máximo Tribunal provincial mediante acuerdo.
El Superior Tribunal de Justicia de San Luis dispuso mediante una acordada que todos los estudios de ADN que se deban realizar en el marco de investigaciones en causas penales deben tener previamente una autorización del máximo tribunal provincial mediante acuerdo.
Se trata del acuerdo 637, firmado el pasado 19 de septiembre, en el que el máximo tribunal de justicia puntano dispone expresamente que los estudios de ADN “deben ser previamente autorizados mediante Acuerdo por el Superior Tribunal de Justicia”.
El acuerdo fue firmado por Omar Esteban Uría, Horacio Guillermo Zavala Rodriguez, Liliana Ana Novillo, Oscar Eduardo Gatica y Florencio Damián Rubio, integrantes del Superior Tribunal de Justicia de San Luis.
Tal y como consigna el acuerdo, esta condición necesaria “para dar curso al trámite” (estudios de ADN) deberá ser solicitado por el juez actuante en la causa “previa vista obligatoria a Medicina Forense del Poder Judicial”.
Este organismo tendrá como función establecer, “con precisión, la cantidad y la necesidad de realizar dichos estudios para coadyuvar al esclarecimiento de los hechos”.
Según explicaron desde el tribunal puntano, esta medida fue dispuesta “frente a la necesidad de reglamentar el procedimiento para evitar excesos de gastos en las cantidades de muestras de ADN que se procesa”. (Diario Judicial).
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