Los jubilados y pensionados solo podrán optar por otra entidad bancaria luego de haber cobrado por primera vez en el sitio asignado por la ANSES. La modificación se hará, aproximadamente, a los 60 días desde la verificación de titularidad.
Todo jubilado o pensionado puede elegir cobrar sus haberes en cualquiera de las entidades bancarias habilitadas por la ANSES, así como en alguno de los Centros de Pago exclusivos. Pero, si quisiera solicitar el cambio de banco, solo podrá hacerlo luego de haber cobrado por primera vez en la entidad asignada por el organismo previsional.
Además, el jubilado o pensionado podrá solicitar el cambio siempre y cuando el banco elegido figure en el listado de la ANSES, que podrá ser consultado desde www.anses.gob.ar, o bien, requerido en cualquier delegación del organismo.
En el caso de que deseara cambiar por la institución de la cual ya es cliente y esta no figurase en la lista, deberá contar con la aceptación de esa entidad para el pago de sus haberes o para ser nombrada como apoderada.
Formas de tramitación
· Desde el número gratuito 130, de lunes a viernes de 8 a 20: el titular o apoderado deben solicitar al operador el cambio, indicando el banco donde el jubilado o pensionado cobra y en cuál desea hacerlo. Posteriormente, el operador se comunicará únicamente con el titular para verificar la solicitud de cambio.
· Desde www.anses.gob.ar, con la Clave de la Seguridad Social.
· Desde www.anses.gob.ar, solicitando un turno previo: el titular deberá elegir la opciónTurnos Online en la pantalla principal del sitio, luego Solicitar turno, Trámites Jubilados y Pensionados, Cambio de Banco. Allí se deberá colocar el número de CUIL y pulsarContinuar.
La modificación se hará efectiva, aproximadamente, a los 60 días desde la comprobación de titularidad. Mientras tanto, el jubilados o pensionado continuará cobrando en su banco habitual.
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