El diputado provincial Armando Abruza (C.C.), presentó una solicitud de informes ante la Cámara de Diputados de la Provincia para que el Ejecutivo se sirva informar sobre el emprendimiento inmobiliario denominado “Mandalay”. En particular, el legislador desea saber si se está respetando la normativa provincial en el desarrollo de este condominio de alta gama.
El proyecto Mandalay, situado en la zona costera delimitada por calle 310 y alameda 201 de la ciudad de Villa Gesell, se basa en la construcción de cuatro complejos urbanísticos residenciales con una superficie total aproximada de veintiún mil metros cuadrados. Se estipula que la fecha de entrega será en noviembre de 2011.
Según indica el legislador de la quinta sección electoral “el movimiento de suelos para la construcción de los dos primeros edificios del complejo se inició hace unos meses y se procedió a resguardar la zona con alambradas y seguridad privada”. Al respecto, explicó la importancia de los suelos en la zona costera”los sistemas de médanos son vitales para la captación de agua superficial y la recarga de acuíferos costeros. Ellos impiden el escurrimiento superficial de agua dulce hacia el mar” y agregó “este espacio es de extrema fragilidad ambiental y es fundamental en los lugares donde el recurso es limitado y no existe otro aporte a las napas que el agua proveniente de las lluvias”.
Por su parte Abruza manifestó que el Decreto 3202/2006 establece en su artículo 7º inciso g que: “Los médanos de la primera cadena como las otras áreas afectadas a la protección ambiental no podrán ser removidos, atravesados por calles ni interrumpidos para abrir brechas de acceso a la playa, que deberán resolverse mediante la instalación de pasarelas peatonales desmontables, que se ubiquen por encima de los médanos – sin interrumpir el movimiento natural de la arena. Esos sectores no podrán ser forestados, ni recibir construcciones o instalaciones complementarias, con excepción de los servicios de apoyo de las áreas balnearias que tendrán una superficie máxima de 200m2 por cada kilómetro de playa, y deberán ser construidos en madera y elevados sobre pilotes permitiendo el libre desplazamiento de los médanos de acuerdo con lo establecido por las normas IRAM 42.100 (Directrices para la calidad de la gestión ambiental de playas y balnearios)”.
Por último cabe destacar que esta obra de gran envergadura es cuestionada por vecinos y organizaciones no gubernamentales de la localidad de Villa Gesell, quienes han expresado su preocupación ante la falta de información y la supuesta inobservancia de la normativa y reglamentación vigentes. En este contexto, la justicia provincial, a través del Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Dolores, hizo lugar a una medida cautelar ordenado la paralización de las obras.
El proyecto Mandalay, situado en la zona costera delimitada por calle 310 y alameda 201 de la ciudad de Villa Gesell, se basa en la construcción de cuatro complejos urbanísticos residenciales con una superficie total aproximada de veintiún mil metros cuadrados. Se estipula que la fecha de entrega será en noviembre de 2011.
Según indica el legislador de la quinta sección electoral “el movimiento de suelos para la construcción de los dos primeros edificios del complejo se inició hace unos meses y se procedió a resguardar la zona con alambradas y seguridad privada”. Al respecto, explicó la importancia de los suelos en la zona costera”los sistemas de médanos son vitales para la captación de agua superficial y la recarga de acuíferos costeros. Ellos impiden el escurrimiento superficial de agua dulce hacia el mar” y agregó “este espacio es de extrema fragilidad ambiental y es fundamental en los lugares donde el recurso es limitado y no existe otro aporte a las napas que el agua proveniente de las lluvias”.
Por su parte Abruza manifestó que el Decreto 3202/2006 establece en su artículo 7º inciso g que: “Los médanos de la primera cadena como las otras áreas afectadas a la protección ambiental no podrán ser removidos, atravesados por calles ni interrumpidos para abrir brechas de acceso a la playa, que deberán resolverse mediante la instalación de pasarelas peatonales desmontables, que se ubiquen por encima de los médanos – sin interrumpir el movimiento natural de la arena. Esos sectores no podrán ser forestados, ni recibir construcciones o instalaciones complementarias, con excepción de los servicios de apoyo de las áreas balnearias que tendrán una superficie máxima de 200m2 por cada kilómetro de playa, y deberán ser construidos en madera y elevados sobre pilotes permitiendo el libre desplazamiento de los médanos de acuerdo con lo establecido por las normas IRAM 42.100 (Directrices para la calidad de la gestión ambiental de playas y balnearios)”.
Por último cabe destacar que esta obra de gran envergadura es cuestionada por vecinos y organizaciones no gubernamentales de la localidad de Villa Gesell, quienes han expresado su preocupación ante la falta de información y la supuesta inobservancia de la normativa y reglamentación vigentes. En este contexto, la justicia provincial, a través del Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Dolores, hizo lugar a una medida cautelar ordenado la paralización de las obras.
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