miércoles, agosto 21, 2013

Stolbizer y Alfonsín: crear un “Nunca Más”, de la corrupción.

Margarita Stolbizer, que encabeza la lista de candidatos a diputados nacionales del Frente Progresista expresó que “Argentina necesita una reconstrucción de sus bases morales. Porque la corrupción implica pérdida de valores, pero también es el mayor condicionante en la lucha contra la pobreza y en las posibilidades de desarrollo de una nación”
“Los mismos que en algún momento se apropiaron de las banderas históricas del peronismo, ahora se apropiaron los departamentos y cocheras de Puerto Madero. Asi se ha instalado aquí en esta zona, el símbolo más fuerte de la corrupción kirchnerista”.
Stolbizer y Alfonsín presentaron el informe negro de la corrupción K, un libro que reúne los casos de los últimos 10 años del gobierno kirchnerista, esta tarde, en la puerta del edificio de Puerto Madero, conocido como “La Rosadita”.
“La historia de corrupción de este gobierno ha costado vidas. La corrupción no empezó en el 2003 sino antes, porque el kirchnerismo trajo al gobierno nacional las prácticas que tenían en Santa Cruz”, señaló Stolbizer y propuso “Creemos que debería haber un “Nunca Más” de la corrupción. Hay que investigar.  No hay que encubrir a los responsables. Hay que determinar responsabilidades para mirar de cara al futuro”.
“Se ha instalado la cultura del secreto, los funcionarios mienten y se niegan a dar información. En lugar de dar las explicaciones que tienen que dar”
Alfonsín expresó “Por qué el gobierno se opone a tratar los proyectos de leyes que nosotros hemos presentado por lo menos hace dos años?”, se preguntó y señaló que “La UCR –también el FAP y el GEN, pero en el caso de la UCR gracias al trabajo del diputado Manuel Garrido, se viene trabajando en propuestas para terminar con la corrupción y el gobierno se opone sistemáticamente a darle tratamiento”
Propuestas de transparencia del Frente Progresista
01) Ley de acceso a la información pública, de Gobierno Abierto y de datos abiertos, aplicable a todos los poderes de Estado y las empresas mixtas y concesionarias de servicio público.
 
02) Ley de Creación del Contrato de Fideicomiso Ciego, donde los funcionarios, desde Presidente a subsecretarios, ceden obligatoriamente la administración de sus bienes a un fideicomiso que, con total independencia, toma las decisiones sobre su patrimonio. Creación de Unidades de control y seguimiento de Declaraciones Juradas, también establece la regulación de la Audiencia Expositiva de la situación patrimonial.
 
03) Ley de juicio de residencia a la finalización del mandato de los funcionarios, donde se realiza control financiero, patrimonial y de legalidad de la gestión del funcionario. La desaprobación implicará inhabilitación especial perpetua para ejercer la función pública.
 
04) Reforma de la Ley de Ética en el ejercicio de la Función Pública para simplificar la presentación y publicidad de las declaraciones juradas, la fijación de procedimientos de control efectivo y detalle específico de su contenido, la incorporación de herramientas para la prevención, control y regulación en caso de conflictos de intereses e incompatibilidades, la realización de audiencias públicas para el análisis de su evolución patrimonial de los funcionarios, la adecuación del diseño institucional de los órganos de control, seguimiento y evaluación, así como algunas regulaciones propias para el Poder Legislativo.
 
05) Derogación de la Ley de Blanqueo y suspensión del secreto fiscal para quienes hayan participado. Ley de Prohibición de transferencias financieras desde la República Argentina hacia paraísos fiscales o viceversa.
 
06) Sanción de Ley Orgánica de la Auditoría General de la Nación, en conformidad con nuestra Constitución, para asegurar que no sólo la presidencia sino también el control del colegio de auditores por parte de las fuerza de oposición y la mayoría en la Comisión Revisora Mixta de Cuentas.
 
07) Eliminación del secreto fiscal en los procedimientos tributarios cuando se trate de funcionarios públicos, de cualquier nivel.  
 
08) Juicios por Jurados en casos de Corrupción, para delitos de cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, y enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados. Reglamentación del Lobby en el Congreso, para que se conozcan públicamente los encuentros y objetivos que mantienen funcionarios públicos con personas que representan un interés determinado, en el proceso de discusión, elaboración y sanción de leyes y otras normativas. Introducción al Código Penal del delito de Ejercicio de Influencias, también establece la separación del tráfico de influencias del cohecho.
 
09) Incorporación de Asociaciones Sindicales, Obras Sociales y Mutuales, como sujetos obligados a informar a la Unidad de Información Financiera, para poner en conocimiento de la UIF las conductas o actividades de las personas físicas o jurídicas.
 
10) Asegurar la independencia plena de la Justicia, derogando las leyes recientemente sancionadas: Ley del Consejo de la Magistratura (Ley 26.855), Ley de medidas cautelares en las que el Estado sea parte (Ley 26.854) y Creación de Tribunales de Casación (Ley 26.853). Reformar el Consejo de la Magistratura restableciendo el equilibro constitucional entre los diferentes estamentos.

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