PERGAMINO, Julio 17, (PUNTO CERO-La Opinión) La medida judicial adoptada por la Camara Contencioso Administrativa, se aplica en dos expedientes y estaría alcanzando a más de cuarenta empleados, de un total de cincuenta y cinco que habrían hecho reclamos por la vigencia de la Reforma Administrativa. Además, como precedente, podría aplicarse a otros juicios en trámite por los mismos motivos.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de la ciudad de San Martín, con competencia en nuestra ciudad, resolvió durante la semana última hacer lugar a los recursos de apelación presentados por la Municipalidad de Pergamino en las causas "Upcn c/ Municipalidad de Pergamino s/ Amparo" y "Bocca, Amelia Beatriz y otros c/ Municipalidad de Pergamino s/ Amparo".
Estos amparos fueron iniciados por dicho sindicato y varios agentes más en el Juzgado Contencioso Administrativo de San Nicolás, en contra de la aplicación de los decretos de Reforma del Escalafón Administrativo de la Municipalidad de Pergamino. Como medida provisoria, y hasta tanto se resolviera el fondo de la cuestión, la jueza de San Nicolás decidió suspender la aplicación de los citados decretos a los empleados afiliados de Upcn y demás agentes municipales que acudieron a la Justicia. Como consecuencia de ello, y dado que en dicha reforma se incluía un aumento de sueldos, el mismo tampoco fue puesto en vigencia para dichos empleados, los cuales solicitaron en el juicio que se aplicara ese aumento sin acogerse al nuevo escalafón. Para el Municipio esto último fue imposible, dado que "los incrementos son consustanciales con el mismo, y parten de un replanteo de las funciones de los empleados y la carrera administrativa", según se argumentó.
Ante esta situación, el Juzgado Contencioso de San Nicolás hizo una estimación de los incrementos promedio y ordenó que se adjudicara un aumento del 16,5 % en los haberes de los reclamantes. Ante esta medida, los apoderados municipales, doctores Luis Cantore y Diego Batalla, presentaron un recurso de nulidad con apelación en subsidio, alegando la violación de la división de poderes y la extralimitación de facultades judiciales, y principalmente que se había violado el debido proceso introduciendo un reclamo nuevo en el juicio que ya se había trabado.
En consonancia con estos argumentos, la Cámara hizo lugar al planteo municipal y dictó la nulidad de la resolución apelada, quedando a partir de ese momento sin vigencia el aumento otorgado por orden judicial, el cual había sido comenzado a pagar por parte del municipio.
Esta nueva medida judicial, que se aplica en estos dos expedientes, estaría alcanzando a alrededor de más de cuarenta empleados, de un total de cincuenta y cinco que habrían hecho reclamos por la vigencia de la Reforma Administrativa. Además, como precedente, podría aplicarse a otros juicios en trámite por los mismos motivos.
El dinero que en concepto de aumento percibieron los empleados alcanzados por el fallo de primera instancia, deberá ser recuperado por el Municipio, y para ello se descontaría de los futuros haberes.
Según destacó el secretario General del Municipio, Andrés Poyo, "el fallo de la Cámara es coincidente con la opinión que emitió sobre el particular la Cátedra de Derecho Administrativo de la Universidad Nacional de La Plata, que además dijo que se trata de un fallo de vanguardia; y hasta el Tribunal de Cuentas lo revisó y no hizo ninguna objeción".
Este fallo, que trascendió recién en las últimas horas, seguramente reavivará un tema álgido para la administración municipal, y seguramente los demandantes recurrirán a la Corte provincial para dar continuidad al proceso. (PUNTO CERO-La Opinión).
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