sábado, abril 27, 2013

Fiesta del Deporte Social en La Matanza.


Este viernes la Subsecretaría de Planeamiento y Gestión Deportiva perteneciente a la Secretaría de Deporte de la Nación, llevo a cabo el lanzamiento de tres ligas Deportivas que juntas contienen 4 mil niños, niñas y adolescentes.
La jornada se llevo a cabo en las instalaciones del Baby Club Laferrere, allí 40 instituciones de tres Ligas Deportivas Comunitarias se dieron cita para recibir el acompañamiento por parte de La Secretaría de Deporte de la Nación que entrego a cada club calzado y material deportivo para fortalecer el trabajo que estos clubes realizan.
Estuvieron presentes en el evento: El Subsecretario de Planeamiento y Gestión Deportiva del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación Luis Vivona, el Subsecretario de Deportes de La Matanza Guillermo Pérez Ugidos, demás autoridades municipales y  las más de 2 mil personas  representando a la Liga Infanto Juvenil de Laferrere, la Liga Comunitaria Deportiva de La Matanza, y la Liga Femenina de La Matanza.
Fabian Garcia presidente de La Liga Infanto Juvenil de Laferrere fue el primero en tomar la palabra y destaco que: “Durante mucho tiempo estuvimos luchando para recibir un apoyo al trabajo a pulmón que realizamos y hoy gracias a Claudio Morresi y Luis Vivona tenemos el acompañamiento que necesitamos de la Secretaría de Deporte de la Nación”.
Así mismo Guillermo Pérez Uguidos señalo que:” Quiero felicitar en nombre del intendente Fernando Espinoza a todos ustedes por su incansable trabajo y por esta importante fiesta que están realizando y también quiero agradecer a La Secretaría de Deporte de la Nación por estar presente acompañando a nuestros clubes de La Matanza”.
Luis Vivona impulsor de esta iniciativa al dirigirse a los presentes comento que: “El sentimiento, la inclusión, el trabajo en equipo, el trabajo de los padres yendo al club a ayudar, sin duda mejora  a toda la comunidad, por eso es tan importante la entidad intermedia que donde empieza todo”.
En el mismo sentido afirmo: “Le costaba mucho a los clubes organizarse y lo estamos logrando  gracias a ustedes y este Gobierno Nacional busca respaldar y fortalecer su Unión, Organización y solidaridad permanentemente para con nuestro niños”.
Para finalizar dijo que:” Fabián García recién destacaba el trabajo a pulmón que ustedes realizan día a día y esto que desarrollamos hoy es una bocanada de aire a su esfuerzo, demostrando que el Estado Nacional también realiza un trabajo incansable por los que más lo necesitan”.
las instituciones que estuvieron presentes fueron: Sociedad de Fomento La Gabita, Club Social Cultural y Deportivo Leonardo Da Vinci, Club Social Cultural y Deportivo 11 corazones, Club Cultural y Deportivo  Villa Mosquito, Club Social Cultural y Deportivo  El Molino, Club Social y Deportivo  Juan José Valle, Club Social y Deportivo Central Norte, Club Social Cultural y Deportivo El 12 de Matanza, Sociedad de Fomento 13 de Septiembre, Club Social Cultural y Deportivo Nuevo Lucero, Club Social Cultural y Deportivo 3 Veintiuno, Club Social y Deportivo Independencia, Club Social y Deportivo Fátima, Central Alberdi Futbol Club, Club Social y Deportivo La Recova, Club Deportivo Internacional, Club Atlético La Vecinal, Club Social y Deportivo La Loma, Club Atlético El 28 Villa Scasso.
También recibieron sus Kits deportivos:  Club Social  y Deportivo Los Pibes, Club Atlético Media 28, Club Social Jorge Newbery, Club Estrella Roja, Club Social y Deportivo Nacional de Catán, Club Social y Deportivo 25 de Mayo, Club Social y Deportivo Glorias Argentinas, Club Nueva Unión, Club 17 de agosto, 22 de enero, Club El Tambo, Club San Patricio, Club Chicago, Club Dorrego, Club Maracaná, Club KM 38 San Alberto, Deportivo KM 38, Club Puente Escurra y la Liga L.I.F.E.A.M. .

Campana: demarcación vial de sendas peatonales y reductores de velocidad.


Tal como ocurriera desde hace ya un par de días, Personal Municipal de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos del Municipio de Campana continúa desarrollando las acciones pertenecientes a la demarcación vial en caliente, no solo de sendas peatonales en el casco céntrico de la ciudad, sino también de los reductores de velocidad.
Además de haberse trabajado en los alrededores de la Plaza principal Dr. Eduardo Costa, del Palacio Municipal, y de la Escuela Nº 1, también se lo hizo sobre la Av. Intendente Jorge Varela, como también en sus intersecciones con calles 9 de Julio, jean Jaures, también en Bv. Calixto Dellepiane, San Martín, 25 de mayo, entre otros.
El Subsecretaría de Servicios Públicos, Rolando Curto, destacó que las acciones de pintura, con demarcación vial en caliente por primera vez se llevan adelante en nuestra ciudad.
Según se informó, el sofisticado mecanismo garantizaría una durabilidad de al menos 3 años. De la misma manera que se solicita a los ocasionales automovilistas y/o motociclistas respetar aquellos cortes transitorios de calles, para poder desarrollar la labor planificada.

Finalmente en octubre en Campana se elegirán 9 concejales y no 10


Una nueva ley actualizaba la cantidad de concejales de los distritos con más de 100 mil habitantes, pero un veto parcial de Scioli hace que recién se pueda aplicar en 2015. La medida perjudicaría a los partidos más chicos que aspiraban a alcanzar el piso de votantes para colocar representantes en el HCD.
Con ansiedad, y algunos con los nuevos despachos ya construidos, en cuarenta y cuatro municipios de la provincia de Buenos Aires -entre ellos Campana- esperaban adecuarse al artículo 2 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM), y así, de acuerdo al último censo, incrementar la cantidad de integrantes del Concejo Deliberante. Sin embargo, para sorpresa de muchos, esto no va a poder ser. La ampliación, según lo establecido por la administración provincial, no comenzará a hacerse a partir de esta elección.
La reciente disposición, publicada en el Boletín Oficial, indica que, mediante el decreto 155, el Gobernador decidió "convocar al electorado de la provincia de Buenos Aires para el día 27 de octubre de 2013 a efectos de que se proceda a la elección de 1.033 concejales titulares y 663 suplentes", detallando a continuación cuántos ediles corresponden a cada distrito. Enseguida, fue el número lo que llamó la atención. Faltaba la mitad de los 128 que tenían que sumar los concejos desfasados entre las elecciones de 2013 y 2015.
En un principio, la confusión fue tal que hasta se llegó a hablar de un posible error, pero no lo había. Luego de la aprobación de ambas cámaras Scioli promulgó, el 23 de enero del año pasado, la norma 14.344, que modifica la Ley Orgánica de las Municipalidades, habilitando a actualizar en forma automática la cantidad de bancas en los concejos deliberantes de los 135 municipios, de acuerdo con el aumento de la población de cada distrito.
Sin embargo, en ese momento, el Gobernador vetó parcialmente la ley (decreto 149), más precisamente el artículo 1, que es el que sustituía al artículo 284 de la LOM. En éste estaba detallada la cantidad de ediles que debía elegir cada municipio, de acuerdo al número de habitantes que había arrojado el censo 2010; pero, pese a la aprobación de ambas cámaras, el texto estaba equivocado en cuanto a la situación de los distritos de Hurlingham, Ituzaingó, Magdalena y Suipacha.
En esa equivocación radican las causas del veto, y la consecuente no actualización de la cantidad de concejales a elegir. De todos modos, tal como aclaran en la Gobernación, se trata de una cuestión de interpretación, que desde varios sectores de la oposición visualizan de manera distinta de la que lo hizo el Ejecutivo.
Aníbal Aseef, uno de los legisladores que colaboraron con la ley modificatoria, reconoce el veto ante la consulta de la revista platense La Tecla, pero, basándose en el artículo 2 de la ley 14.344 (sólo fue vetado el artículo 1), insiste con que "habría que haber llamado a elecciones teniendo en cuenta la modificada Ley Orgánica de las Municipalidades".
"El espíritu de la ley está en los artículos 2 bis y 2 tercero", expresa convencido y, de manera textual, resalta que "el 2 bis (de la ley 14.344, incluida luego en la nueva Ley Orgánica de las Municipalidades), señala que la actualización en el número de concejales de cada partido en razón del aumento de la población de los mismos se realizará en forma automática".
¿En qué debe basarse esa actualización automática? En el artículo 2 de la LOM, que indica que "los Partidos cuya población no exceda de cinco mil habitantes elegirán seis Concejales; los de más de cinco mil a diez mil habitantes elegirán diez Concejales; los de más de diez mil a veinte mil habitantes elegirán doce; los de más de veinte mil a treinta mil elegirán catorce; los de más de treinta mil a cuarenta mil elegirán dieciséis; los de más de cuarenta mil a ochenta mil elegirán dieciocho; los de más de ochenta mil a doscientos mil elegirán veinte; y los de más de doscientos mil habitantes elegirán veinticuatro concejales".
¿Error del gobierno? No. Al ser vetado el artículo 1 de la ley 14.344, el artículo 288 de la Ley Orgánica sigue siendo el mismo de antes. Y en éste, como se dijo, se detalla cuántos concejales le corresponden a cada distrito. ¿Qué dice el viejo artículo 288? Lo mismo que la reciente convocatoria publicada en el Boletín Oficial.
Existe una clara contradicción, aunque -como dice Assef- el espíritu de la ley parece estar en los primeros artículos. Es una cuestión de interpretación, que deja a los distritos nuevamente desfasados y evidencia una desinteligencia legislativa. Así, aprueben o no el veto en el Senado, la Legislatura deberá modificar el artículo 284 de la LOM, con la cantidad precisa, o, directamente, derogarlo. Para estas elecciones no hay tiempo. (La Auténtica Defensa).

viernes, abril 26, 2013

Justicia de Mercedes ordena a Alberti que no emita discrecionalmente autorizaciones para fumigar

La aplicación de agroquímicos sigue en discusión por sus efectos nocivos. Deben solicitar la declaración de impacto ambiental y contar con la participación ciudadana mediante el sistema de audiencia pública. 
El doctor Fernando Cabaleiro dio a conocer a este medio que la Justicia de Mercedes prohibió al municipio de Alberti otorgar autorizaciones para aplicar agroquímicos dentro de la zona ecológica protegida (mil metros) sin que previamente se acredite la inocuidad de la actividad agroquímica mediante la declaración de impacto ambiental y la participación ciudadana mediante el sistema de audiencia pública.

La Justicia del Departamento Judicial de Mercedes a través del Juzgado Penal de Garantías del Joven Nº 1 a cargo del doctor Luis Marcelo Giacoia, ordenó al Municipio bonaerense de Alberti que se abstenga de emitir libre y discrecionalmente autorizaciones administrativas para fumigar con agroquímicos dentro de la zona ecológica protegida  -creada y establecida por una ordenanza local 1690/06 que regula la aplicación de agroquímicos en dicho partido bonaerense-. En esa zona a su vez se encuentran todos los pozos de extracción de agua que nutren al sistema de red domiciliaria municipal de agua, 4 de los cuales presentan niveles muy altos de nitratos.
Consecuentemente el fallo judicial obliga al Municipio de Alberti a exigir a los titulares de predios rurales que se encuentran dentro de la zona ecológica protegida y a menos de mil metros de los pozos afectados que soliciten autorización para aplicar agroquímicos la presentación de los estudios ambientales a fin de proceder a la obtención de la Declaración de impacto ambiental, único instrumento que acredita la inocuidad de la actividad. Asimismo ordena a las autoridades municipales que por cada autorización solicitada, se prevea una convocatoria a audiencia pública, a fin de garantizar la participación social de los sectores involucrados, principalmente de los vecinos afectados por las aplicaciones de agroquímicos que hasta ahora no fueron atendidos sus reclamos por las autoridades municipales albertinas.
La orden judicial se dictó tras una presentación efectuada el 17 de enero de 2013 a instancia de la familia albertina de la señora María Cristina Monsalvo y el señor Víctor Fernández con el patrocinio jurídico del CELMA.
La ordenanza 1690 regula la actividad agroquímica en el Partido de Alberti y establece en su artículo 4 una zona ecológica protegida de 1000 metros que se extiende desde el límite externo del casco urbano. En dicha zona están prohibidas las aplicaciones terrestres con agroquímicos, salvo que las condiciones climáticas lo permitan previa autorización del Municipio, por tratarse de una excepción.
Desde la vigencia de la ordenanza, la misma nunca fue cumplida, y la actividad agroquímica fue desarrollada al libre albedrío, los agroquímicos en la ciudad de Alberti son aplicados de modo terrestre hasta en predios que se encuentran sobre el casco urbano sin ningún tipo de control del Municipio.
La resolución judicial en su parte resolutiva señala que “en mérito a las consideraciones precedentemente expuestas, con fundamentos en la normativa citada, antecedentes jurisprudenciales invocados y en especial en la norma de los arts. 41, 42, 43, 75 inc. 22 de la Constitución Nacional; arts 12 inc. 1; 15; 20 inc.2; 28, 36 incisos 2 y 8 y 171 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; arts 4, 11, 32 de la ley 25.675; artículos 1, 4, 9 de la ley 13.928; arts 34, 36 de la ley 11.723; 4 Ordenanza Municipal de la ciudad de Alberti Nro 1690 es: RESUELVO: II) Hacer lugar a la medida cautelar peticionada en atención a los fundamentos expuestos ordenando a la demandada que se abstenga de dictar resoluciones administrativas en el marco del artículo 4 de la Ordenanza Municipal Nro 1690 autorizando a terceros a realizar aplicación de agroquímicos sobre los predios rurales que se encuentran a una distancia menor de mil metros de los pozos de extracción números 4,5,6 y 7 de extracción agua subterránea del sistema red municipal sin que previamente se realice el pertinente dictado del acto administrativo de impacto ambiental conforme art 10 de la ley 11.723, art 11 de la ley nacional 25675, 4to de la Ordenanza Municipal citada, debiendo realizar la convocatoria a audiencia publica de acuerdo al art. 28 de la Constitución Provincial y arts 2, 19, 20, 21 de la ley nacional citada y arts 2 inc. c, 5, 17 y 18 de la ley provincial también antes citada. Todo ello bajo responsabilidad de los peticionantes, aceptándose la caución juratoria prestada en el ap. 3 del pto I de su escrito de fs. 766/907".

La cronología 
1.- Antecedentes del caso. Fallo "Delaunay" de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. Doctrina "Rodoni":
En agosto del 2012, la Suprema Corte de la Provincia en la causa "Delaunay" iniciada en el año 2008 por la Familia Monsalvo - Fernandez con el patrocinio del CELMA, declaró ilegal una fumigación terrestre en la misma ciudad de Alberti por no haberse solicitado la autorización administrativa al Municipio en un predio que se encontraba dentro de la zona ecológica protegida de dicha localidad bonaerense, conforme el artículo 4 de la Ordenanza municipal de Alberti 1690. El máximo tribunal superior provincial hizo una interpretación de la norma en cuestión señalando que “el artículo 4 de la Ordenanza Municipal 1690 califica como "zona ecológica protegida" a la distancia de 1000 metros entre el núcleo poblacional de la ciudad cabecera y demás poblaciones del Partido, y el lugar de aplicación. En dicho sector "... sólo podrán realizarse aplicaciones terrestres cuando las condiciones climáticas y factores eólicos no impliquen riesgos para la población" (art. cit.). Se instituye una clara prohibición de fumigar en la zona ecológica protegida y, a modo de excepción, se enuncian condiciones bajo las cuales la fumigación puede ser realizada. Ahora bien, en la especie ha quedado evidenciado la inexistencia de acto autoritativo a los fines de realizar ese tipo de fumigación excepcional, cuanto la falta de prueba de la ocurrencia de las condiciones climatológicas y eólicas favorables. Así las cosas, media en la demandada un comportamiento ostensiblemente reñido con la norma a la que debió ajustar su actuación.”
El fallo dictado por el juzgado mercedino hace una valoración interesante del fallo de la Suprema Corte y señala que la interpretación realizada por el máximo tribunal provincial de la ordenanza en cuestión, es concordante con el antecedente judicial del propio tribunal "Rodoni". Es doctrina de la Corte Suprema de la Nación que las normas deben ser interpretadas de modo armónico, dinámico y funcional. En tal sentido el fallo señala que corresponde compatibilizar la autorización administrativa -artículo 4 Ordenanza 1690- para realizar una actividad susceptible de producir efectos nocivos al medio ambiente como así también afectar significativamente la calidad de vida –como lo es la actividad agroquímica– con el artículo 10 de la ley 11.723 y artículo 12 de la ley nacional ambiental 25675.
En esa propuesta hermenéutica que con basta jurisprudencia ha delineado la Corte Nacional, el fallo le da un alcance teleológico a la autorización administrativa a que refiere el artículo 4 de la ordenanza municipal de Alberti 1690, y considera que en el antecedente judicial “Delaunay” la Suprema Corte provincial lo hace de modo coherente con el antecedente judicial “Rodoni”, el cual debe aplicarse a la situación de marras.
En efecto, la Suprema Corte en el caso Rodoni, fijó doctrina valida y eficaz. Con perfecta claridad define el voto del Doctor Hitters que “ha expresado este Tribunal en relación al tema, que la Evaluación de Impacto Ambiental (E.I.A.), es un procedimiento jurídico administrativo cuyo objeto es identificar, predecir e interpretar los impactos ambientales de un proyecto o actividad sobre el medio ambiente, a los efectos de su aceptación, modificación o rechazo por parte de la autoridad de aplicación…” Para, y a renglón seguido, diferenciar en los siguientes términos: “…A su turno, el Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.): es un elemento parcial de la E.I.A.; consiste en un análisis técnico interdisciplinario destinado a predecir, identificar, ponderar y corregir las consecuencias o efectos ambientales que un proyecto o actividad tiene sobre la calidad de vida del hombre y su entorno. Sería el producto del proceso y a veces se denomina "informe de impacto ambiental" porque es un informe escrito que documenta el proceso del que surgió…”
Luego con total lucidez el Doctor Hitters menciona: “Por su parte, la Declaración de Impacto Ambiental constituye un acto administrativo emanado de la autoridad ambiental provincial o municipal -según el caso- de carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización y/o autorización de ciertas obras o actividades, y que -sobre la base de los dictámenes, observaciones realizadas por los interesados, y de la Evaluación de Impacto Ambiental- podrá contener la aprobación de la realización de la obra, su condicionamiento al cumplimiento de instrucciones modificatorias, o bien la oposición a su realización (arts. 12, 18, 19, 20 y concordantes de la ley 11.723)…”
En estos párrafos citados, el Máximo Tribunal provincial conceptualiza, y sobre todas las cosas, delimita, el ámbito de aplicación de cada uno de los conceptos. Define la Evaluación de Impacto Ambiental, le da encuadre y a su vez determina que la misma “…conforma un instrumento multidisciplinario que persigue contar con una identificación de los intereses ambientales en juego y los impactos sobre los mismos”.  De esta forma resulta claro que la EIA representa “una de las más importantes aplicaciones del principio de la acción preventiva”. Contextualiza al Estudio de Impacto Ambiental,  que tiene por objeto apreciar, en un momento dado, el impacto que todo o parte de la producción o de la existencia de una empresa es susceptible, directa o indirectamente, de generar sobre el ambiente.  Por último define a la Declaración de Impacto Ambiental como un “acto administrativo emanado de la autoridad ambiental provincial o municipal -según el caso- de carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización y/o autorización de ciertas obras o actividades, y que -sobre la base de los dictámenes, observaciones realizadas por los interesados, y de la Evaluación de Impacto Ambiental- podrá contener la aprobación de la realización de la obra, su condicionamiento al cumplimiento de instrucciones modificatorias, o bien la oposición a su realización (arts. 12, 18, 19, 20 y concordantes de la ley 11.723)…”

2. Autorizaciones Administrativas otorgadas por el Municipio en Diciembre de 2012. Interpretación esquiva y antifinalista por parte del Municipio de Alberti de las normas ambientales vigentes.
En virtud de la sentencia del máximo tribunal de la Provincia en la causa "Delaunay", los titulares de predios rurales que se encuentran dentro de la zona ecológica protegida de Alberti, comenzaron a solicitar a fines del 2012 autorizaciones administrativas al municipio para aplicar agroquímicos hasta 100 metros de la planta urbana; las cuales fueron otorgadas por el Municipio sin más trámite que la mera solicitud, sin exigir estudios ambientales, y en consecuencia sin haberse emitido declaración de impacto ambiental ni convocar audiencias públicas a fin de que los vecinos afectados puedan hacer valer sus derechos, ignorando así todo el bloque normativo ambiental vigente y efectuando una interpretación esquiva del fallo de la Suprema Corte.
Ante tal situación la Familia Monsalvo Fernández en diciembre de 2012 conminó al municipio albertino a que se abstuviera de otorgar autorizaciones administrativas por carecer las mismas de la debida Declaración de Impacto Ambiental y que se convocara a audiencias públicas tal como lo ordena la ley provincial de ambiente 11.723 en concordancia con la ley nacional de Ambiente 25.675. El municipio ignoró la presentación de la familia albertina y los beneficiarios de dichas autorizaciones realizaron aplicaciones de agroquímicos en enero de 2013, con la clara anuencia de las autoridades municipales.

3.- Intervención Judicial del CELMA. Fundamentos de la necesidad de que la actividad agroquímica posea Declaración de impacto ambiental.
Frente a ello y siendo que el 3 de enero de 2013 se comenzaron a ejecutar las autorizaciones a escasos metros de la vivienda de la Familia Fernandez Monsalvo la misma, con el patrocinio del CELMA, recurrió en plena feria (17 de enero de 2013) a la justicia solicitando que se ordene al Municipio de Alberti abstenerse de otorgar autorizaciones administrativas para aplicar agroquímicos dentro de la zona ecológica protegida -donde se hallan todos los pozos de extracción de la red domiciliaria municipal de agua- sin previamente exigir la presentación de los estudios ambientales a los interesados (aplicadores de agroquímicos) y el correspondiente otorgamiento de la declaración de impacto ambiental como así también la convocatoria a audiencias públicas, lo cual fue recepcionado favorablemente por la justicia mercedina.
Se fundamentó la solicitud en el comprobado impacto ambiental de los agroquímicos en el medio ambiente y en la calidad de vida de los seres humanos. Estudios especializados delatan que los agroquímicos tienen una incidencia directa en el aumento del nivel de nitratos del agua de red que consumen los albertinos. Un nivel alto de nitratos en el agua para consumo humano representa un riesgo a la salud humana, principalmente de las mujeres embarazadas y de niños.
A ello se suma la falta de información sobre la presencia en el agua de red de metabolitos de glifosato –agroquímico utilizado por excelencia en la actividad de fumigaciones– dada la omisión del OCABA (Organo de contralor de la provincia de Buenos Airess de los servicios de agua potable) y del propio municipio de realizar análisis que controlen la presencia de los mismos.
Según constancias agregadas en la mega causa judicial del agua, el agua de red municipal en la localidad de Alberti presento altos niveles de nitratos en varios pozos de extracción que nutren a aquella (hasta tres veces por encima de los valores máximos fijado en el Código Alimentario Argentino), inclusive uno de ellos (el pozo 3) fue expresamente clausurado a instancias del OCABA por niveles altísimos de nitratos. Actualmente el sistema de red del Municipio de Alberti no se encuentra automatizado por carecer de una planta potabilizadora, el agua se extrae del acuífero y sólo recibe un clorado (que inclusive a veces se omite) y se envía a los domicilios de los vecinos sin que haya un control fluido de la calidad del agua, poniendo así en riesgo la salud de todos los vecinos albertinos.
Una muestra clara del impacto ambiental de los agroquímicos es la propia laguna del Parque Municipal de Alberti. En efecto la laguna en cuestión que se encuentra lindante a los predios rurales donde se desarrolla la actividad agroquímica, desde mediados de los 90 (cuando la actividad se intensificó notablemente) se secó cuatro veces y se cubrió de plantas producto del proceso de eutrofización. Actualmente la laguna se encuentra cubierta de plantas. Se define la eutrofización como un proceso donde el agua de un río, una laguna o un embalse se enriquece en exceso de nutrientes provocando un crecimiento acelerado y en abundancia de plantas y otros organismos, que terminan cubriendo el espejo de agua, consumiéndolo, disminuyendo drásticamente su calidad. El proceso de putrefacción consume una gran cantidad del oxígeno disuelto y las aguas dejan de ser aptas para la mayor parte de los seres vivos. El resultado final es un ecosistema casi destruido. Algo que efectivamente acaeció en la laguna municipal de Alberti. Sobre ello los medios albertinos han dado cuenta.
Ante tal situación descripta y verificada, y en base al principio precautorio, resultaba necesario y prudencial que se tomaran medidas preventivas que no son sino el cumplimiento de las normas ambientales vigentes, las cuales tiene como fin primordial resguardar la salud humana, la biodiversidad y promover el desarrollo sustentable de las actividades antrópicas.
El resultado del cumplimiento de la normas y de la medida cautelar impuesta por la justicia mercedina no es sino que los titulares de los predios rurales que se encuentran dentro de la zona ecológica protegida, deben presentar ante el municipio de Alberti los estudios ambientales que acrediten la inocuidad de la actividad agroquímica y poner los mismos a disposición de los vecinos, los cuales a través de las audiencias publicas podrán ejercer su derecho de contralor presentando eventualmente las oposiciones pertinentes con la debida fundamentación. Cumplido ello y solamente comprobada fehacientemente la inocuidad de la actividad, el municipio podría emitir declaración de impacto ambiental para después, recién, proceder a otorgar la autorización administrativa que refiere el artículo 4 de la Ordenanza Municipal Albertina 1690.
Sin perjuicio de ello y a fin de respaldar su petitorio, la familia Monsalvo Fernandez solicitó la intervención de las instituciones académicas, universitarias y técnicas mas calificadas del país a fin de que informen en la causa sobre la incidencia de los agroquímicos en el medio ambiente y la salud humana.
En caso que el municipio apele la medida judicial es competente la Cámara Contencioso Administrativo de La Plata que ya previno en la causa principal en mayo de 2010, haciendo a lugar a la medida cautelar - solicitada por el CELMA - por la cual se conminaba al Municipio de Alberti a entregar bidones de agua potable a los amparistas y en establecimientos de salud y educativos. (Noticias Mercedinas).

JOSE “PEPE” SCIOLI EN TANDIL: “El Gobierno persigue e intenta censurar a Francisco De Narváez”.

En el local partidario de De Narváez, José “Pepe” Scioli, dirigente de ese sector y hermano del actual gobernador de la provincia de Buenos Aires se refirió a su líder y criticó fuertemente al Gobierno. “Es el país de la Presidenta o es el país de todos los argentinos”, dijo.


-¿Qué opinión le merece la movilización y reclamo de “Justicia Legitima”?
- Quedó claro que el lema del Gobierno “vamos por todo” se está llevando a la práctica. Hemos asistido, a través de las cámaras de televisión, que hasta forzaron la votación a los ojos de todos y a la luz del día. Si son capaces de hacer esto ante la mirada de todos los argentinos, no quiero imaginarme lo que serán las votaciones de agosto. Es por esto que quiero llamar a todo el arco opositor a fiscalizar las próximas elecciones. Lo que quieren es poner de rodillas a la Justicia.

-Hablando de la oposición, en el último “cacerolazo” la ciudadanía no solo se expresó críticamente hacia el Poder Ejecutivo Nacional sino también hacia una oposición que parece no tener una alternativa superadora.  ¿Cómo interpreta esto?
-Primero hay que rescatar la inmensa movilización que fue fruto de la autoconvocatoria y que básicamente lo que está pidiendo, en primer lugar, la gente, es que pare la corrupción y  en segundo lugar el tema de la Justicia. A la gente no hay que subestimarla. La gente ve que día a día va perdiendo sus garantías y pierde su libertad, cuando uno quiere salir del país o comprar una divisa o todas las trabas que tienen los empresarios cuando tienen que hacer alguna gestión  para su empresa, todas las trabas que le ponen, y esto es simplemente porque los quieren poner de rodillas, como quisieron hacer con la 125 al sector del campo y no pudieron. Lo único que hace este Estado es querer perjudicar a los productores y además de todo esto, en la movilización, se dio cuenta de que los argentinos quieren vivir en paz y en donde se pueda respetar al prójimo.
Lo que si hay que rescatar es el rol de la oposición en donde han luchado a brazo partido  en la votación para que no prospere y sin embargo el oficialismo, mal utilizando su mayoría en el Parlamento, sacó esta ley que va en contra de toda la sociedad y todo el arco político opositor.

-¿Cree que no hay ningún tipo de modificación legítima y necesaria dentro de todos los proyectos de modificación enviados al Congreso?
-Creo que la Justicia, quizás, se ha vuelto lenta y burocrática en relación a que no puede ser que haya juicios que demoren décadas, en eso estoy de acuerdo, pero el problema que uno ve es que en manos del Gobierno y bajo el paraguas de una democratización de la Justicia lo que se quiere hacer no es democratizar sino demonizarla, ponerla de rodillas y que esté al servicio del poder ejecutivo.
Nosotros siempre estuvimos en contra del este Gobierno. Sabíamos que iban a seguir avanzando contra todo. Como hicieron en Santa Cruz,  armando un capitalismo de amigos y poniendo de rodillas a todo el mundo. Lo mismo quieren hacer con la Argentina.

-A propósito de la Ley de Medios. De Narváez ha sido un fiel opositor a esta ley que venía reclamando una gran parte de la comunidad. Hubo un caso, en canal América, de donde De Narváez era o es un gran  accionista, en que el periodista Sietecase -en el programa “Tres Poderes”- entrevistó a Francisco De Narváez, teóricamente lo “incomodo” y al otro día le levantaron el programa. ¿Cree que hubo censura?
-Primero, yo no puedo opinar sobre el fondo de esa cuestión porque yo no estaba en ese momento con Francisco y en segundo lugar me llama mucho la atención porque, si vos ves América, ahora, aunque Francisco ya haya vendido su paquete accionario, la línea que tiene América no es justamente a favor de De Narváez, además se le da la posibilidad de que se expresen las distintas voces dentro de un medio de comunicación. Ahora, si hay alguien que quiere coartar la libertad de expresión es el Gobierno, seguramente los bonaerenses recuerden cuando a Francisco le quisieron inventar una causa sobre la efedrina que después terminó siendo falsa. Bueno, ahora a Francisco le están haciendo lo mismo, lo están persiguiendo con la AFIP, persiguen a sus empresas, persiguen a su familia. Entonces, si hay alguien al que quieren censurar es a De Narváez.

-Por ultimo y con respecto al argumento que tiene el slogan publicitario lanzado por su partido que plantea como consigna “Ella o Vos” ¿Cómo se explicaría esa frase?
-Es el país de la Presidenta o es el país de todos los argentinos. Es el país del vamos por todo y vale todo y de que no te puedas manifestar en libertad o el país en paz y en armonía. (Política Tandil).

Coronel Rosales. Dell Emilia: “No descarto que esto venga desde el oficialismo”.


La ex concejal Patricia Dell Emilia, esposa del edil Edgardo Guglielmo, habló en exclusiva con El Rosalenio. “Aún conmocionada” por los tres disparos que impactaron en el frente de su casa, cuando ella estaba dentro, vinculó el hecho a la actividad política que desarrolla junto a su marido y descartó que sea por problemas de la vida privada de la familia. Si bien rescató que “hay un margen de duda” y que no tiene “ningún instrumento para afirmarlo”, reconoció que sospecha que el atentado pueda haberse perpetrado “por alguien del entorno del oficialismo”.

  Luego que tres disparos de arma de fuego impactaran ayer contra el frente de su vivienda de Avellaneda al 300, la ex concejal Patricia Dell Emilia y esposa del actual edil de Unión Celeste y Blanco, Edgardo Guglielmo, habló en exclusiva con El Rosalenio y manifestó que sospecha que el atentado tenga que ver con la vida política de su familia.

  “Fue alrededor de las 13hs, cuando yo estaba cocinando para mis hijos y mi esposo. Escuché tres estruendos, pero como nunca antes había escuchado tiros en la realidad, sólo en la tele o las películas, creí que algunos chicos habían tirado petardos. No le presté demasiada atención”, explicó Dell Emilia.

  “Cuando mi marido llegó, vio los impactos de bala en la planta alta. Uno en un vidrio triangular y otro en un vidrio más chico. Fue hasta la cocina y me dice: Patricia nos tirotearon la casa. Ahí me di cuenta que lo que había escuchado eran disparos. Entonces le dije que habían sido tres estruendos. Allí fuimos, miramos y vimos que en la cornisa había un impacto”, relató esta tarde la ex concejal, durante un diálogo telefónico mantenido con este medio, a las pocas horas de sucedido el traumático episodio.

  A la hora de buscar los motivos y él o los supuestos responsables, Dell Emilia descartó que sea por problemas de índole personal y comercial, dado que ambos son propietarios de una farmacia en la ciudad.

  “Puede ser alguien que está loco, pero hay que ser muy atrevido para estar con un arma y disparar a una casa a las 13hs. Realmente me asusta, porque si alguien hizo algo así, uno se pregunta de qué puede ser capaz”.

  Sin embargo, aunque no dio nombres, Dell Emilia sí enfocó sus sospechas a la actividad política.

  “Ni se me ocurriría que pueda haber sido un concejal o un funcionario, pero hay entornos alrededor que se dedican a amedrentar o asustar a los concejales”, dijo.

  También recordó que “se están viviendo momentos de mucha tensión” en torno al aumento del 65% de las tasas de ABL, que deberán tratar concejales y mayores contribuyentes el próximo lunes.

  Dell Emilia también recordó que hace algunos años, también les tocó ser víctimas de una agresión similar cuando balearon el frente de su farmacia, en calle 25 de mayo 212. “Cuando yo era concejal (2007-2011), en la época que estábamos con los legajos trucho de remis – investigaban a funcionarios municipales por la presunta entrega de licencias truchas a remises en la ciudad -, hubo disparos en el frente de la farmacia pero afortunadamente no había nadie. No le di difusión porque no quise amedrentar a la gente”.

  “No descarto ningún móvil. Pero no puedo descartarlo de ninguna manera porque justamente hago una asociación de ideas y en ambos momentos son álgidos en a política local”.

  Luego en la entrevista telefónica exclusiva que dio a El Rosalenio, se dio la siguiente serie de preguntas que Dell Emilia respondió de esta manera:

-  ¿Hoy cree que puede haber un hecho que amerite una agresión de este tipo?
Nosotros estamos viviendo momentos de tensión. Si bien no puedo dar nada por hecho y culpar a alguien, las tasas todavía no se aprobaron y la asamblea de mayores contribuyentes no se hizo. Hay mucha intransigencia en la política y esto viene hacia abajo.

¿Cree que está relacionado con sus actividades políticas y no es casual?
-    Creo que sí. Me parece raro que sea casual. Hay un margen de duda pero no tengo ningún instrumento para afirmarlo. Puede haber gente que no está bien ubicada en su cabeza con un criterio claro y racional que puede tomar por su propia cuenta determinaciones de este tipo. Hay personas que son más papistas que el papa y que pueden llegar a sentir que desde ciertos sectores pueden estar evitando lo que ellos quieren, y pueden hacer cualquier cosa. Me da a pensar esto, y me preocupa mucho.

- ¿Pero sospecha de algún funcionario?-  No le cargo las tintas a nadie y mucho menos a una autoridad, pero sabemos que en os entornos se mueven personas que a veces no tienen el criterio claro de cómo tienen que discutir estas cosas.

- ¿El entorno de que sector?-  Está a las luces, está muy claro. Todos los problemas que hemos tenido siempre han venido direccionados de quienes quieren imponer su voluntad, en este caso es el oficialismo.

- ¿No descarta que pueda ser desde el oficialismo? -  No lo descarto que sea del entorno. Ni se me ocurriría que sea un concejal, pero hay entornos alrededor que se dedican a amedrentar o asustar a los concejales. Puede ser para que no se concrete la votación de mayores contribuyentes convocada para el lunes.
  El intendente le dice a los concejales que él tiene una libreta donde tiene anotado toda la vida y obra de cada uno de ellos, ¿a vos como te suena eso? Cuando vos no negocias tus principios y los negocias a rajatabla, ¿qué te queda para empujar a esta persona a que se deje de molestar?

- ¿Por qué pueden haber elegido la casa de Dell Emilia y Guglielmo y no la de otro concejal?
- Porque cada uno tendrá algo para preocuparse. A uno lo pueden tocar por un tema o por otro, yo no sé si les habrá sucedido algo a los demás. 
  Yo estoy muy indignada y preocupada porque es algo que pasa cualquier limite, por eso salgo a hablar. No me gusta el rol de victima pero acá está en riesgo mi familia.

- ¿Teme por su familia?- Tengo miedo, te lo digo sinceramente. Hoy en la Argentina se vive mucha tensión. Hay gente que está muy equivocada en cómo piensa y actúa en forma autoritaria, me hacen pensar en épocas pasadas.

- ¿Después de esto se replantea su participación en política?-    A nosotros no nos hace pensar en salir de la política, pero uno tiene familia y esto hay que tratarlo en la familia.  No me preocupa por mi, ni por mi esposo, pero mis hijos están muy asustados. Pero igual el compromiso que tenemos con la comunidad lo vamos a continuar hasta el ultimo día. (El Rosalenio).

San Miguel: quinta temporada de las Olimpíadas Municipales.


Fue en el Salón Municipal de Exposiciones “León Gallardo”. Allí el Jefe Comunal, junto a buena parte de su gabinete, encabezó el acto de lanzamiento de las Olimpíadas Deportivas y Culturales.
Este viernes por la mañana se llevó a cabo la apertura Oficial de las quintas Olimpíadas Deportivas y Culturales de la Municipalidad de San Miguel. El acto se realizó en el Salón Municipal de Exposiciones León Gallardo (Av. Pte. Perón y Paso), con la presencia del intendente de San Miguel, Joaquín de la Torre; el secretario de Coordinación de Políticas Territoriales, Jaime Méndez; el subsecretario de Deportes, Ariel Dalbene; el subsecretario de Cultura y Educación, Fernando Córdoba; el director general de Deportes de Competencia, Hernán Catini; y el director general de Turismo, Recreación y Tercera Edad, Darío Vecchio.
Inicialmente, el grupo folklórico Raíces, del colegio San José, ofreció su talento musical a todos los representantes del deporte y la cultura de las escuelas oficiales del distrito. Luego, se proyectó un video que rememora las finales de las olimpiadas del año pasado, donde figuran algunos datos importantes: participaron aproximadamente 100 instituciones, entre privadas, estatales, especiales, agrupaciones de la tercera edad y universidades; alrededor de 22.000 estudiantes del distrito compitieron durante tres meses; 5.000 fueron finalistas.
Este es el quinto año consecutivo de las olimpíadas municipales. Las competencias se dividen en deportivas y culturales. Por el lado de los deportes, se compite en atletismo, ajedrez, futbol 7, handball, hockey, natación, rugby, softbol, taekwondo, tenis de mesa, vóley y juegos tradicionales. Por el lado de cultura, danza, dúo vocal, solista de instrumentos, pintura grupal para especiales, canto, conjuntos de rock, artes plásticas y estáticas, son las disciplinas participantes. Las olimpiadas se dividen en cuatro categorías: la copa A, para las escuelas públicas; la copa B, para instituciones educativas privadas; la copa C, destinada a escuelas especiales; y la copa D, para establecimientos terciarios y universitarios.
Joaquín dirigió algunas palabras a los presentes, “Para nosotros es un orgullo poder decir que estas son las quintas olimpiadas consecutivas en San Miguel”, manifestó el intendente, y aclaró que “lo único que hacemos es organizar el trabajo que hacen ustedes (docentes e instituciones) en todo el año y lo resumimos en una olimpiada, pero en realidad los que ponen el cuerpo y el esfuerzo son ustedes y los colegios”. A su vez, remarcó que a pesar de que es una competencia “lo primordial es que los chicos se conozcan, se relacionen y a se hagan amigos”. Joaquín anunció también que, como los juegos bonaerenses este año probablemente no se realicen, el municipio está haciendo el esfuerzo para que los ganadores de las olimpiadas puedan viajar a Mar del Plata y que la entrega de premios se realizará en la semana de las Fiestas Patronales de San Miguel.
Por su parte, Dalbene destacó que “fue impresionante la cantidad de chicos que participaron el año pasado” y remarcó que “lo más importante es que los chicos nos pueden demostrar todo lo que saben hacer, que los jóvenes de San Miguel se puedan expresar, que puedan competir y que las instituciones tengan un lugar para mostrar el trabajo que hacen los profes a lo largo del año”.

José C. Paz: Urquiaga en reunión bilateral Argentina - Brasil.


El Intendente Carlos Urquiaga, participó del encuentro entre las Presidentas de Brasil, Dilma Rousseff y Cristina Fernández de Kirchner, que se desarrolló en el Museo del Bicentenario, en la noche del jueves.

Junto a gobernadores, ministros de gobierno de ambos países, y un grupo reducido de intendentes, Urquiaga manifestó que "es un orgullo y un estímulo para José C. Paz, que nos inviten a participar y para entender las políticas que se aplican a nivel Latinoamérica".

"Es la Patria Grande en acción, Es la construcción de la Patria Grande", afirmó sobre el encuentro de las mandatarias.

Además comentó que en su participación en el Congreso Internacional de Investigación, Desarrollo y Calidad de Vida, desarrollado en Colombia, fue "recorrer la latinoamérica unida, de políticas inclusivas, permitiendo un crecimiento armónico de la región. Teniendo en cuenta que la economía mundial está en crisis,  la integración es fundamental para el despegue definitivo".

"Cuando fuimos a Colombia, no hicimos más que contar nuestra experiencia en inclusión y desarrollo, que en algunos países son inéditas, por suerte en Argentina son una práctica habitual".

Para finalizar, sostuvo que "esto contribuye a una América Latina pujante, productiva, pero con inclusión social y desarrollo sustentable".

Que sea igual pagar con efectivo y con tarjeta


La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires presentó un proyecto de ley en la Legislatura porteña con el propósito de frenar las diferencias en entre el pago en efectivo y con tarjeta. Los detalles de la iniciativa.
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires presentó en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires una iniciativa que busca eliminar y “exponer” las diferencias en los precios que realizan los comerciantes en el precio entre el pago en efectivo y con tarjeta de crédito.
En concreto, la iniciativa, elaborada luego de una investigación realizada por el defensor adjunto Andrés Elisseche, propone que se determine que todos los comercios de la ciudad exhiban un cartel que indique que la ley de tarjetas de crédito prohíbe efectuar diferencias de precio entre pagar al contado y con tarjeta.
De aprobarse el proyecto los comercios deberán exhibir la leyenda: “Sr. Consumidor: La ley de tarjetas de crédito prohíbe efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta (Art. 37, inc. c), Ley 25.065)”.
Asimismo, la iniciativa sostiene que “todos los comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán exhibir un cartel en un lugar visible, al público al momento de efectuar el pago, cuyas medidas no serán inferiores a 15 cm por 21 cm”.
Por otra parte, dispone como autoridad de aplicación de esta norma propuesta a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor o el organismo que la reemplace.
Entre los fundamentos, se señala que “la razón de proteger el derecho a la información de consumidores y usuarios… se halla en la necesidad de suministrarles conocimientos de los cuales legítimamente carecen y en la desigualdad evidente que tienen respecto del proveedor sobre los productos y servicios”.
Por ello, “si bien la ley no establece expresamente que la información deba darse por escrito, en algunos casos bastará con suministrar la información a los interesados mediante un cartel de fácil lectura”, consignan en el proyecto.
“La Legislatura de la Ciudad ha sancionado otras normas en la que se obliga a los privados a difundir la normativa vigente a efectos de que el consumidor tenga la posibilidad de informarse sobre sus derechos, entre las que merecen destacarse las Leyes nros. 2.013, 3.008 y 1207, entre otras”, argumentan.
Es que “para ejercer un derecho, primero, resulta necesario conocerlo”, concluye entre sus argumentos la iniciativa enviada por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad. (Diario Judicial).

La Ley 26.791 y su aplicación efectiva. Delito: femicidio


En Santiago Del Estero, un hombre fue procesado bajo la figura del femicidio. Es la primera vez que se aplica el nuevo precepto normativo en esa provincia argentina.
Este viernes, por disposición del juez de la localidad de Monte Quemado, en Santiago Del Estero, se llevó a cabo el primer procesamiento por femicidio en la provincia desde la sanción de la nueva figura penal. Al acusado, Adrián Marcelo “el Tecla” Farías, se le imputa la comisión del supuesto delito de homicidio agravado por el vinculo de su novia, Natalia Soledad Ibáñez.
 
El magistrado, además de disponer esta medida, también ordenó la detención simple, convirtiendo la prisión preventiva que pesaba sobre el acusado. En estos términos, también declaró la inhibición general de sus bienes para la realización de actos que signifiquen “enajenación de índole patrimonial”.
 
En el documento de procesamiento, el magistrado explica que el agravamiento proviene, además del vínculo, por la figura contemplada en el artículo 80, inciso I, del Código Penal. “El encartado habría ingresado a la casa, despertado a su ex pareja, la habría conducido al patio y desde una corta distancia le habría efectuado un disparo de escopeta, calibre 16, provocándole la muerte en forma instantánea”, contó el titular de juzgado.
 
El juez recordó que “la Ley 26.791 introduce reformas al Código Penal Argentino, entre otros, al inciso primero y cuarto del artículo 80 que reprime las conductas agravadas del homicidio. En ella se prevé el delito de femicidio, normando el inciso primero del artículo 80: 'A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia'”.
 
El magistrado expresó que a lo largo de la instrucción se pudo probar la relación de noviazgo que mantenían Ibáñez y Farías, y que ese agraviante se constató a través de varios testimonios y, fundamentalmente, de su amante. La mujer declaró que tuvo varios encuentros con Farías y que en ellos, el acusado señaló que no pasaba nada con Ibáñez, pero que habían tenido una relación de ocho años.
 
En ese mismo testimonio, la mujer declaró que Farías le había contado que mientras duró la relación, golpeó en más de una ocasión a su pareja. 
 
“Teniendo en cuenta los elementos probatorios reunidos y al análisis pormenorizado y exhaustivo de las piezas de autos, tanto en su conformación estructural como individual, dentro del contexto probatorio, y siguiendo las reglas de la sana crítica y la libre convicción del juzgador, estimo que queda demostrada la relación de noviazgo existente entre agente-victima”, manifestó en su decisorio el juez.
 
“Atendiendo a que el hecho delictuoso existe, en cuanto al homicidio y en razón a la existencia de elementos de convicción suficiente que ameritan a juzgar con sospecha fundada que el imputado ha tenido participación en el delito endilgado, y conforme a lo requerido en esta instancia del proceso en cuanto no requiere certeza sino un razonamiento lógico acerca de la probabilidad alcanzada sobre los hechos y el encuadramiento de éstos, corresponde fijar la calificación legal, es decir el encuadramiento del hecho descripto en una figura penal”, concluyó el magistrado. (Diario Judicial).

El violento oficio de escribir


La Justicia aceptó un reclamo indemnizatorio de parte de una periodista contra el diario Río Negro. La demanda precisaba que la hacían trabajar y cubrir eventos fuera de su horario normal, hasta realizar actividades que estaban fuera de su jerarquía.
En los autos “Díaz, Alejandra c/Editorial Río Negro S.A. s/Reclamo”, el diario Río Negro debió indemnizar a una de sus empleadas por problemas vinculados con la cantidad y calidad de las tareas desarrolladas.
 
En su denuncia, la mujer alegó que la hacían trabajar en horarios extendidos, cubrir eventos que estaban fuera de su día laboral, y tomar funciones que correspondían a otras jerarquías. Todos estos motivos llevaron a la actora a demandar a la publicación de mayor tirada en la provincia patagónica.
 
En su demanda, la periodista recordó que “se le exigieron el cumplimiento de labores que excedían el horario asignado oportunamente. De hecho al menos una vez por semana debía cubrir el horario nocturno de 20 a 2 de la madrugada. Las tareas en la empresa fueron siempre muy amplias y de lo más variadas, tanto en la edición impresa del mencionado diario como en la versión digital del mismo, cumpliendo funciones que le eran asignadas a sus superiores”.
 
“La relación empleador- trabajador fue desarrollándose y con el tiempo el trato dispensado a la actora por parte de sus superiores jerárquicos fue empeorando, exigiéndole que se quedara después de horario para cubrir determinados eventos, asignándole a cada vez más funciones y por el mismo sueldo”, expresó la actora.
 
En este orden, la mujer afirmó que, lejos de menguar, la situación fue empeorando con el tiempo y le pedían más notas y la hacían trabajar aún más. Al mismo tiempo, recordó que no varió la situación cuando quedó embarazada a comienzos de 2009, e inclusive cuando se reincorporó la situación se mantuvo invariable.
 
Desde el diario desconocieron la actividad de la actora como periodista, y dijeron que trabajó pero, por supuesto, no bajo las condiciones descriptas en la demanda.
 
Los jueces del STJ manifestaron que “lo cierto es que la empresa accionada es un medio de comunicación con inserción ampliamente reconocida en la región , ha categorizado a la trabajadora como aspirante que guarda correspondencia con lo indicado en el inciso A del artículo 23 de la Ley 12.908 (aspirante: el que se inicia en las tareas propias del periodismo), como también, y como surge de los recibos de sueldo que no han sido desconocidos, se realizan aportes a la Federación de Trabajadores de Prensa”.
 
“Al margen de ello, y en cuanto las posiciones significan confesión del que las propone, desde que cada una de ellas significa la afirmación de un hecho por parte del ponente, o sea, el reconocimiento de que ese hecho existe, aunque el absolvente luego lo negare, en las que se proponen a fojas 259 (y siguientes) han colocado a la actora en las tareas vinculadas al periodismo en internet”, explicaron los magistrados.
 
Los vocales entendieron que “en respaldo de que estamos en presencia de empresa y actividad periodística se ha dicho en fallo que hacemos nuestro que ‘aún cuando la actora realizara escuchas de radio y grabaciones, la índole periodística de la actividad de la empresa permite, por si sola, calificar-dándole el mismo sentido- a la tarea desarrollada por la accionante’”.
 
“Que la publicación reuniera información general y que ésta fuera remitida a la totalidad de los suscriptores de manera diaria, son dos aspectos determinantes que en el caso específico habilitan para que se reconozca que la referida publicación cumple con la finalidad de propalar o exhibir información tal como lo indica el art. 2 primer párrafo última parte de la Ley 12.908”, expresaron los miembros del STJ, haciendo referencia a jurisprudencia de su autoría. (Diario Judicial).

La violencia de género también es contra los hombres


La justicia condenó a una mujer a 17 años de prisión por violencia y abuso sexual contra sus hijos y su marido. La violencia de género “oculta esta otra realidad (…) pero que debe ser sin dudas atendible porque el hombre es parte de esa familia”, dijeron los jueces
La causa caratulada “L., M.  I.  V. abuso sexual gravemente ultrajante, coacción-coacción calificada, etc” culminó en la condena sobre una mujer, a la que se la encontró culpable de los delitos de agresiones, coacción, lesiones leves y abuso sexual gravemente ultrajante, todos agravantes por el vínculo.

Entre alguno de los hechos por los cuales la mujer llegó a juicio oral, se encuentran que golpeaba a sus hijos con una botella de vino, intentó incendiar su casa con sus hijos adentro, obligó a su hija a clavarle un bisturí, y abusó de ella con el fin de denunciar a su marido por ello. 

De manera previa, durante el debate oral, al observarse que la imputada manifestaba contradicciones en su declaración ante el Tribunal respecto de sus dichos en la declaración indagatoria, los jueces integrantes de la Cámara 6ª del Crimen de Córdoba, Alberto Crucella, Julio Guerrero Marín y Daniel Ottonello, discutieron acerca de si era correspondiente incorporar los dichos de la mujer al debate.

El fiscal se había manifestado a favor, y el defensor de la imputada se opuso y planteo la inconstitucionalidad de la medida. Por mayoría se resolvió aceptar la prueba, con la disidencia del juez Marín, que indicó que ello violentaba el principio de defensa “al coartarse su estrategia defensiva”.

La acusada se defendió de los cargos afirmando que ella era la víctima, ya que su marido era el que ejercía violencia sobre su persona. Su marido, al momento de prestar testimonio, solicitó que se excluya a la acusada del recinto “porque le tenía miedo”, y sus hijos declararon en contra de la misma.

En cuanto a los dictámenes periciales, los efectuados sobre la hija supuestamente abusada, determinaron que el abuso denunciado “es expuesto como un eslabón mas en la cadena de agresiones vivenciadas. No se encontraron en la niña elementos o características de fabulación confabulación o mitomanía”, y que “el daño psíquico de la niña esta relativizado por la cotidianeidad de las situaciones, generándose  una acomodación a las situaciones de maltrato”.

Los magistrados dieron razones por las cuales consideraron que la mujer era responsable de la comisión de de esos delitos, entre las cuales destacaron la fuerza probatoria de los testimonios de las víctimas y sus familiares, la exposición de los menores en la cámara Gesell y los dictámenes periciales.

En cuanto a la determinación de la pena correspondiente a la encartada, la Cámara tuvo en cuenta “a su favor que no registra antecedente penal alguno, en su contra la cantidad de hechos endilgados, la modalidad  grave y perversa  de los mismos, el perjuicio físico y psíquico causado a sus hijos”.

“En efecto, M.  I. del V. L. obsesionada por lograr retener a su lado a su marido lo maltrató y lo agredió pero lo incalificable de su conducta es que para lograr dicho fin utilizó a sus propios hijos causándoles daños de insondable gravedad y por ello la sanción a aplicarle debe ser severa”, sostuvo el Tribunal.

“Vale reflexionar como lo hiciera en otros pronunciamientos judiciales sobre este flagelo de la violencia doméstica que parece no tener limites ni fronteras en la actual sociedad”, señalaron los jueces.

Los sentenciantes expresaron que en muchos fallos lo difícil “que será erradicar esta lacra de la violencia familiar sin desterrar el perverso y vigente machismo social, pero no es menos cierto que cada caso judicial es como un caso medico-clínico y requiere de un diagnóstico y un tratamiento”. Aclararon a continuación que en el caso de marras las victimas de los maltratos eran un hombre, “y en especial sus hijos”.

A continuación, el fallo enfatizó que “mucho se ha escrito del maltrato de varones, sin embargo la terrible violencia sobre la mujeres y que diera justificadamente lugar a insertar la denominada violencia de género en  nuestra legislación penal oculta esta otra realidad -por cierto mucho menor- pero que debe ser sin dudas atendible porque el hombre es parte de esa familia donde ocurre la violencia domestica y ésta ya se ha convertido en un problema de salud publica porque tiene efectos destructivos en los niños”.

Al respecto, los magistrados entendieron que no había muchos casos como el de estudio, ya que “no suele haber cifras del maltrato en hombres, por que no hacen la denuncia y menos si son golpeados pues la norma que impera a en nuestra sociedad para los hombres es el coraje”.

Pero en tal sentido, sostuvieron que “Ortega y Gasset decía que para solucionar un problema hay que comenzar por verlo, por ello  no podemos  ignorar  que esta otra cara de la violencia familiar también existe y debe tratarse”.

Por todas esas cuestiones, los jueces establecieron como pena a aplicar la de 17 años de prisión, y ordenaron al Servicio Penitenciario que “se  practique en la persona de M.  I. del V. L. un tratamiento psicológico y/psiquiátrico conforme la problemática que presenta debiendo informar al tribunal interviniente bimestralmente su evolución”. (Diario Judicial).

Coronel Pringles: Encuentro de integración de discapacidad y tercera edad.


El jefe comunal, Prof. Carlos Oreste abrió esa jornada. La misma se llevó adelante en el balneario municipal y es organizada por la Secretaría de Acción Social a través de su área de Tercera Edad y Discapacidad y tiene como invitados a los Grupos Génesis y Sensaciones, al Instituto Braille de Bahía Blanca y a Marcelo Calvo del CONADI. 
Como parte de las intensas actividades que se realizan para mejorar la calidad de vida de la ciudad, a través del área de Acción Social, se realizó esta jornada que apunta a la integración de los diferentes grupos que bregan por la inserción de los discapacitados en la sociedad. La actividad contó con la presencia de los grupos locales Génesis y Sensaciones, además de la visita del Instituto Braille de la ciudad de Bahía Blanca y de la presencia de Marcelo Calvo, Director de la Biblioteca Parlante de la Ciudad de La Plata, quien cortésmente hizo posible la llegada a nuestra ciudad de La Valija Itinerante del Museo de Ciencias Naturales de la Ciudad de La Plata.
La apertura y recepción de las instituciones estuvo a cargo del Intendente Municipal Prof. Carlos Oreste, de la Secretaria de Desarrollo Social Abogad Natacha González y del Coordinador de Tercera Edad y Discapacidad, Daniel González Lara.
El Jefe Comunal se refirió a la jornada expresando que “es un orgullo para nuestro Municipio, el poder compartir esta jornada junto con el equipo de trabajo de Desarrollo Social” donde “el área de Tercera Edad tiene absoluta independencia de trabajo y que todo este trabajo es el que nos permite abrir los ojos como comunidad para brindarles a los discapacitados el espacio que se merecen dentro de ella”.
“Lo más importante de todo esto es reflejar que a raíz del trabajo de muchas personas, hoy en día Tercera Edad y Discapacidad, tiene su espacio propio” y que “en la jornada de hoy podamos disfrutar del cariño y el afecto a través de la integración de los grupos que hoy participarán de la misma”, finalizó Oreste.
Por su parte Marcelo Calvo señaló que “primeramente quiero dividir a las personas en dos, primero a los que llegan a conocer la discapacidad por medio de algún tipo de vinculación y aquellas que llegan para superar las limitaciones que tienen”.
“Hay que entender que todas las discapacidades tienen un valor y esto nos debería enseñar a entenderlas” y que “compartir es indispensable y tenemos que aprender a compartir”.
Finalizando la Abogada González manifestó que “para nosotros es muy importante seguir trabajando con la inclusión social y es lo que nos motiva a diario” y que “junto a Daniel vamos coordinando las continuas ideas referidas a la integración de los discapacitados y de los adultos mayores”.
La actividad contendrá la presentación de La Valija Itinerante, siendo el disertante Lucas Tobio, museólogo local, para luego dar lugar a un taller sobre la comunicación a cargo del área de Tercera Edad y Discapacidad; culminando con una caminata en el Balneario a cargo de la Prof. de Yoga Belén Goycoechea y alumnos de la Esc. 40.

Malvinas Argentinas: Inauguraron jardín de infantes en Los Polvorines.

 Este es el primero de los cuatro nuevos jardines que se inaugurarán en el año, en el distrito de Malvinas Argentinas.
Hoy, por la mañana, se realizó el acto de inauguración del Jardín de Infantes Nº 913 “Pueblos originarios”, ubicado en la calle Ex Combatientes de Malvinas 1929, en la localidad de Los Polvorines.
Ya son 30 las instituciones educativas para el nivel inicial, con las que cuenta el partido de Malvinas Argentinas.
Estuvieron presentes el secretario de gobierno, Miguel Harari; el secretario de producción y medio Ambiente, Carlos Lumbreras; el secretario de servicios, Jorge Lopresti; el secretario de gestión, Diego Cariglino; la presidenta del consejo escolar, Karina Politi; la inspectora jefe distrital, Lic. Nancy Bochichio, y el cuerpo de consejeros escolares de Malvinas Argentinas, entre otros.
“Esta inauguración es muy importante teniendo en cuenta el gran sacrificio que le ha costado al intendente y a todo el equipo, los inspectores, al Consejo Escolar”, expresó Harari y agregó que “hay 5 jardines más por inaugura. Malvinas Argentinas ha tenido en estos 18 años muchos cambios favorables, esto nos hace sentir muy orgullosos y muy contentos”.
"Para nosotros poder inaugurar algo es ver plasmado todo el sacrificio y el acompañamiento de este intendente. Este Jardín es hoy una realidad, como los tres próximos que vamos a inaugurar en este mes. Nosotros tenemos la consigna que nos da el intendente Jesús Cariglino que es defender la escuela pública”, expresó por su parte Sergio Neiffert.
Además de este nuevo edificio que se inauguró el día de hoy, se construyeron y están próximos a inaugurarse el Jardín 928 en Tortuguitas, el Jardín 929 en Villa de Mayo, y el 927 en Grand Bourg. “Están estos tres nuevos y hay cinco más en carpeta en Provincia, para que podamos construir más Jardines de Infantes, si nos ceden los terrenos”, explicó la Inspectora al respecto.