LA PLATA, Febrero 13, (PUNTO CERO) El ministro de Gobierno bonaerense Florencio Randazzo afirmó que “los municipios no están autorizados a instalar ni a operar los radares de control de velocidad en rutas y autopistas nacionales y provinciales”.
En ese sentido explicó que, en el marco de la Emergencia Vial decretada por Solá, “la Provincia tiene el manejo exclusivo de la política de seguridad en rutas y autopistas”. En tanto subrayó que “los municipios tienen a su cargo sólo el control del tránsito en la zona urbana, que no incluye las rutas que pudieran atravesarla”.
El decreto que declara la emergencia establece de este modo ciertos requisitos y salvaguardas para evitar abusos que conspiren contra la transparencia y seguridad del sistema.
Randazzo dijo que “muchos municipios consideraron que la norma los autorizaba a colocar inspectores de tránsito municipales con medidores de velocidad en autopistas y rutas. Esto no está permitido” resaltó. Esta situación impediría la integración del sistema y dejaría abierta la posibilidad de abusos.
El Ministro aclaró que se requiere que los municipios colaboren con la Provincia en el control de velocidad, mediante autorización provincial y que coordinen su tarea con los puntos de control establecidos según el mapa accidentológico elaborado por el Ministerio de Seguridad.
En ese sentido explicó que, en el marco de la Emergencia Vial decretada por Solá, “la Provincia tiene el manejo exclusivo de la política de seguridad en rutas y autopistas”. En tanto subrayó que “los municipios tienen a su cargo sólo el control del tránsito en la zona urbana, que no incluye las rutas que pudieran atravesarla”.
El decreto que declara la emergencia establece de este modo ciertos requisitos y salvaguardas para evitar abusos que conspiren contra la transparencia y seguridad del sistema.
Randazzo dijo que “muchos municipios consideraron que la norma los autorizaba a colocar inspectores de tránsito municipales con medidores de velocidad en autopistas y rutas. Esto no está permitido” resaltó. Esta situación impediría la integración del sistema y dejaría abierta la posibilidad de abusos.
El Ministro aclaró que se requiere que los municipios colaboren con la Provincia en el control de velocidad, mediante autorización provincial y que coordinen su tarea con los puntos de control establecidos según el mapa accidentológico elaborado por el Ministerio de Seguridad.
Por último recordó la necesidad de que todo el equipamiento esté certificado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial, conforme a los manuales elaborados por las autoridades de aplicación. La atribución del juzgamiento es de los recientemente creados jueces de faltas provinciales. (PUNTO CERO).
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