SAN FERNANDO, Marzo 16, (PUNTO CERO-168 Horas) La Municipalidad de San Fernando reafirmará el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, que se celebra el sábado 15 de marzo. Habrá una entrega de folletos por parte de la Oficina Municipal de Información al Consumidor municipal, que contendrán información para concientizar a la población acerca de sus derechos como consumidores. Con motivo de esta fecha entrevistamos a Mónica Mantilla, titular de la OMIC.
- ¿Que dice la ley 24.240 “ley de defensa del consumidor?
- Contiene todo un articulado , que sería muy largo de explicar, pero básicamente es de protección al consumidor y hay algunos artículos básicos, como por ejemplo que el consumidor es a consumidor final, la gente tiene derecho a solicitar un ticket, tiene derecho a pedir un recibo si deja señado cualquier producto, tiene derecho a controlar que el aparato que compra no tenga roturas, ni fallas ni defectos, tiene 5 días para cancelar la compra en caso que la haya hecho por teléfono o por Internet, tiene una garantía mínima de tres meses, tiene derecho a cambiar el producto. Esto con respecto a los bienes.
- ¿Por que otro motivo puede el consumidor hacer valer sus derechos?
- Bueno, también habla esta ley con respecto a los servicios. En este caso tiene que estar claro el contrato (por cuanto tiempo, por cuanto dinero), el consumidor tiene derecho a saber cuales son los beneficios y desventajas de comprar un bien financiado para poder elegir. Normalmente el consumidor no pregunta pero el comerciante tampoco brinda la información a cerca de ese servicio. La información veraz y adecuada es importante para comprar.
- ¿Por que es tan importante “saber comprar”?
- A lo largo de nuestra experiencia tenemos una frase muy importante que es “consumir responsablemente es una obligación que nos beneficia a todos”. Es decir si yo hago una compra y no solicito el ticket no puedo luego hacer un reclamo. El primer paso que da en esta relación de consumo es el consumidor.
- Sabiendo que el intercambio es un acto público. ¿Existe el derecho a la privacidad de compra?
- No ha aparecido esta cuestión de confidencialidad en ningún lado.
- ¿Cual es el reclamo más oído?
- Tenemos un común denominador en cuanto a todo lo que es telefonía celular, electrodomésticos y servicios técnicos, reclamo de concesionaria y lo que es financiamiento es decir lo que respecta a las cuotas y la diferencia de pagarlo en efectivo ya que las tasas de interés son abusivas. Todos estos reclamos deben hacerse con ticket… sino no es posible tomarlo, y la gente no pide su factura a la hora de comprarlo.
- ¿En el caso de los electrodomésticos no debería hacerse cargo la empresa?
- Si claro, es más hay una ley que dice que el mayor responsable es el comercio que vende el producto. Pero el consumidor cuando llega se encuentra que le dicen “nosotros no tenemos nada que ver”, y los derivan a los fabricantes.
- ¿El fabricante no es responsable también?
- La ley dice que existe una responsabilidad solidaria entre los fabricantes, los comerciantes, los distribuidores y el servicio técnico…pero deben ponerse de acuerdo quien hace el cambio y el que debe dar la cara es el comercio…pero nadie lo hace entonces el comprador obviamente se siente angustiado.
- ¿Y es ahí cuando llegan aquí?
- Si, el vecino debe venir con la documentación (ticket o factura) para poder hacer el reclamo. Aquí en esta oficina primero se lo escucha y también se lo asesora .Luego completa un formulario de puño y letra y se adjunta todas las fotocopias de la documentación correspondiente y el último paso es iniciar un expediente. A partir de ahí se empieza a trabajar con el caso: citamos a la empresa en cuestión para llegar a una conciliación con el consumidor. Con la mayoría logramos una conciliación positiva.
- ¿Hoy por hoy hay muchos reclamos?
- Si, cada vez más pero nuestra idea es concientizar al vecino sobre cuales son sus derechos, y también sus obligaciones para que haya menos reclamos.
OMIC de San Fernando
4580 5681/5682
Rosario 1000 e/Arias y Madero
omic@sanfernando.gov.ar
- ¿Que dice la ley 24.240 “ley de defensa del consumidor?
- Contiene todo un articulado , que sería muy largo de explicar, pero básicamente es de protección al consumidor y hay algunos artículos básicos, como por ejemplo que el consumidor es a consumidor final, la gente tiene derecho a solicitar un ticket, tiene derecho a pedir un recibo si deja señado cualquier producto, tiene derecho a controlar que el aparato que compra no tenga roturas, ni fallas ni defectos, tiene 5 días para cancelar la compra en caso que la haya hecho por teléfono o por Internet, tiene una garantía mínima de tres meses, tiene derecho a cambiar el producto. Esto con respecto a los bienes.
- ¿Por que otro motivo puede el consumidor hacer valer sus derechos?
- Bueno, también habla esta ley con respecto a los servicios. En este caso tiene que estar claro el contrato (por cuanto tiempo, por cuanto dinero), el consumidor tiene derecho a saber cuales son los beneficios y desventajas de comprar un bien financiado para poder elegir. Normalmente el consumidor no pregunta pero el comerciante tampoco brinda la información a cerca de ese servicio. La información veraz y adecuada es importante para comprar.
- ¿Por que es tan importante “saber comprar”?
- A lo largo de nuestra experiencia tenemos una frase muy importante que es “consumir responsablemente es una obligación que nos beneficia a todos”. Es decir si yo hago una compra y no solicito el ticket no puedo luego hacer un reclamo. El primer paso que da en esta relación de consumo es el consumidor.
- Sabiendo que el intercambio es un acto público. ¿Existe el derecho a la privacidad de compra?
- No ha aparecido esta cuestión de confidencialidad en ningún lado.
- ¿Cual es el reclamo más oído?
- Tenemos un común denominador en cuanto a todo lo que es telefonía celular, electrodomésticos y servicios técnicos, reclamo de concesionaria y lo que es financiamiento es decir lo que respecta a las cuotas y la diferencia de pagarlo en efectivo ya que las tasas de interés son abusivas. Todos estos reclamos deben hacerse con ticket… sino no es posible tomarlo, y la gente no pide su factura a la hora de comprarlo.
- ¿En el caso de los electrodomésticos no debería hacerse cargo la empresa?
- Si claro, es más hay una ley que dice que el mayor responsable es el comercio que vende el producto. Pero el consumidor cuando llega se encuentra que le dicen “nosotros no tenemos nada que ver”, y los derivan a los fabricantes.
- ¿El fabricante no es responsable también?
- La ley dice que existe una responsabilidad solidaria entre los fabricantes, los comerciantes, los distribuidores y el servicio técnico…pero deben ponerse de acuerdo quien hace el cambio y el que debe dar la cara es el comercio…pero nadie lo hace entonces el comprador obviamente se siente angustiado.
- ¿Y es ahí cuando llegan aquí?
- Si, el vecino debe venir con la documentación (ticket o factura) para poder hacer el reclamo. Aquí en esta oficina primero se lo escucha y también se lo asesora .Luego completa un formulario de puño y letra y se adjunta todas las fotocopias de la documentación correspondiente y el último paso es iniciar un expediente. A partir de ahí se empieza a trabajar con el caso: citamos a la empresa en cuestión para llegar a una conciliación con el consumidor. Con la mayoría logramos una conciliación positiva.
- ¿Hoy por hoy hay muchos reclamos?
- Si, cada vez más pero nuestra idea es concientizar al vecino sobre cuales son sus derechos, y también sus obligaciones para que haya menos reclamos.
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4580 5681/5682
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Horario de atención: 10:00 a 14:00. (PUNTO CERO-168 Horas).
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