jueves, febrero 08, 2007

ITUZAINGO. SE ESTABLECIERON ZONAS PARA RED DE TRANSITO PESADO.

ITUZAINGO, Febrero 08, (PUNTO CERO) El Gobierno Municipal estableció que el tránsito y uso de la vía pública de vehículos de transporte que superen las 12 toneladas de carga transmitida a la calzada y aquellos que excedan la longitud de 14 metros deberán circular por las avenidas y calles determinadas por la nueva red de tránsito pesado.
Así lo dispuso el jefe comunal Alberto Descalzo tras la firma de la Ordenanza 1158, en la que además define una red secundaria de tránsito pesado y la creación del Registro de Generadores de Carga Pesada del distrito.
Para cumplimentar la ordenanza municipal, las autoridades comunales determinaron el siguiente corredor para el tránsito pesado:
Corredor Sentido de Circulación SUR-NORTE
a) Fray Luis Beltrán – Blas Parera – Cruce nivel vías FFCC – Santa Rosa – Autopista del Oeste
b) Famatina – Aconquija – Eugenio Pérez Quintana – colectora Autopista del Oeste – Camino Parque del Buen Ayre.
Corredor Sentido de Circulación NORTE-SUR
a) Camino Parque del Buen Ayre – colectora Autopista del Oeste – Eugenio Pérez Quintana – Aconquija – Famatina
Corredor Sentido de Circulación ESTE-OESTE
a) Avenida Rivadavia
b) Autopista del Oeste
Corredor Sentido de Circulación OESTE-ESTE
a) Avenida Rivadavia
b) Autopista del Oeste
Corredor Sentido de Circulación ESTE-SUR
a) Avenida Rivadavia – Gascón – Blas Parera – Fray Luis Beltrán
b) Autopista del Oeste – E. Pérez Quintana – Aconquija – Famatina
Corredor Sentido de Circulación OESTE–SUR
a) Avenida Rivadavia – Ventura Alegre – Blas Parera – Fray Luis Beltrán
b) Autopista del Oeste – E. Pérez Quintana – Aconquija – Famatina
Corredor Sentido de Circulación ESTE-NORTE
a) Avenida Rivadavia – cruce nivel vías FFCC – Santa Rosa – Autopista del Oeste – Camino Parque del Buen Ayre
b) Autopista del Oeste – Camino Parque del Buen Ayre.
Corredor Sentido de Circulación OESTE-NORTE
a) Avenida Rivadavia – Ventura Alegre – Blas Parera – cruce nivel vías FFCC – Santa Rosa – Autopista del Oeste – Camino Parque del Buen Ayre
b) Autopista del Oeste – Camino Parque del Buen Ayre.
Asimismo, la ordenanza en su artículo 2 define como Red Secundaria de Tránsito Pesado a la utilización de una Hoja de Ruta que permitirá el ingreso o egreso de los vehículos de carga a su destino, y la disposición de limitar el horario de circulación de 21 a 9 horas, salvo que la autoridad de aplicación preste autorización en casos debidamente justificados.
Para ello, la Dirección de Tránsito deberá crear el Registro de Generadores de Carga Pesada, donde deberán inscribirse obligatoriamente toda empresa, transportista, industria o comercios que por su desenvolvimiento recepcionen o remitan materia prima, insumos, productos manufacturados de cualquier tipo de mercadería a través de los vehículos alcanzados por la ordenanza. (PUNTO CERO).

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