domingo, marzo 26, 2006

BUENOS AIRES: "los jueces deberán aguzar su criterio". Falbo consideró que la flexibilización de las excarcelaciones "era una medida necesaria.

BUENOS AIRES, Marzo 26, (PUNTO CERO-Perspectiva Sur) La Procuradora General de la provincia de Buenos Aires aclaró, sin embargo, que "será necesario analizar los antecedentes de cada caso". Y explicó que "porque haya una ley, no quiere decir que haya que excarcelar a todos". Y añadió que "lo que queda claro es que no podemos inundar las cárceles de inocentes".
En el marco de su visita a Quilmes, la Procuradora General de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, María del Carmen Falbo, hizo referencia a la ley que flexibiliza el régimen de excarcelaciones en la provincia, y que fue sancionada en los últimos días por la Legislatura bonaerense.Si bien consideró que era "necesaria y muy importante", remarcó que "la existencia de una ley no quiere decir que sea aplicable indiscriminadamente a todos los casos"."Creo que la flexibilización es importante, que contribuye muchísimo, porque no podemos tener gente con una prisión preventiva durante años cuando todavía no son culpables", dijo Falbo, aunque paralelamente aclaró que "lo que sí espero que tanto los fiscales como los jueces tomen este instituto viendo perfectamente y con sano criterio quienes son aquellos que están en condiciones de ser excarcelados".
"No porque exista una ley hay que excarcelar a todos", destacó la Procuradora, "sino que hay que buscar mucho el antecedente, el verdadero criterio a imponer, los estudios que tiendan a ver si una persona esta psicológicamente en condiciones de poder volver a la sociedad".
"Lo que sí es cierto, también, es que no podemos inundar las cárceles de posibles inocentes, más aún teniendo en cuenta que se ha dado más de una vez el caso de personas que cuando llegan al juicio oral después de una larga demora resultan ser inocentes".
"Sin duda que nunca alcanzaremos la utopía de que no haya detenidos porque no existan los delitos, pero lo que es indiscutible es que una persona inocente no merece siquiera pasar un solo día en la cárcel".

LOS PUNTOS PRINCIPALES DE LA LEY
La aprobación de la ley respondió al fallo de la Corte Suprema de Justicia nacional que, el año pasado, "exhortó" a los Poderes Ejecutivo y Legislativo bonaerenses a "adecuar su legislación procesal penal en materia de prisión preventiva y excarcelación, y su legislación de ejecución penal y penitenciaria, a los estándares constitucionales e internacionales".
La reforma de la denominada ley de "mano dura" sancionada en el gobierno de Carlos Ruckauf tenía como principio general que la restricción de la libertad sea ejercida de manera "excepcional" y "sólo cuando fuera absolutamente indispensable", según los términos de la iniciativa en tratamiento.
El proyecto aprobado este mes pro la Legislatura Bonaerense determina que la excarcelación podrá ser otorgada en los casos en que la pena máxima prevista para el delito cometido no supere los ocho años de prisión (actualmente el techo son seis años).
Pero esa condición no es excluyente, ya que los jueces podrán conceder el beneficio de la excarcelación "si el máximo de la pena fuera mayor, pero de las circunstancias del o los hechos y de las características y antecedentes personales del procesado resultare probable que pueda aplicársele condena de ejecución condicional".
La nueva ley elimina además los "supuestos restrictivos", limitando únicamente la concesión de la excarcelación a los casos en que se verifiquen los denominados "peligros procesales", entre los que se menciona la posibilidad de fuga o el entorpecimiento de la investigación.
También establece que "siempre que el peligro de fuga o de entorpecimiento probatorio pudiera razonablemente evitarse por aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado, o de alguna técnica o sistema electrónico o computarizado que permita controlar que no se excedan los límites impuestos a la libertad, el juez de garantías impondrá tales alternativas en lugar de la prisión".
Además, instala un sistema de oralidad desde el primer día del proceso, de manera que se puedan agilizar los plazos y se evite que todas las causas lleguen a juicio.Finalmente, aclara que "en ningún caso" se concederá la excarcelación "cuando hubiere vehementes indicios de que el imputado tratará de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación". (PUNTO CERO-Perspectiva Sur).

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