La sobrecarga de trabajo que le imponían era tal que prácticamente no se movía de su puesto. Cuando hizo un reclamo se desencadenó un "trato persecutorio". Ahora, la Justicia falló a su favor.
La Cámara Laboral ordenó indemnizar a una cajera que dejó su trabajo a raíz de la
sobrecarga de trabajo que le imponían, que en ocasiones le impedían ir al baño o tomarse pocos minutos de refrigerio.
Así lo resolvió la Sala V del Tribunal, al ordenar indemnizar a una cajera quien refirió que "a partir del año 2004 en que se produjo la absorción de Cencosud S.A. por Jumbo Retail Argentina S.A. (fusión Jumbo-Disco) se convulsionó el ambiente de trabajo ya que corrían rumores de despido".
"La reducción de personal hizo que los empleados que no fueron despedidos (entre ellos la actora) absorbieran el trabajo de los empleados faltantes, con el agravante de que se produjeron cambios significativos y perjudiciales en las condiciones laborales en severo perjuicio de los trabajadores", según dieran por acreditado los jueces Oscar Zas y María García Margalejo.
Además, los jueces describieron que en el lugar de trabajo, los empleados "prácticamente no podían dejar las cajas durante toda la jornada, tenían constantes problemas para ir al baño ya que no se les daba permiso y lo mismo ocurría con los 15 minutos diarios de merienda".
Incluso en el caso de la empleada "aumentó el trato persecutorio", cuando ésta hizo un reclamo ante la Superintendencia de Riesgos de Trabajo. "La intimaban y apercibían constantemente a un punto tal que el daño derivó en un desequilibrio emocional que llegó a su punto máximo el domingo 25 de marzo de 2007 cuando en medio de sus tareas comenzaron a temblarle las piernas y no podía respirar", recordaron los jueces.
Esa situación se repitió a tal punto que la joven "sentía ganas incontenibles de llorar, quería salir corriendo, no podía hablar, no quería que nadie la toque hasta que finalmente de desmayó" y "despertó en la guardia del Hospital Fernández y al día siguiente debió comenzar un tratamiento psiquiátrico que aún no ha culminado".
"Es obvio destacar el evidente menoscabo que tal conducta empresaria produjo en la esfera extrapatrimonial de la actora al afectar seriamente su dignidad", concluyeron.
La Cámara Laboral ordenó indemnizar a una cajera que dejó su trabajo a raíz de la
sobrecarga de trabajo que le imponían, que en ocasiones le impedían ir al baño o tomarse pocos minutos de refrigerio.
Así lo resolvió la Sala V del Tribunal, al ordenar indemnizar a una cajera quien refirió que "a partir del año 2004 en que se produjo la absorción de Cencosud S.A. por Jumbo Retail Argentina S.A. (fusión Jumbo-Disco) se convulsionó el ambiente de trabajo ya que corrían rumores de despido".
"La reducción de personal hizo que los empleados que no fueron despedidos (entre ellos la actora) absorbieran el trabajo de los empleados faltantes, con el agravante de que se produjeron cambios significativos y perjudiciales en las condiciones laborales en severo perjuicio de los trabajadores", según dieran por acreditado los jueces Oscar Zas y María García Margalejo.
Además, los jueces describieron que en el lugar de trabajo, los empleados "prácticamente no podían dejar las cajas durante toda la jornada, tenían constantes problemas para ir al baño ya que no se les daba permiso y lo mismo ocurría con los 15 minutos diarios de merienda".
Incluso en el caso de la empleada "aumentó el trato persecutorio", cuando ésta hizo un reclamo ante la Superintendencia de Riesgos de Trabajo. "La intimaban y apercibían constantemente a un punto tal que el daño derivó en un desequilibrio emocional que llegó a su punto máximo el domingo 25 de marzo de 2007 cuando en medio de sus tareas comenzaron a temblarle las piernas y no podía respirar", recordaron los jueces.
Esa situación se repitió a tal punto que la joven "sentía ganas incontenibles de llorar, quería salir corriendo, no podía hablar, no quería que nadie la toque hasta que finalmente de desmayó" y "despertó en la guardia del Hospital Fernández y al día siguiente debió comenzar un tratamiento psiquiátrico que aún no ha culminado".
"Es obvio destacar el evidente menoscabo que tal conducta empresaria produjo en la esfera extrapatrimonial de la actora al afectar seriamente su dignidad", concluyeron.
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