miércoles, mayo 16, 2012

MALVINAS ARGENTINAS: APELAN RESOLUCIÓN DE DE VIDO QUE CONFIRMA MULTA DE LA CNC. Cooperativa de Tortuguitas.

Tiempo de Tortuguitas, el medio dirigido por el periodista Luis Melillo, accedió a la apelación que presentaron los directivos de la cooperativa telefónica local, pidiendo que quede sin efecto la pesada multa. Admiten que, de quedar firme la resolución, implicaría la "destrucción" de sus activos. El informe dice lo siguiente:
En ediciones anteriores informábamos acerca de la confirmación - a través de la resolución 354, firmada en marzo por el ministro De Vido - de la pesada multa que la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) fijó a la Cooperativa de Tortuguitas. Una resolución que, de quedar firme, afectaría gravemente el patrimonio de la cooperativa local, si se tiene en cuenta que la multa impuesta podría llegar a la suma de los 25 millones de pesos.
Pese al silencio de la entidad (no hubo comunicaciones oficiales a los medios de prensa ni a los asociados), Tiempo pudo establecer que el tema explotó en el consejo de administración, y que sus máximos directivos ensayan distintas acciones con vistas a intentar zafar, o al menos morigerar, la pesada carga. Entre esas acciones se encuentra una presentación realizada el pasado 28 de marzo ante el ministro De Vido, en la cual se pide una "reconsideración" de la medida, documento al que Tiempo tuvo acceso en forma exclusiva.
El escrito -firmado por el presidente De Miguel de Céspedes, el secretario Ismael Osa y el tesorero José Ponce- hace un somero repaso de la cuestión, que arranca en el año 2000, cuando, en el contexto de la desregulación, las operadoras de telefonía fueron obligadas por el estado a entregar los datos de sus clientes. Como la Cooperativa de Tortuguitas se negó, comenzó un proceso sancionatorio que culminó en 2003, cuando la CNC fijó una pesada multa. Luego vinieron una serie de recursos de apelación que dieron intervención a estamentos superiores.
Las apelaciones terminaron rechazadas, pero sirvieron para prolongar la cuestión hasta el mes de marzo, que fue cuando el ministro De Vido convalidó la multa.
Luego de referirse al carácter solidario de la entidad, el escrito asume un tono casi dramático cuando se refiere a la multa impuesta. Al mencionar lo que podría pasar en el caso que la penalización quedase firme, los representantes de la cooperativa afirman que ello implicaría "lisa y llanamente la destrucción total de los activos de estas empresas". Por último, se pide "que se dejen sin efectos las multas aplicadas atento a que las mismas se aplican a una cuestión que hoy ha devenido abstracta, haciendo por ende a las multas excesivamente onerosas".
Ahora, el ministro tendrá que evaluar el recurso presentado, y dictaminar si acepta las argumentaciones vertidas allí o si ordena la ejecución de las multas. De ello depende, según lo afirman sus mismos directivos, el futuro de la cooperativa local.

CRONOLOGÍA DE UN LARGO PROCESO
Todo se inicia en la presuscripción y la posibilidad de los usuarios de telefonía de la cooperativa de optar libremente por una operadora de larga distancia. Para que eso sea posible, la normativa obligó a las operadoras de telefonía con más de 5000 clientes a entregar una base de datos de sus clientes a la Administradora Nacional de Base de datos, creada para tales efectos. Como la cooperativa no cumplió con la entrega, la CNC le fijó una fuerte multa, más un monto "diario y progresivo" por cada día que pasase sin la entrega de la base.
La cooperativa presentó un recurso de alzada, que fue rechazado en 2004. La CNC consideró que la negativa de la cooperativa impidió a sus clientes "la posibilidad de elegir el prestador de larga distancia", y que la multa "es razonable y proporcional al monto en cuestión". Luego, giró las actuaciones a la Secretaría de Comunicaciones, para resolver la cuestión.
En definitiva, le tocó expedirse a la máxima autoridad del ministerio al que pertenece la secretaría. Por eso el expediente llegó al despacho de De Vido, quien rechazó el recurso de alzada de las cooperativas y le dio la razón a la CNC. Por otra parte, la resolución fija 10 días de plazo para interponer apelaciones, y la facultad de ejecutar las multas a los 30 días de estar firme la resolución. 

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