lunes, marzo 13, 2006

JUNIN: El ex intendente, Abel Miguel, a un paso del juicio oral por desvío de fondos

JUNIN, Marzo 13, (PUNTO CERO) El diario La Verdad de Junín informa que el ex intendente de Junín Abel Miguel tendrá que sentarse en el banquillo de los acusados si prospera la elevación de juicio oral de una causa en la que está imputado de malversación de caudales públicos por una suma total de $ 4.500.000.El expediente (Nº 831/05, caratulado “Chami s/denuncia”) investigó el presunto desvío de fondos correspondientes a la Tasa Complementaria de Seguridad. Miguel está acusado y la causa fue elevada a juicio por el Tribunal Oral Nº 1, quien ya dio traslado a las partes.La investigación se sustanció en la Fiscalía en lo Correccional Nº 6 del doctor Alberto Félix Arostegui, luego que el 29 de enero de 2002, la Fiscalía General inició una investigación de oficio a raíz de artículos publicados en el diario La Verdad con relación a lo manifestado por el dirigente fomentista Osvaldo Giapor, y el entonces presidente del Foro Municipal de Seguridad, Luis Chami. La denuncia estaba referida a la administración de los fondos recaudados por la Municipalidad de Junín en concepto de Tasa Complementaria de Seguridad.En ese momento, las actuaciones fueron remitidas a la Unidad Funcional de Instrucción Nº, a cargo de la fiscal en lo Criminal Silvia Ermácora. La funcionaria analizó la totalidad de los elementos incorporados, arribando a la siguiente conclusión: “Se acredita legalmente en autos que, comparando los saldos que debieran estar efectivamente en la cuenta especial Tasa Complementaria de Seguridad se evidencian faltantes con respecto a los saldos efectivos según el libro Bancos, faltantes que se originan en transferencias entre cuentas municipales sin especificarse, en los formularios a través de los cuales se ordena al Banco transferir sumas de dinero desde la cuenta especial 20215, ni los motivos ni el destino de dichas transferencias... que el hecho así descrito configuraría ‘prima facie’ el delito de Malversación de Caudales Públicos previsto y penado por el Artículo 260º del Código Penal, el que en virtud de la pena prevista resulta ser de naturaleza correccional”.Luego, en la parte resolutiva, la fiscal actuante decidió inhibirse para seguir con la instrucción de la causa, por entender que la naturaleza del delito es correccional, pasando a misma a la Unidad Funcional en lo Correccional Nº 6, a cargo del fiscal Alberto Arostegui, donde finalmente se instruyeron las actuaciones.De esa manera se solicitó la conclusión del pedido de elevación a juicio ante el Juzgado de Garantía, que resolvió cumplimentar la medida tras acreditar que estaban dadas las condiciones exigidas por el Código.Argumentos de MiguelPor su parte, el ex intendente Abel Miguel había sostenido que la Tasa de Seguridad “nunca fue desafectada” y que “las utilizaciones provisorias de fondos se compensaron bimestral, semestral y anualmente”.Además hizo hincapié en que para responder a necesidades emergentes de la gestión de gobierno municipal, “a veces se utilizaron fondos de recursos ordinarios para pagar cuestiones atinentes a la Tasa de Seguridad”.En su defensa, afirmó que “la idea de la disponibilidad absoluta de las cuentas como vasos comunicantes desde el punto de vista económico”, señalando que “nunca se entorpeció y desafectó”, mientras que “el servicio de seguridad tampoco sufrió un menoscabo”. (PUNTO CERO).

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