QUILMES, Setiembre 25, (PUNTO CERO-Perspectiva Sur) La decisión fue por voto dividido, ya que uno de los jueces entendió que la calificación era otra como para solicitar la reclusión perpetua de los imputados. En la sentencia se hizo hincapié en la grave situación de inseguridad del lugar donde ocurrió el homicidio
Para los jueces Ariel González Elicabe, Rubén Sánchez y Margarita Allaza de Iturburu quedó acreditado que el 17 de diciembre de 2000 a las 18.30 en República de Francia y Mar del Plata de la Villa Los Alamos de Ezpeleta, Marcelo Cantero de 24 años se trasladaba con su bicicleta cuando tres sujetos lo interceptaron con el fin de robársela. Como el joven se resistió, mediante el uso de, al menos, un arma blanca, le produjeron la muerte con una puñalada en el tórax.
Fundamentaron su decisión con la declaración de los testigos que coincidieron en señalar el lugar donde se produjeron los hechos, la cantidad de personas, que vieron un forcejeo en el cual observaron "un cuchillo o una navaja", que se llevaron la bicicleta y que la víctima cayó ensangrentada a la altura del pecho.
En cuanto a la responsabilidad de los dos imputados: Gustavo Alejandro Fernández, alias "el Ale" y Alberto Franco, alias "beto" o "el loco Adam", los jueces se basaron en la identificación de los testigos que hicieron tanto en la rueda de reconocimiento como en el juicio oral: "eran tres pibes del barrio, son los que están sentados ahí", señalaron mientras declaraban. El tercer sujeto no pudo ser identificado y aún está prófugo.Señalaron como atenuante la falta de antecedentes penales y como agravante la pluralidad de intervinientes en el hecho que logró vencer la resistencia de la víctima por la desigualdad numérica.
En el momento de calificar el hecho, el doctor Sánchez disintió con el "homicidio en ocasión de robo", que tanto Elicabe como Allaza de Iturburu habían señalado. Para Sánchez se trató de un "homicidio calificado criminis causa", por lo que se pediría la pena de prisión perpetua, lo que no prosperó por el voto de la mayoría.
Como se recordará, durante los alegatos, el fiscal de juicio, Javier Mendoza, solicitó la pena de 18 años de prisión por el delito de "homicidio en ocasión de robo", mientras que el defensor oficial Roberto Rosales pidió la absolución y la doctora Mónica Trapé que se juzgue a su defendido por el delito de "robo simple".
La participación de los testigosD
os párrafos de la sentencia fueron dedicados a los testigos que, pese al miedo a la inseguridad y al flagelo de la droga que padecen en el barrio se presentaron a declarar: "Los testigos oídos en el juicio han cumplido con un deber ciudadano al concurrir a declarar, primero ante la policía y luego al debate, asumiendo con valentía su obligación legal, permitiendo que se investigue el hecho y se detenga a los responsables, pese al temor por el riesgo que pueden correr en un ámbito hostil, como es un barrio carenciado"
Para los jueces los testimonios fueron esenciales para tomar su decisión: "Los deponentes han demostrado su hartazgo por padecer la inseguridad y se han plantado con entereza, especialmente frente a los acusados y sus familiares presentes en la sala de juicio, contanto al Tribunal la verdad de lo sucedido aquel 17 de diciembre de 2000".
Una visita especial
Los alumnos del 3° año del polimodal del colegio Eduardo Holmberg de Quilmes presenciaron todo el debate y la sentencia en la sala de juicio oral del primer piso del fuero Penal local. Fue una nutrida delegación la que asistió para conocer la parte práctica de una materia. (PUNTO CERO-Perspectiva Sur).
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