Por medio del decreto N° 943/2011, que lleva la firma del intendente municipal Dr. Gustavo Posse, la Municipalidad de San Isidro dispuso hoy el rechazo de la solicitud de aprobación del proyecto que apuntaba a construir un estadio en el predio que pertenece al Jockey Club Argentino.
Se trata del proyecto del estadio “Arena” ideado por el reconocido arquitecto Carlos Ott. La iniciativa descartada por la comuna contemplaba la construcción de un teatro cerrado con capacidad para 15.000 personas, estacionamiento y un sector comercial que afectaría la circulación del tránsito por las avenidas Centenario y Márquez.
Es de recordar que el Ejecutivo municipal dispuso - previo a la intervención de sus organismos técnicos para evaluar la factibilidad de la obra - que el estudio de impacto ambiental realizado por la firma TecnoMak S.A. presentado el 22 de febrero pasado, debía ponerse a disposición de interesados y vecinos que lo requiriesen.
En los fundamentos de la medida se señala que “el 18 de marzo pasado se dispuso un plazo de 30 días hábiles para la consulta del estudio de impacto ambiental” en cuestión. De ello –añade- se dio una amplia difusión promedios masivos de comunicación y se informó idéntica circunstancia al Colegio de Ingenieros –Delegación Vicente López- y al Colegio de Arquitectos –Delegación San Isidro-. Además, -da cuenta- se efectuó una comunicación mediante reparto domiciliario a los vecinos”.
Más adelante sostiene que “paralelamente se han recogido un gran número de consultas y opiniones de vecinos, no sólo en términos urbanísticos, sino también respecto de las implicancias que la obra podría acarrearles en relación a su calidad de vida”.
Indica luego que “tampoco escapa a esta administración que el Jockey Club Argentino realiza un gran esfuerzo en términos económicos para la preservación del predio, tal como se encuentra en la actualidad y que, en virtud de normas legales de todo rango, desde la Constitución Nacional hasta ordenanzas municipales, el ejercicio del derecho de propiedad por parte de esa institución, no podría ser restringido más allá de lo que las leyes que lo reglamentan disponen”.
Por otro lado, señala “la insuficiente, contradictoria y confusa difusión que los propios presentantes efectuaron del proyecto en cuestión, y la eventual modificación que el mismo pueda haber sufrido con el aporte de documentación complementaria, que implica, por otra parte, la prórroga del plazo de consulta, han originado una profunda incertidumbre entre los vecinos aledaños y demás ciudadanos sanisidrenses, afectando así el necesario consenso que, para una obra de tal magnitud se requiere”, agrega el decreto.
Resalta luego que “este Municipio ha sostenido en todo momento que su prioridad es el bienestar de todos los sanisidrenses, dentro del respeto a las normas y sobre la base de la búsqueda de consenso y armonía” para aquellas decisiones que puedan afectarlos “el proyecto aludido se ha tornado inviable”, subraya.
Finalmente, sostiene que se trata de “aventar angustias, incertidumbres y conflictos que este mega-proyecto” ocasionaría, el Departamento Ejecutivo sanisidrense rechaza la prosecución del trámite para analizar la autorización de la obra en cuestión”.
Se trata del proyecto del estadio “Arena” ideado por el reconocido arquitecto Carlos Ott. La iniciativa descartada por la comuna contemplaba la construcción de un teatro cerrado con capacidad para 15.000 personas, estacionamiento y un sector comercial que afectaría la circulación del tránsito por las avenidas Centenario y Márquez.
Es de recordar que el Ejecutivo municipal dispuso - previo a la intervención de sus organismos técnicos para evaluar la factibilidad de la obra - que el estudio de impacto ambiental realizado por la firma TecnoMak S.A. presentado el 22 de febrero pasado, debía ponerse a disposición de interesados y vecinos que lo requiriesen.
En los fundamentos de la medida se señala que “el 18 de marzo pasado se dispuso un plazo de 30 días hábiles para la consulta del estudio de impacto ambiental” en cuestión. De ello –añade- se dio una amplia difusión promedios masivos de comunicación y se informó idéntica circunstancia al Colegio de Ingenieros –Delegación Vicente López- y al Colegio de Arquitectos –Delegación San Isidro-. Además, -da cuenta- se efectuó una comunicación mediante reparto domiciliario a los vecinos”.
Más adelante sostiene que “paralelamente se han recogido un gran número de consultas y opiniones de vecinos, no sólo en términos urbanísticos, sino también respecto de las implicancias que la obra podría acarrearles en relación a su calidad de vida”.
Indica luego que “tampoco escapa a esta administración que el Jockey Club Argentino realiza un gran esfuerzo en términos económicos para la preservación del predio, tal como se encuentra en la actualidad y que, en virtud de normas legales de todo rango, desde la Constitución Nacional hasta ordenanzas municipales, el ejercicio del derecho de propiedad por parte de esa institución, no podría ser restringido más allá de lo que las leyes que lo reglamentan disponen”.
Por otro lado, señala “la insuficiente, contradictoria y confusa difusión que los propios presentantes efectuaron del proyecto en cuestión, y la eventual modificación que el mismo pueda haber sufrido con el aporte de documentación complementaria, que implica, por otra parte, la prórroga del plazo de consulta, han originado una profunda incertidumbre entre los vecinos aledaños y demás ciudadanos sanisidrenses, afectando así el necesario consenso que, para una obra de tal magnitud se requiere”, agrega el decreto.
Resalta luego que “este Municipio ha sostenido en todo momento que su prioridad es el bienestar de todos los sanisidrenses, dentro del respeto a las normas y sobre la base de la búsqueda de consenso y armonía” para aquellas decisiones que puedan afectarlos “el proyecto aludido se ha tornado inviable”, subraya.
Finalmente, sostiene que se trata de “aventar angustias, incertidumbres y conflictos que este mega-proyecto” ocasionaría, el Departamento Ejecutivo sanisidrense rechaza la prosecución del trámite para analizar la autorización de la obra en cuestión”.
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