TANDIL, Abril 11, (PUNTO CERO-ABC Hoy) La Cámara Civil y Comercial de localidad bonaerense de Azul ordenó en las últimas horas la intervención de la cantera El Trincante, instalada en la Barrio La Movediza de la ciudad de Tandil, a fin de regular las explosiones que produce esa compañía en la zona serrana.
El fallo -precisaron fuentes judiciales- confirmó una medida cautelar adoptada en su momento por el Juzgado Civil y Comercial número uno de Tandil en la que se ordenaba virtualmente una intervención del establecimiento.
La causa se había iniciado en el año 2000 a raíz de una denuncia presentada por los vecinos del Barrio La Movediza, quienes advirtieron sobre las constantes detonaciones y el daño producido sobre el paisaje.
La medida judicial conocida en las últimas horas está sustentada en un informe pericial realizado por tres expertos de las Universidades Nacionales de Mar del Plata, y del Centro.
El fallo establece que la cantera "deberá elaborar un programa de explotación y voladuras, debidamente aprobado por la autoridad que corresponda, el que deberá ser publicitado mensualmente por medio de los diarios El Eco, La Voz de Tandil y nueva Era de Tandil".
"Las voladuras sólo se harán en días hábiles entre las 10.00 y las 11.30 y entre las 15.00 y las 16.30 horas en razón de la ubicación de la cantera en relación con los predios circundantes a la misma que se hallan poblados", indicó la justicia.
La empresa "deberá cumplir con las directivas que dé un ingeniero forestal a fin de formar una barrera arbórea que cumpla satisfactoriamente con las funciones de amortiguación de vibraciones y retención de polvillo".
Entre otras directivas, el fallo señala que "el nivel máximo de vibraciones del suelo en las voladuras que se realicen no podrá exceder el índice de 5 mm/seg".
"A fin de proceder a la medición ordenada deberá informarse a la Municipalidad de Tandil, la que usará su sismógfrafo. No obstante, la demandada deberá contar con sismógrafo propio en caso de realizar voladuras y no poder contarse con el de la Municipalidad", indicó la justicia.
El fallo -precisaron fuentes judiciales- confirmó una medida cautelar adoptada en su momento por el Juzgado Civil y Comercial número uno de Tandil en la que se ordenaba virtualmente una intervención del establecimiento.
La causa se había iniciado en el año 2000 a raíz de una denuncia presentada por los vecinos del Barrio La Movediza, quienes advirtieron sobre las constantes detonaciones y el daño producido sobre el paisaje.
La medida judicial conocida en las últimas horas está sustentada en un informe pericial realizado por tres expertos de las Universidades Nacionales de Mar del Plata, y del Centro.
El fallo establece que la cantera "deberá elaborar un programa de explotación y voladuras, debidamente aprobado por la autoridad que corresponda, el que deberá ser publicitado mensualmente por medio de los diarios El Eco, La Voz de Tandil y nueva Era de Tandil".
"Las voladuras sólo se harán en días hábiles entre las 10.00 y las 11.30 y entre las 15.00 y las 16.30 horas en razón de la ubicación de la cantera en relación con los predios circundantes a la misma que se hallan poblados", indicó la justicia.
La empresa "deberá cumplir con las directivas que dé un ingeniero forestal a fin de formar una barrera arbórea que cumpla satisfactoriamente con las funciones de amortiguación de vibraciones y retención de polvillo".
Entre otras directivas, el fallo señala que "el nivel máximo de vibraciones del suelo en las voladuras que se realicen no podrá exceder el índice de 5 mm/seg".
"A fin de proceder a la medición ordenada deberá informarse a la Municipalidad de Tandil, la que usará su sismógfrafo. No obstante, la demandada deberá contar con sismógrafo propio en caso de realizar voladuras y no poder contarse con el de la Municipalidad", indicó la justicia.
El pronunciamiento agregó que "el impacto sonoro de las voladuras no podrá exceder los 110 dB, debiendo efectuarse la medición en la intersección de las calles Alighieri y Salta", del Barrio La Movediza. (PUNTO CERO-ABC Hoy).
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