AZUL, Agosto 28, (PUNTO CERO-Infoazuldiario) Luego de la recorrida por las plazas, el intendente Omar Duclós se refirió a la relación entre el Municipio y el artista Carlos Regazzoni. En este sentido manifestó que “a partir de los numerosos inconvenientes que veníamos teniendo en los últimos tiempos hemos decidió rescindir el contrato con Regazzoni y se le ha dado 24 horas para abandonar el lugar que actualmente ocupa en el paraje de Boca de la Sierras”.
El jefe comunal aclaró que la obra El Malón se localizará más adelante en el emplazamiento elegido en ese sector.
Duclós recordó la relación conflictiva que desde el comienzo hubo entre el Ejecutivo y el artista plástico y la describió como “insostenible”.
“Cuando llego a Azul todos nos entusiasmamos conociendo la fama y trayectoria de Regazzoni , cualidades que estaban asentadas en valores artísticos importantes”-dijo el Intendente. En este punto señaló que a pesar de los problemas de relación que se presentaron no deja de reconocerse su talento artístico.
El mandatario evocó el pedido de construcción del grupo escultórico El Quijote de la Mancha y cómo la obra vino a fortalecer la declaración de Azul, Ciudad Cervantina de la Argentina. En este contexto recordó además la repercusión popular que tuvo la inauguración de la obra al que reconoció como “un icono de la ciudad, al que la gente que nos visita pide conocer y del que actualmente estamos completando el entorno, la plazoleta para que el lugar luzca bien”.
Duclós relató que ya entonces surgieron los problemas y las críticas a funcionarios pero que “con amplia tolerancia antepusimos el objetivo primordial de terminar la obra que ha acrecentado el patrimonio turístico de la ciudad”.
Después el Municipio tomó la decisión de no continuar la relación. Fue cuando un grupo de empresarios contrató a Regazzoni para realizar el Malón pero también a ellos la relación se les hizo insostenible y se desvincularon. Con la obra a medio hacer y parcialmente paga “escuchamos el clamor de distintos sectores de la comunidad y para no perder esta obra entonces nuevamente anteponiendo el interés general, dijimos es una obra importante que tiene que ver con nuestra historia y nos pareció importante que se completara y quedara acá. Retomamos la relación, en enero firmamos un convenio donde se completaba el grupo, el Municipio terminaba el pago y se emplazaba en el paraje de Boca de la Sierras”-dijo Duclós.
Es así que El Malón concluido se llevó en mayo a ese lugar pero continúa sin emplazarse. Mientras tanto “Regazzoni parece haberse apropiado del sector incorporado elementos que nada tenían que ver con su obligación de emplazar la obra, vendía productos, avanzó en terrenos de Fabricaciones Militares, había sembrado truchas en el arroyo, hecho labranza en la tierra. Esto motivó una denuncia legal del Arsenal lo que genera un problema adicional al Municipio que tiene la posesión del parador a partir del convenio precisamente con Fabricaciones Militares. Estos inconvenientes ponen en riesgo ese arreglo para el parador”
A esto se suman comportamientos groseros y faltas de respeto con algunos vecinos que se acercaron al lugar y que la obra sigue sin emplazarse. “Por eso interrumpimos la relación y rescindimos el contrato por incumplimiento de Regazzoni”-finalizó el mandatario.
Decreto
Azul, 25 de Agosto de 2008.-
VISTO el Expediente Administrativo S-60/08; y
CONSIDERANDO: Que el 14 de Enero de 2008 se celebró entre la Municipalidad de Azul y Carlos Regazzoni el contrato de locación de obra glosado a fs. 5/6.-
Que a través del mismo, la locataria encomendó a la locadora, que aceptó, la tarea de realizar una obra escultórica, denominada “El malón: chuceada a la partida”; que se compone de siete caballos y ocho jinetes, un avestruz, patos, charitos y osamentas construidas en metal a partir de chatarra y desechos de ese material (confr. cláusula primera).-
Que el plazo de montaje de la obra se fijó en sesenta días corridos desde la celebración del contrato (14-01-2008), estando a cargo del Sr. Regazzoni la dirección de la instalación del conjunto de la obra con la colaboración de maquinarias, herramientas y personal dependiente de la Municipalidad (confr. cláusula segunda).-
Que la locataria se comprometió a pagar la suma total de $ 60.000, discriminada de la siguiente forma: a) $ 20.000 a la firma del convenio, b) $ 20.000 a los treinta días y c) $ 20.000 a los sesenta días. A la vez, que el Municipio gestionaría el pago de $ 20.000 adicionales de donaciones y aportes de la comunidad o empresas, no teniendo fecha de vencimiento de pago (confr. cláusula tercera y cuarta).-
Que en fecha 18-01-2008 el Municipio abonó al Sr. Regazzoni la suma de $ 40.000 (confr. fs. 21) y con fecha 29-02-2008 la suma de $ 20.000 (fs. 25), ante la finalización y entrega de la obra, habiendo cumplido de tal modo el Municipio con la totalidad de los pagos estipulados en el contrato a su cargo.-
Que asimismo el Municipio efectúo gestiones y campañas tendientes a que personas físicas y/o jurídicas privadas de la comunidad aporten fondos para el pago de la obra, en los términos estipulados en la segunda parte del primer párrafo de la cláusula cuarta.-
Que determinado el lugar del emplazamiento de la obra, en el predio del Parador de la Boca de la Sierra, se dispuso su traslado a tal inmueble.-
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos se hizo cargo del traslado de la obra, el pasado 14 de mayo, cuando se puso a disposición del artista Carlos Regazzoni: 2 carretones, 1 retroexcavadora, 1 pluma de la CEAL, personal del Area y de Vialidad Rural, a efectos de organizar, enmarcar y emplazar dicho operativo; culminándose el traslado el día 22 de mayo.
Que se dispuso la provisión de luz en el predio mediante un generador de la Cooperativa Eléctrica, y de agua por medio de instalación de una bomba manual provisoria, habiendo la Dirección de Hidráulica y Vialidad Urbana afectado al emprendimiento un tanque de agua de 6.000 litros hasta tanto se emplazare la bomba.-
Que la Dirección de Vialidad Urbana también provée el hormigón necesario para el anclaje de las esculturas.-
Que si bien el Sr. Regazzoni se ha instalado con su campamento, en la Parcela 875K –Parador Turístico- que corresponde al convenio de comodato que el Municipio de Azul mantiene con la Dirección General de Fabricaciones Militares, no ha procedido a efectuar la instalación de la obra a pesar de las gestiones y reclamos efectuados.-
Que el Sr. Regazzoni ha pedido una suma adicional de dinero para la instalación de la obra en el lugar.-
Que si bien por el contrato celebrado no corresponde abonar suma adicional alguna por la instalación, en aras de conciliar y hacer algunas pequeñas reparaciones en la obra, dado que se produjeron algunos deterioros en el traslado o daños mientras permanecía en el galpón cedido en el ex Corralón sito en el Barrio San Francisco de Asís, este Departamento Ejecutivo propició celebrar un nuevo instrumento contractual tendiente a abonar por dicha tarea; pero aquel se negó en los términos que da cuenta el instrumento de fs. 35 vta, haciendo saber que quería mas dinero.-
Que cabe remarcar, que dicha petición deviene incausada y carente de sustento, en la medida que el Municipio ya ha abonado la suma de $ 60.000 a la cual se había comprometido, con lo cual el locador además de realizar la obra –aspecto cumplido- tiene la obligación de dirigir su instalación en el lugar de emplazamiento indicado por el Municipio (confr. cláusula).-
Que habiendo transcurrido casi tres meses desde que están dadas las condiciones para efectuar la instalación de la obra en el predio indicado, el Sr. Regazzoni permanece con su campamento en el inmueble, pero no ejecuta la prestación convenida; ante la mora configurada, el Municipio se encuentra facultado para rescindir el contrato por culpa de aquel.-
Que por el contrario, lejos de cumplir con la referida obligación de hacer, el Sr. Regazzoni se ha dedicado a cometer desmanes en la zona, y excederse en el alcance de su permanencia en el lugar, instalando objetos y animales que nada tienen que ver con la relación contractual, y comercializando productos sin ningún tipo de autorización, como también tratando de mala manera a visitantes que frecuentan el lugar, que han formulado reclamos al Municipio.-
Que el Director de la “Fabrica Militar de Pólvoras y Explosivos Azul” (FANAZUL), en fecha 28 de julio de 2008, ante la Delegación Azul de la Policía Federal Argentina, formuló denuncia en los términos que da cuenta la copia que luce a fs. 37.-
Que el Sr. Director de FANAZUL en Expte. F-207/08, que fuera agregado a estos autos, expresa “que el día 23 de julio en horas de la tarde, me apersoné al “Parador Turístico” perteneciente a la parcela 875K que corresponde al convenio que mantiene la Dirección General de Fabricaciones Militares con el Municipio de Azul y que fuera firmado en fecha 10 de noviembre de 2006.- En el mencionado sitio pude comprobar el deterioro de la cerca perimetral y el ingreso de personal ajeno a FFMM al terreno que no forma parte del convenio antes mencionado y que se encuentra arrendado a terceros.- Ante mi presencia, de una casilla rodante estacionada dentro del Parador Turístico, bajó el Sr. Carlos Regazzoni, reconocido artista que se encuentra hace tiempo en nuestra ciudad, y ante mi interrogatorio sobre el ingreso al predio lindero perteneciente a FFMM, reconoció haber arado aproximadamente 20 has. que no corresponden al convenio antes mencionado, también reconoció haber cortado árboles y haber cortado el alambrado”.-
Que habiendo la Municipalidad de Azul autorizado la instalación del Sr. Regazzoni en el predio del Parador Turístico, la situación denunciada por el Sr. Director de FANAZUL -que también ha sido corroborada por funcionarios municipales-, implica una situación de trasgresión al convenio suscripto entre el Municipio y FFMM.-
Que en tal sentido, el Municipio debe arbitrar los medios a su alcance a los fines que hechos de esta naturaleza no ocurran más, en protección del buen trato que merece todo miembro de la comunidad o turista que visita el lugar, y resguardo del cumplimiento del objeto del contrato que vincula a la Comuna con FFMM.-
Por ello, el Sr. Intendente Municipal del Partido de Azul
El jefe comunal aclaró que la obra El Malón se localizará más adelante en el emplazamiento elegido en ese sector.
Duclós recordó la relación conflictiva que desde el comienzo hubo entre el Ejecutivo y el artista plástico y la describió como “insostenible”.
“Cuando llego a Azul todos nos entusiasmamos conociendo la fama y trayectoria de Regazzoni , cualidades que estaban asentadas en valores artísticos importantes”-dijo el Intendente. En este punto señaló que a pesar de los problemas de relación que se presentaron no deja de reconocerse su talento artístico.
El mandatario evocó el pedido de construcción del grupo escultórico El Quijote de la Mancha y cómo la obra vino a fortalecer la declaración de Azul, Ciudad Cervantina de la Argentina. En este contexto recordó además la repercusión popular que tuvo la inauguración de la obra al que reconoció como “un icono de la ciudad, al que la gente que nos visita pide conocer y del que actualmente estamos completando el entorno, la plazoleta para que el lugar luzca bien”.
Duclós relató que ya entonces surgieron los problemas y las críticas a funcionarios pero que “con amplia tolerancia antepusimos el objetivo primordial de terminar la obra que ha acrecentado el patrimonio turístico de la ciudad”.
Después el Municipio tomó la decisión de no continuar la relación. Fue cuando un grupo de empresarios contrató a Regazzoni para realizar el Malón pero también a ellos la relación se les hizo insostenible y se desvincularon. Con la obra a medio hacer y parcialmente paga “escuchamos el clamor de distintos sectores de la comunidad y para no perder esta obra entonces nuevamente anteponiendo el interés general, dijimos es una obra importante que tiene que ver con nuestra historia y nos pareció importante que se completara y quedara acá. Retomamos la relación, en enero firmamos un convenio donde se completaba el grupo, el Municipio terminaba el pago y se emplazaba en el paraje de Boca de la Sierras”-dijo Duclós.
Es así que El Malón concluido se llevó en mayo a ese lugar pero continúa sin emplazarse. Mientras tanto “Regazzoni parece haberse apropiado del sector incorporado elementos que nada tenían que ver con su obligación de emplazar la obra, vendía productos, avanzó en terrenos de Fabricaciones Militares, había sembrado truchas en el arroyo, hecho labranza en la tierra. Esto motivó una denuncia legal del Arsenal lo que genera un problema adicional al Municipio que tiene la posesión del parador a partir del convenio precisamente con Fabricaciones Militares. Estos inconvenientes ponen en riesgo ese arreglo para el parador”
A esto se suman comportamientos groseros y faltas de respeto con algunos vecinos que se acercaron al lugar y que la obra sigue sin emplazarse. “Por eso interrumpimos la relación y rescindimos el contrato por incumplimiento de Regazzoni”-finalizó el mandatario.
Decreto
Azul, 25 de Agosto de 2008.-
VISTO el Expediente Administrativo S-60/08; y
CONSIDERANDO: Que el 14 de Enero de 2008 se celebró entre la Municipalidad de Azul y Carlos Regazzoni el contrato de locación de obra glosado a fs. 5/6.-
Que a través del mismo, la locataria encomendó a la locadora, que aceptó, la tarea de realizar una obra escultórica, denominada “El malón: chuceada a la partida”; que se compone de siete caballos y ocho jinetes, un avestruz, patos, charitos y osamentas construidas en metal a partir de chatarra y desechos de ese material (confr. cláusula primera).-
Que el plazo de montaje de la obra se fijó en sesenta días corridos desde la celebración del contrato (14-01-2008), estando a cargo del Sr. Regazzoni la dirección de la instalación del conjunto de la obra con la colaboración de maquinarias, herramientas y personal dependiente de la Municipalidad (confr. cláusula segunda).-
Que la locataria se comprometió a pagar la suma total de $ 60.000, discriminada de la siguiente forma: a) $ 20.000 a la firma del convenio, b) $ 20.000 a los treinta días y c) $ 20.000 a los sesenta días. A la vez, que el Municipio gestionaría el pago de $ 20.000 adicionales de donaciones y aportes de la comunidad o empresas, no teniendo fecha de vencimiento de pago (confr. cláusula tercera y cuarta).-
Que en fecha 18-01-2008 el Municipio abonó al Sr. Regazzoni la suma de $ 40.000 (confr. fs. 21) y con fecha 29-02-2008 la suma de $ 20.000 (fs. 25), ante la finalización y entrega de la obra, habiendo cumplido de tal modo el Municipio con la totalidad de los pagos estipulados en el contrato a su cargo.-
Que asimismo el Municipio efectúo gestiones y campañas tendientes a que personas físicas y/o jurídicas privadas de la comunidad aporten fondos para el pago de la obra, en los términos estipulados en la segunda parte del primer párrafo de la cláusula cuarta.-
Que determinado el lugar del emplazamiento de la obra, en el predio del Parador de la Boca de la Sierra, se dispuso su traslado a tal inmueble.-
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos se hizo cargo del traslado de la obra, el pasado 14 de mayo, cuando se puso a disposición del artista Carlos Regazzoni: 2 carretones, 1 retroexcavadora, 1 pluma de la CEAL, personal del Area y de Vialidad Rural, a efectos de organizar, enmarcar y emplazar dicho operativo; culminándose el traslado el día 22 de mayo.
Que se dispuso la provisión de luz en el predio mediante un generador de la Cooperativa Eléctrica, y de agua por medio de instalación de una bomba manual provisoria, habiendo la Dirección de Hidráulica y Vialidad Urbana afectado al emprendimiento un tanque de agua de 6.000 litros hasta tanto se emplazare la bomba.-
Que la Dirección de Vialidad Urbana también provée el hormigón necesario para el anclaje de las esculturas.-
Que si bien el Sr. Regazzoni se ha instalado con su campamento, en la Parcela 875K –Parador Turístico- que corresponde al convenio de comodato que el Municipio de Azul mantiene con la Dirección General de Fabricaciones Militares, no ha procedido a efectuar la instalación de la obra a pesar de las gestiones y reclamos efectuados.-
Que el Sr. Regazzoni ha pedido una suma adicional de dinero para la instalación de la obra en el lugar.-
Que si bien por el contrato celebrado no corresponde abonar suma adicional alguna por la instalación, en aras de conciliar y hacer algunas pequeñas reparaciones en la obra, dado que se produjeron algunos deterioros en el traslado o daños mientras permanecía en el galpón cedido en el ex Corralón sito en el Barrio San Francisco de Asís, este Departamento Ejecutivo propició celebrar un nuevo instrumento contractual tendiente a abonar por dicha tarea; pero aquel se negó en los términos que da cuenta el instrumento de fs. 35 vta, haciendo saber que quería mas dinero.-
Que cabe remarcar, que dicha petición deviene incausada y carente de sustento, en la medida que el Municipio ya ha abonado la suma de $ 60.000 a la cual se había comprometido, con lo cual el locador además de realizar la obra –aspecto cumplido- tiene la obligación de dirigir su instalación en el lugar de emplazamiento indicado por el Municipio (confr. cláusula).-
Que habiendo transcurrido casi tres meses desde que están dadas las condiciones para efectuar la instalación de la obra en el predio indicado, el Sr. Regazzoni permanece con su campamento en el inmueble, pero no ejecuta la prestación convenida; ante la mora configurada, el Municipio se encuentra facultado para rescindir el contrato por culpa de aquel.-
Que por el contrario, lejos de cumplir con la referida obligación de hacer, el Sr. Regazzoni se ha dedicado a cometer desmanes en la zona, y excederse en el alcance de su permanencia en el lugar, instalando objetos y animales que nada tienen que ver con la relación contractual, y comercializando productos sin ningún tipo de autorización, como también tratando de mala manera a visitantes que frecuentan el lugar, que han formulado reclamos al Municipio.-
Que el Director de la “Fabrica Militar de Pólvoras y Explosivos Azul” (FANAZUL), en fecha 28 de julio de 2008, ante la Delegación Azul de la Policía Federal Argentina, formuló denuncia en los términos que da cuenta la copia que luce a fs. 37.-
Que el Sr. Director de FANAZUL en Expte. F-207/08, que fuera agregado a estos autos, expresa “que el día 23 de julio en horas de la tarde, me apersoné al “Parador Turístico” perteneciente a la parcela 875K que corresponde al convenio que mantiene la Dirección General de Fabricaciones Militares con el Municipio de Azul y que fuera firmado en fecha 10 de noviembre de 2006.- En el mencionado sitio pude comprobar el deterioro de la cerca perimetral y el ingreso de personal ajeno a FFMM al terreno que no forma parte del convenio antes mencionado y que se encuentra arrendado a terceros.- Ante mi presencia, de una casilla rodante estacionada dentro del Parador Turístico, bajó el Sr. Carlos Regazzoni, reconocido artista que se encuentra hace tiempo en nuestra ciudad, y ante mi interrogatorio sobre el ingreso al predio lindero perteneciente a FFMM, reconoció haber arado aproximadamente 20 has. que no corresponden al convenio antes mencionado, también reconoció haber cortado árboles y haber cortado el alambrado”.-
Que habiendo la Municipalidad de Azul autorizado la instalación del Sr. Regazzoni en el predio del Parador Turístico, la situación denunciada por el Sr. Director de FANAZUL -que también ha sido corroborada por funcionarios municipales-, implica una situación de trasgresión al convenio suscripto entre el Municipio y FFMM.-
Que en tal sentido, el Municipio debe arbitrar los medios a su alcance a los fines que hechos de esta naturaleza no ocurran más, en protección del buen trato que merece todo miembro de la comunidad o turista que visita el lugar, y resguardo del cumplimiento del objeto del contrato que vincula a la Comuna con FFMM.-
Por ello, el Sr. Intendente Municipal del Partido de Azul
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.- RESCINDASE el contrato de locación de obra celebrado el 14 de enero de 2008 entre la Municipalidad de Azul y el Sr. Carlos Regazzoni, por incumplimiento contractual de este último.-
ARTICULO 2°.- DETERMINASE que el Municipio procederá a la instalación de la obra denominada “El malón: chuceada a la partida”, con personal dependiente de la misma y/o mediante la contratación de terceras personas.-
ARTICULO 3°.- INTIMASE al Sr. Carlos Regazzoni para que en el plazo perentorio de 24 horas, abandone el predio propiedad de la Dirección General de Fabricaciones Militares otorgado en comodato a la Municipalidad de Azul, denominado Parador Turístico, ubicada sobre los puntos T-U-V de la poligonal que delimita la Parcela 875 K, con frente sobre la Ruta Provincial Nº 80, y entregue la totalidad de los bienes de propiedad del Municipio.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, tomen conocimiento quienes corresponda, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 3° y posteriormente remítanse las actuaciones en devolución a la Dirección Legal y Técnica.-
Fdo: D.I. Luis María LAFOSSE Fdo:Dr. Omar Arnaldo DUCLOS
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
ES COPIA
DECRETO N° 1055. (PUNTO CERO-Infoazuldiario).
ARTÍCULO 1°.- RESCINDASE el contrato de locación de obra celebrado el 14 de enero de 2008 entre la Municipalidad de Azul y el Sr. Carlos Regazzoni, por incumplimiento contractual de este último.-
ARTICULO 2°.- DETERMINASE que el Municipio procederá a la instalación de la obra denominada “El malón: chuceada a la partida”, con personal dependiente de la misma y/o mediante la contratación de terceras personas.-
ARTICULO 3°.- INTIMASE al Sr. Carlos Regazzoni para que en el plazo perentorio de 24 horas, abandone el predio propiedad de la Dirección General de Fabricaciones Militares otorgado en comodato a la Municipalidad de Azul, denominado Parador Turístico, ubicada sobre los puntos T-U-V de la poligonal que delimita la Parcela 875 K, con frente sobre la Ruta Provincial Nº 80, y entregue la totalidad de los bienes de propiedad del Municipio.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, tomen conocimiento quienes corresponda, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 3° y posteriormente remítanse las actuaciones en devolución a la Dirección Legal y Técnica.-
Fdo: D.I. Luis María LAFOSSE Fdo:Dr. Omar Arnaldo DUCLOS
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
ES COPIA
DECRETO N° 1055. (PUNTO CERO-Infoazuldiario).
1 comentario:
Vergonzoso lo de Duclos!!!!!!
Miren y difundan este video: http://www.youtube.com/watch?v=FgQEd45StGs
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