Ante numerosas quejas y reclamos de vecinos, por algunos intentos de preparativos o demostraciones de bailes con murgas y/o comparsas con vistas a las carnestolendas, mediante decreto Nº 256, la Municipalidad de San Isidro dispone que los cierres de calles en ocasión de los festejos de Carnaval deberán contar con la autorización previa de la Secretaría de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito de la comuna, como autoridad de aplicación.
En los fundamentos de la medida se indica que la próxima celebración de las carnestolendas ha generado expectativas en algunos grupos de vecinos que deciden formar murgas o comparsas para espectáculos en la vía pública. Añade que tales demostraciones tienden a reunir gran cantidad de personas, por lo cual, en algunos casos, se ha intentado cortar calles.
Advierte entonces que el corte de calles –sin autorización previa- “constituye una infracción que altera no sólo el tránsito vehicular y de personas, sino que veda el derecho de libre circulación de los vecinos frentistas que se ven afectados”
Además recuerda que en la actualidad existe en el país “un problema generalizado en materia de seguridad” por lo cual las reuniones de personas no debe ser ajena a las correspondientes autorizaciones administrativas ya que l –dice- “requieren un despliegue de las fuerzas de seguridad públicas, a los fines de garantizar el orden y la seguridad de las personas que concurren al evento.”
Por último, el decreto requiere de la Jefatura Distrital de la policía bonaerenses la adopción de las medidas necesarias para evitar la comisión de las infracciones así como a prestar la colaboración, que sea del caso, con la autoridad de aplicación”.
En los fundamentos de la medida se indica que la próxima celebración de las carnestolendas ha generado expectativas en algunos grupos de vecinos que deciden formar murgas o comparsas para espectáculos en la vía pública. Añade que tales demostraciones tienden a reunir gran cantidad de personas, por lo cual, en algunos casos, se ha intentado cortar calles.
Advierte entonces que el corte de calles –sin autorización previa- “constituye una infracción que altera no sólo el tránsito vehicular y de personas, sino que veda el derecho de libre circulación de los vecinos frentistas que se ven afectados”
Además recuerda que en la actualidad existe en el país “un problema generalizado en materia de seguridad” por lo cual las reuniones de personas no debe ser ajena a las correspondientes autorizaciones administrativas ya que l –dice- “requieren un despliegue de las fuerzas de seguridad públicas, a los fines de garantizar el orden y la seguridad de las personas que concurren al evento.”
Por último, el decreto requiere de la Jefatura Distrital de la policía bonaerenses la adopción de las medidas necesarias para evitar la comisión de las infracciones así como a prestar la colaboración, que sea del caso, con la autoridad de aplicación”.
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