LA PLATA, Marzo 21, (PUNTO CERO) Los tatuadores y encargados de practicar los piercing pasarán a llamarse Artista dermatográfico, técnico Micropigmentador o perforador, deberán ser sometidos a un examen de conocimiento, poseer una licencia que los autorice y vestir un atuendo parecido al de los médicos. Quienes soliciten el trabajo tendrán que tener la vacuna antitetánica y los menores no se podrán tatuar la cara, el cuello ni las manos. Los locales deberán contar obligatoriamente con un baño, una sala de espera y un área de esterilización.
Así lo establece un proyecto de ley del diputado del ARI, Horacio Piemonte, con el que busca evitar infecciones graves y serias en los jóvenes por la práctica de piercing y tatuajes en la piel.
La norma establece que se creará un registro único donde se inscribirán los artistas dermatográficos, técnico micropigmentadores y perforadores, mientras que ninguna persona podrá realizar tatuajes, ni perforaciones, al menos que posea la licencia que así lo establezca”.
La solicitud de inscripción en el registro único sólo se otorgará a personas mayores de edad quienes deberán contar con un certificado de vacunación contra la hepatitis y luego serán sometidos a un examen para determinar si tiene los conocimientos necesarios de técnica de asepsia que les permitan realizar tatuajes sin poner en riego la salud de los clientes o la suya propia.
Horacio Piemonte argumentó que “la idea es regular esto que esta muy de moda entre los chicos ya que sabemos que en algunos casos ha habido infecciones graves y muchas veces esto pasa sin el conocimiento de los padres”.
En este sentido, el legislador fundamentó que la Comisión Ejecutiva de la Unión Europea advirtió que la mayor parte de la sustancias químicas utilizadas con los tatuajes con pigmentos industriales destinados originariamente para otros propósitos, tales como pintura de automóvil, o tintas para escribir entre otros, y habría poca o ninguna información sobre seguridad que apoye su uso en los tatuajes. Este informe agrega que junto con el riesgo de contraer Sida, hepatitis o infecciones bacterianas, los tatuajes podrían causar cáncer de piel, soriasis, síndrome de choque tóxico o incluso cambios de conducta.
La medida prohíbe realizar tatuajes o perforaciones si el interesado no presenta el certificado de la vacuna antitetánica ni tampoco a personas mentalmente discapacitadas o a menores de 18 años de edad, quienes sólo podrán con autorización y acompañamiento de los padres, aunque tienen prohibido tatuarse en zonas de la cara, cuello, ante brazo, manos y genitales.
Con respecto a los locales y establecimientos deberán reunir las siguientes condiciones: sistema de provisión de agua potable, lavatorio en el salón con agua potable y toallas descartables, un área de esterilización y un baño en un lugar independiente del área de actividad.
A su vez, el perforador o tatuador con licencia deberá cumplir con las siguientes reglas sanitarias: deberá utilizar una bata limpia, se lavará las manos con un jabón antiséptico, utilizará guantes descartables y agujas esterilizadas, usará pigmentos no tóxicos y de uso humano específico para tatuajes, los objetos que se instalen para piercing deberá ser de material inerte, no tóxico y de uso quirúrgico.
Así lo establece un proyecto de ley del diputado del ARI, Horacio Piemonte, con el que busca evitar infecciones graves y serias en los jóvenes por la práctica de piercing y tatuajes en la piel.
La norma establece que se creará un registro único donde se inscribirán los artistas dermatográficos, técnico micropigmentadores y perforadores, mientras que ninguna persona podrá realizar tatuajes, ni perforaciones, al menos que posea la licencia que así lo establezca”.
La solicitud de inscripción en el registro único sólo se otorgará a personas mayores de edad quienes deberán contar con un certificado de vacunación contra la hepatitis y luego serán sometidos a un examen para determinar si tiene los conocimientos necesarios de técnica de asepsia que les permitan realizar tatuajes sin poner en riego la salud de los clientes o la suya propia.
Horacio Piemonte argumentó que “la idea es regular esto que esta muy de moda entre los chicos ya que sabemos que en algunos casos ha habido infecciones graves y muchas veces esto pasa sin el conocimiento de los padres”.
En este sentido, el legislador fundamentó que la Comisión Ejecutiva de la Unión Europea advirtió que la mayor parte de la sustancias químicas utilizadas con los tatuajes con pigmentos industriales destinados originariamente para otros propósitos, tales como pintura de automóvil, o tintas para escribir entre otros, y habría poca o ninguna información sobre seguridad que apoye su uso en los tatuajes. Este informe agrega que junto con el riesgo de contraer Sida, hepatitis o infecciones bacterianas, los tatuajes podrían causar cáncer de piel, soriasis, síndrome de choque tóxico o incluso cambios de conducta.
La medida prohíbe realizar tatuajes o perforaciones si el interesado no presenta el certificado de la vacuna antitetánica ni tampoco a personas mentalmente discapacitadas o a menores de 18 años de edad, quienes sólo podrán con autorización y acompañamiento de los padres, aunque tienen prohibido tatuarse en zonas de la cara, cuello, ante brazo, manos y genitales.
Con respecto a los locales y establecimientos deberán reunir las siguientes condiciones: sistema de provisión de agua potable, lavatorio en el salón con agua potable y toallas descartables, un área de esterilización y un baño en un lugar independiente del área de actividad.
A su vez, el perforador o tatuador con licencia deberá cumplir con las siguientes reglas sanitarias: deberá utilizar una bata limpia, se lavará las manos con un jabón antiséptico, utilizará guantes descartables y agujas esterilizadas, usará pigmentos no tóxicos y de uso humano específico para tatuajes, los objetos que se instalen para piercing deberá ser de material inerte, no tóxico y de uso quirúrgico.
Por último, tanto el artista, como el dueño o encargado del local deberán informar al cliente, verbalmente y por escrito, como cuidar el área tatuada o perforada, luego el cliente deberá firmar una declaración de que ha leído y entendido las instrucciones, copia que se guardará en el local por el término de dos años. (PUNTO CERO).
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