miércoles, noviembre 01, 2006

EL GOBERNADOR PROMULGO LA LEY QUE REGULA LA COMERCIALIZACION DE METALES NO FERROSOS

LA PLATA, Noviembre 01, (PUNTO CERO) El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Felipe Solá, promulgó mediante el decreto 2811 del 19 de octubre, la Ley impulsada por el Ministerio de Seguridad que regula las actividades sobre lugares que realizan la comercialización de los metales no ferrosos tales como desarmaderos, chatarrerías y depósitos. Dichos comercios, deberán llevar un libro rubricado por el titular de la comisaría local, además de presentar la documentación habilitante.
La Ley, que lleva el número 13.564, fue promovida a través de la Mesa de Prevención de Sustracción de Cables de la cartera de Seguridad y fue publicada ayer en el Boletín Oficial, por lo que entrará en vigencia en ocho días.
Los comercios regulados deberán presentar recibos oficiales de las operaciones de compra y venta realizadas, además de los certificados de inscripción en la AFIP y el DPR (Dirección Provincial de Rentas).
Quedan exceptuadas las compañías mineras explotadoras de yacimientos minerales no ferrosos y productoras primarias de estos minerales.
De acuerdo a lo establecido, se entiende por “metales no ferrosos” a todos los metales que no son hierro y a sus aleaciones donde éste es componente principal, como cobre, estaño, plomo, níquel, cobalto, las aleaciones aluminio-cobre, aluminio-manganeso, aluminio-silicio, aluminio-magnesio-silicio, aluminio-zinc y bronces de estaño, entre otros.
Esta Ley prevé la clausura de los locales que no cumplan con la reglamentación hasta tanto acrediten el cumplimiento de las exigencias. La sanción será dispuesta por el Ministerio de Seguridad o el intendente Municipal del distrito al que corresponda.
Para el mejor control de estas medidas, se creará el Registro de Control de Comercios Vinculados a la Comercialización e Industrialización de Metales No Ferrosos y otros, dependencia que funcionará en el ámbito de la cartera de Seguridad. Desde allí se informará a los titulares de las Jefaturas Departamentales de Seguridad y Delegaciones Departamentales de Investigación Judicial las inscripciones realizadas y se emitirán los certificados de inscripción.
Los controles sobre los comercios regulados estarán a cargo de la comisaría jurisdiccional y no deberán transcurrir entre cada inspección un plazo mayor a veinte días.Con esta Ley se va a prevenir, entre otros delitos, el robo de cables, hecho que provoca serios inconvenientes en la prestación de servicios públicos esenciales como la electricidad, la telefonía, el gas, el transporte ferroviario y el servicio de videocable. (PUNTO CERO).

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