BUENOS AIRES, Setiembre 19, (PUNTO CERO-www.nuestrohacer.com.ar) Rige la ley nacional obliga a los hospitales públicos y privados a extraerles una muestra de sangre a los recién nacidos para detectar nueve enfermedades. Pero la norma no sólo garantiza la detección precoz de esas condiciones, sino que también garantiza su tratamiento.
A las que ya incluía la pesquisa neonatal (la fenilcetonuria y el hipotiroidismo), la ley 26.279 agrega la fibrosis quística, la galactocemia, la hiperplasia suprarrenal congénita, la deficiencia de biotinidasa, la retinopatía del prematuro, el mal de Chagas y la sífilis. "Toda persona diagnosticada con anterioridad a la vigencia de la presente ley queda incluida automáticamente dentro de la población sujeta a tratamiento y seguimiento", precisa el texto de la nueva norma.
Entre los estudios a realizar, agrega el segundo artículo de la ley, "también se incluirán otras anomalías metabólicas genéticas o congénitas inaparentes al momento del nacimiento, si la necesidad de la pesquisa es científicamente justificada y existen razones de política sanitaria".
Además de la detección en los recién nacidos de las nueve enfermedades, la ley determina que las obras sociales y los demás prestadores de servicios de salud deberán "incorporar como prestaciones obligatorias" los tratamientos con drogas, fórmulas y suplementos especiales, alimentos y suplementos dietarios para cada patología, así como el equipamiento y los kits terapéuticos necesarios.
Qué se detectará
* Fenilcetonuria: es una enfermedad hereditaria que provoca retraso mental.
* Hipotiroidismo neonatal: es el déficit de hormonas tiroideas, que regulan el metabolismo.
* Fibrosis quística: es una condición que causa discapacidad progresiva y muerte prematura.
* Galactosemia: es una incapacidad del organismo que provoca daño hepático y neurológico.
* Hiperplasia suprarrenal congénita: es la carencia de cortisol y aldosterona, que causa masculinización inapropiada.
* Déficit de biotinidasa: suele causar agresividad y retraso mental.
* Retinopatía del prematuro: es la primera causa de ceguera de la infancia en la Argentina.
* Chagas: es una parasitosis transmitida por la vinchuca y daña el corazón.
A las que ya incluía la pesquisa neonatal (la fenilcetonuria y el hipotiroidismo), la ley 26.279 agrega la fibrosis quística, la galactocemia, la hiperplasia suprarrenal congénita, la deficiencia de biotinidasa, la retinopatía del prematuro, el mal de Chagas y la sífilis. "Toda persona diagnosticada con anterioridad a la vigencia de la presente ley queda incluida automáticamente dentro de la población sujeta a tratamiento y seguimiento", precisa el texto de la nueva norma.
Entre los estudios a realizar, agrega el segundo artículo de la ley, "también se incluirán otras anomalías metabólicas genéticas o congénitas inaparentes al momento del nacimiento, si la necesidad de la pesquisa es científicamente justificada y existen razones de política sanitaria".
Además de la detección en los recién nacidos de las nueve enfermedades, la ley determina que las obras sociales y los demás prestadores de servicios de salud deberán "incorporar como prestaciones obligatorias" los tratamientos con drogas, fórmulas y suplementos especiales, alimentos y suplementos dietarios para cada patología, así como el equipamiento y los kits terapéuticos necesarios.
Qué se detectará
* Fenilcetonuria: es una enfermedad hereditaria que provoca retraso mental.
* Hipotiroidismo neonatal: es el déficit de hormonas tiroideas, que regulan el metabolismo.
* Fibrosis quística: es una condición que causa discapacidad progresiva y muerte prematura.
* Galactosemia: es una incapacidad del organismo que provoca daño hepático y neurológico.
* Hiperplasia suprarrenal congénita: es la carencia de cortisol y aldosterona, que causa masculinización inapropiada.
* Déficit de biotinidasa: suele causar agresividad y retraso mental.
* Retinopatía del prematuro: es la primera causa de ceguera de la infancia en la Argentina.
* Chagas: es una parasitosis transmitida por la vinchuca y daña el corazón.
* Sífilis: infección crónica que puede retrasar el desarrollo, provocar convulsiones o la muerte. (PUNTO CERO-www.nuestrohacer.com.ar).
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