La Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires aprobó modificaciones a la Ley Electoral referidas a la sucesión de los intendentes en caso de fallecimiento, renuncia o destitución.
La iniciativa, que pasó a Diputados para su tratamiento, establece que en los casos en que la destitución del jefe comunal se origine por una falta grave, lo reemplazará en el cargo el primer concejal de la lista a la que perteneciere y que fuera electo conjuntamente con el intendente.
El proyecto determina que en este supuesto la elección del nuevo intendente se llevará a cabo en la siguiente renovación del Concejo Deliberante, tal como está estipulados para los casos de fallecimiento, renuncia o destitución por delito doloso.
La ley actual establece que en caso de destitución del intendente por falta grave, y si le resta un año o más de mandato, el Poder Ejecutivo provincial deberá convocar a elecciones en un plazo no mayor de 150 días.
De esta forma, la modificación aprobada el miércoles impide que un intendente sea electo sin una lista de concejales que lo acompañe, tal como ocurrió el año pasado en Pinamar cuando por la destitución de Roberto Porreti se convocó a elecciones ganadas por Blas Altieri.
De acuerdo a los fundamentos expresados en la presentación del proyecto, cuya autoría correspondió al senador Alfredo Meckievi, se intenta “simplificar la Ley actual, y otorgar idéntica línea sucesoria para todos los casos de vacancia”.
Según el legislador la sanción de esta ley “evitará que un mandatario comunal quede a merced de intereses políticos, contrarios a la voluntad popular que lo ungió en el cargo; se reafirma la autonomía municipal; se respeta la voluntad del electorado; se otorga una mejor hermenéutica legal al caso”. (InfoBAN).
La iniciativa, que pasó a Diputados para su tratamiento, establece que en los casos en que la destitución del jefe comunal se origine por una falta grave, lo reemplazará en el cargo el primer concejal de la lista a la que perteneciere y que fuera electo conjuntamente con el intendente.
El proyecto determina que en este supuesto la elección del nuevo intendente se llevará a cabo en la siguiente renovación del Concejo Deliberante, tal como está estipulados para los casos de fallecimiento, renuncia o destitución por delito doloso.
La ley actual establece que en caso de destitución del intendente por falta grave, y si le resta un año o más de mandato, el Poder Ejecutivo provincial deberá convocar a elecciones en un plazo no mayor de 150 días.
De esta forma, la modificación aprobada el miércoles impide que un intendente sea electo sin una lista de concejales que lo acompañe, tal como ocurrió el año pasado en Pinamar cuando por la destitución de Roberto Porreti se convocó a elecciones ganadas por Blas Altieri.
De acuerdo a los fundamentos expresados en la presentación del proyecto, cuya autoría correspondió al senador Alfredo Meckievi, se intenta “simplificar la Ley actual, y otorgar idéntica línea sucesoria para todos los casos de vacancia”.
Según el legislador la sanción de esta ley “evitará que un mandatario comunal quede a merced de intereses políticos, contrarios a la voluntad popular que lo ungió en el cargo; se reafirma la autonomía municipal; se respeta la voluntad del electorado; se otorga una mejor hermenéutica legal al caso”. (InfoBAN).
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