JUNIN, Octubre 24, (PUNTO CERO) En una conferencia realizada anoche en el Aula Magna de la UNNOBA, fue presentado formalmente el Instituto de Gestión Universitaria para el Desarrollo Sustentable, creado por la Universidad de las Naciones Unidas y la casa de altos estudios con sede en Junín de manera conjunta, que contará con el ex director de la Oficina de Educación Superior de la UNESCO, Marco Antonio Rodrigues Dias, como director.
El Instituto tratará temas de gestión y políticas universitarias, estimulará a la Universidad a buscar la calidad y la pertinencia implementando acciones relacionadas con los objetivos establecidos por la Cumbre del Milenio realizada en el año 2000, por iniciativa de las Naciones Unidas entre las que se destacan erradicar la pobreza extrema y el hambre; lograr la enseñanza primaria universal; y fomentar una asociación mundial para el desarrollo.
Para alcanzarlos se desarrollarán acciones que mejoren la eficacia de las instituciones de educación superior. La UNNOBA tratará de actuar para lograr un progreso estable, permanente, con una visión prospectiva.
El lanzamiento se hizo en el marco de una conferencia: “Los retos de la Educación Superior en el Nuevo Milenio”, que pronunció el secretario de Políticas Universitarias, Alberto Dibbern.
En el acto estuvieron presentes también el rector organizador de la UNNOBA, Luis Lima, y el intendente Mario Meoni.
“El objetivo es ir analizando los nuevos escenarios que se producen a medida que uno va poniendo en práctica ideas novedosas”, puntualizó el rector Luis Lima, al referirse al Instituto, que “ayudará a construir una universidad mejor en la región”.
La universidad como solucionadora de problemas
Por su parte, Marco Antonio Rodrigues Dias habló de la misión de la universidad, “poniendo como elemento básico la búsqueda de la solución de los problemas donde esta inserta”. En ese marco, resaltó la importancia, en el caso de la UNNOBA, de ser una institución recientemente creada, que le permite “hacer cosas nuevas, empezar con leyes nuevas y revolucionarias en relación a lo tradicional. Es mucho más fácil concretar objetivos”, por cuanto “las universidades tienen la tendencia a ser conservadoras”, aseguró.
Pero para ello, consideró que “debe definir objetivos realizables, claros, y tener la voluntad política de ejecutarlos. Para eso, la Conferencia de Paris ha discutido esto y recomendó que las misiones de las universidades sean definidas dentro de ellas mismas, pero discutidas con los representantes de toda la sociedad”. Dijo que en la manera que se cumplan los roles y tenga una legitimación por parte de la sociedad, “esto es factible”.
Definió que “desarrollar extensión universitaria significa una comunidad implicada en la realidad social” y aseveró que hay una manera distinta de organizar las universidades, aunque aseguró que “los principios básicos de la universidad como creación y difusión del conocimiento, como instrumento de promover una democratización de saber es permanente y no va a cambiar”.
Afirmó también que el flamante el Instituto de Gestión Universitaria para el Desarrollo Sostenible incluye a todos los sectores sociales con la misma igualdad de posibilidades de acceder a los estudios superiores, “la respuesta debe darse acá en la comunidad. No puede venir de afuera. La Conferencia Mundial de Paris ha establecido principios y planes de acción. Una de las recomendaciones fue establecer una discusión de definir misiones pero con la participación de todos los integrantes de la sociedad. La universidad no puede tener una actitud autoritaria de decir cual es su misión de espaldas a la sociedad”.
Meoni respaldó la gestión de Lima
El intendente Mario Meoni recordó que “hace años atrás cuando algunos juninenses pedían cambios en la Universidad, nosotros sostuvimos esta conducción porque creímos que nos abría las puertas a un profundo valor del conocimiento. Tal vez lo más elevado que tengamos en materia de educación universitaria elevada en la Argentina, y que esto lo representa claramente el ingeniero (Luis) Lima”.
Aseguró que “la creación de este Instituto es una muestra de qué modelo de universidad queremos; que es la que nosotros compartimos y apoyamos: absolutamente abierta, no pensada solo para plasmar individuos que pueden o no transmitirle algo o no a la comunidad, sino una universidad que forme comunidad, educativamente a todos los niveles sociales, políticos, culturales. Esto, ya nos está enriqueciendo como ciudad de una manera increíble”. (PUNTO CERO).
1 comentario:
AMOS JUAN COMENIUS
PAULO FREIRE
PROFESOR EDUARDO MARCELO COCCA jpg
Titulo
El Profesor Universitario
Autor
Eduardo Marcelo Cocca
Resumen
Debemos tener en claro, si queremos una educación universitaria artesanal, amateur, o una educación en manos de verdaderos profesionales de hecho y de derecho, como corresponde y nos merecemos, y sobre todo en un país en serio, donde debe reinar por encima de todo el Estado de Derecho, al todos debemos propender para que su ejercicio, no sea una expresión de deseos, sino una realidad, a la que todos sin ninguna duda aspiramos.
Lo habitual, tanto en universidades publicas como privadas y con la anuencia de sus autoridades, los Profesores Universitarios, son solamente de hecho, detentan una carrera de grado y tanto ellos como las autoridades, consideran suficiente merito para habilitarlos como profesores, en abierta contradicción con las leyes que regulan el ejercicio de la profesión, L.E.S. Art.. 36, Código Penal, etc.
Palabras claves
Usurpación de Titulo, Profesor Universitario, Estado de Derecho
Fecha de envío
24/11/06
Fecha de recepción
24/11/06
Introducción
Desde un punto de vista estrictamente jurídico estamos frente a una flagrante violación de la ley, delitos penales incluidos, creo que no es necesario recordar que todo ciudadano tiene obligación de conocer la ley, ni que decir si se trata de letrados.
Desgraciada y alegremente tanto participes necesarios, como autoridades que nombran en estos puestos, están incursas en el delito, recordar el CP, cuando nos dice aquel que designe a alguien sin titulo suficiente, podemos cerrar los ojos o mirar para otro lado, tal como hemos hecho hasta ahora,pero después nonos quejemos de los resultados o busquemos chivos expiatorios en la escuela secundaria, cuando el verdadero problema, núcleo de esta cuestión es la universidad misma, que claro, manejada por amateurs y no verdaderos profesionales, titulados los resultados no pueden ser otros que los que se exhiben, lamentablemente.
Desarrollo
El Estado Nacional, a través del Ministerio de Educación otorga como corresponde, autorización a diferentes universidades publicas y privadas, el permiso para el post- grado de Profesor Universitario y posterior otorgamiento del titulo correspondiente, luego de cursada y aprobada la curricula especifica de la carrera.
Ahora bien, la gran mayoría de los profesionales que ejercen como docentes universitarios, salvo raras excepciones, carecen del titulo de Profesor Universitario.
El Profesor Universitario, cuando esta en clase frente al alumnado, no esta en calidad de abogado, juez, medico, ingeniero, etc., sino cumpliendo la función y desempeñando el rol de Profesor Universitario, y para lo cual y se cae de maduro que su carrera de grado no es suficiente para el ejercicio profesional como Profesor Universitario, tal como lo marca el sentido común y las regulaciones de las leyes.
Prima facie, estos profesionales, sin titulo de Profesor Universitario, estarían alcanzados por el Art.. 246.- inc.1.-Usurpación de Títulos.-del Código Penal, que dice:el que ejerciera o asumiere funciones publicas sin titulo.- Art., 247.- Según ley 24527.- Usurpación de Títulos,- Código Penal.- que dice: el que ejerciere actos propios de una profesión......, sin poseer titulo...... y luego dice: el que se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren.
La ley de Educación Superior N* 24521, Art.. 36, nos dice: los docentes de todas las categorías deberán poseer titulo universitario de igual o superior nivel a aquel en el cual ejercen la docencia.........,o sea que si ejercen como Profesor Universitario, tal como taxativamente lo marca la ley, deberán tener titulo de Profesor Universitario, además del titulo de la carrera de grado que lo habilita en la especialidad.
Las universidades otorgan el titulo de Profesor Titular, Asociado, Adjunto o Jefe de Trabajos Prácticos. Le recuerdo aunque parezca una verdad de Perogrullo, para acceder al titulo de Profesor Universitario, hay que cursar y aprobar una determinada curricula. La ley de Educación Superior, que la que norma, contiene y da marco legal a las universidades, ni aun en el párrafo referido a la autonomía universitaria, no dice en ninguna parte que estas puedan nombrar a cualquier profesional con titulo insuficiente como Profesor Universitario.
Desde el punto de vista del Derecho, supongamos que alguien que ejerce la profesión de Abogado, pero no sabe que es el Código Civil, ni quien fue Vélez Sarsfield, con toda seguridad ningún letrado aceptaría esta situación,sin embargo la mayoría de los Profesores Universitarios ( de hecho ), no saben quien fue Amos Comenius, ni que decir de su " Didáctica Magna ", o incluso mas en nuestros días, el colega Abogado y Pedagogo Paulo Freire, quizás el mas importante en la historia de la educación latinoamericana, con su celebre texto " La Pedagogía del Oprimido ".
El Profesor Universitario, tiene la obligación de conocer, perfecta y profundamente, las corrientes didácticas imperantes, para que de acuerdo con su leal saber y entender, y luego de todos los análisis pertinentes, se enrolaren en la corriente conductista, humanista, constructivista o mixta, o incluso alguna elaboración personal basada en conocimientos que los especialistas elaboraran día a día, para aquellos a los que de verdad nos importa la educación universitaria abrevemos.
Lo mismo sucede con cual es la metodología de enseñanza, que aplicaremos con el alumnado, será lineal, concéntrica o espiralada, el manejo de cualquiera de estas técnicas, debe ser algo tan habitual para el verdadero profesional, que cumple el rol de Profesor Universitario, como el hablar o escribir para cualquiera de nosotros.
Lo expuesto hasta aca, no llega a ser ni la punta del iceberg
Entonces señores de una vez `por todas a llegado el momento de ponernos los pantalones largos, y que asumamos como no puede ser de otra manera, que no se puede ejercer una profesión, ni ser un profesional de la misma sin titulo habilitarte.
Como colofón y para dejar palmariamente demostrado todo lo expuesto hasta aquí, digamos que todos los meses cobramos una limosna, a la que las universidades llaman sueldos, y las remuneraciones son en concepto de Profesor auxiliar, jtp, adjunto, asociado o titular, insisto a cualquiera de estas categorías llegaron por una varita mágica que los designo inmerecidamente contra de todas las leyes del sector incluso reitero el Código Penal, que en este caso no cumple su función preventiva como debería y todos estamos esperando el irrestricto cumplimiento de la norma
Conclusión
Seria deseable, que las autoridades competentes y dando un plazo de 24 o 36
meses, para que los actuales Profesores Universitarios de hecho, se conviertan en Profesores Universitarios de Hecho y de derecho, para orgullo propio y de toda la comunidad educativa.
Temas a debatir
Profesores Universitarios de hecho o de hecho y de Derecho
Profesores Universitarios Profesionales de la educación o amateurs de la educación universitaria
Bibliografia
Ley de Educacion Superior Nro. 24521
Codigo Penal Argentino
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Posted by PROFESOR COCCA to PROFESOR COCCA at 11/25/2006 12:19:00 PM
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