El Diputado Nacional Norberto Erro ha presentado dos nuevas iniciativas parlamentarias para extender la gratuidad de extracción de dinero y de las cuentas sueldo para los jubilados y pensionados y los trabajadores de la Administración Pública.
En mayo pasado la Ley Nº 26.590 presentada por el Dr. Erro fue aprobada por unanimidad tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores por la cual se logró garantizar la intangibilidad del salario para los empleados del ámbito privado. Las dos nuevas modificatorias promovidas por el legislador buscan extender a estos nuevos sectores el beneficio adquirido por los privados y terminar con un negocio bancario de unos 600 millones de pesos al año en detrimento de los trabajadores públicos y sector pasivo para que se pueda volcar ese dinero al consumo de las familias afectadas por el proceso inflacionario.
En su momento, la “bancarización” de los sueldos fue bien recibida tanto porque el sistema garantizaba mayor seguridad para el trabajador, como por ser una eficaz herramienta para mitigar el trabajo en negro. El Estado cobraba las cargas provisionales y los aportes patronales, en tiempo y forma y a los trabajadores se les entregaba una tarjeta de débito y una cuenta sueldo absolutamente gratuita por disposición del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Más adelante una resolución del B.C.R.A planteó la alternativa de que no se cobrara en el banco emisor de la tarjeta hasta la cuarta extracción, pero a partir de la quinta se cobraría por ese servicio y si era realizada en otra institución bancaria, se descontaría dinero por cada extracción realizada vulnerando así el derecho a la intangibilidad salarial.
La Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, en su articulo 124 establece entre las diferentes modalidades de pago de las remuneraciones al trabajador, la posibilidad de acreditarlas en cuenta abierta a nombre del mismo en entidad bancaria o institución de ahorro oficial. Este sistema de pago, elaborado para la seguridad del cobro del trabajador, de ninguna manera puede alterar el principio de intangibilidad del sueldo, principio rector del derecho de trabajo.
Sin embargo las normativas dictadas oportunamente por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y las consecuentes resoluciones del Banco Central de la República Argentina, no han logrado que se cumpla con dicho principio.
La iniciativa está referida a la aplicación por los Bancos y Redes de Cajeros Automáticos de las normativas referidas al pago de remuneraciones sobre cuentas habilitadas a tal efecto en las entidades bancarias por los empleadores alcanzados por la obligación de abonar las remuneraciones a su personal mediante acreditación en sus cuentas conforme lo dispuesto oportunamente por el Ministerio de Trabajo y Seguridad
En teoría, la bancarización del pago de salarios estipula la gratuidad y la no imposición de límites a la cantidad de extracciones, pero en la práctica se produjeron graves “errores” en la interpretación que hicieron las entidades financieras generando un importante perjuicio al salario del trabajador. Hay cerca de 7.200.000 cuentas sueldo por las que los bancos cobran no menos de 600 millones de pesos anuales. La importancia de esta ley radica en efectivizar la intangibilidad del salario y destinar esa importante suma al consumo y en consecuencia al comercio y la producción.
En mayo pasado la Ley Nº 26.590 presentada por el Dr. Erro fue aprobada por unanimidad tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores por la cual se logró garantizar la intangibilidad del salario para los empleados del ámbito privado. Las dos nuevas modificatorias promovidas por el legislador buscan extender a estos nuevos sectores el beneficio adquirido por los privados y terminar con un negocio bancario de unos 600 millones de pesos al año en detrimento de los trabajadores públicos y sector pasivo para que se pueda volcar ese dinero al consumo de las familias afectadas por el proceso inflacionario.
En su momento, la “bancarización” de los sueldos fue bien recibida tanto porque el sistema garantizaba mayor seguridad para el trabajador, como por ser una eficaz herramienta para mitigar el trabajo en negro. El Estado cobraba las cargas provisionales y los aportes patronales, en tiempo y forma y a los trabajadores se les entregaba una tarjeta de débito y una cuenta sueldo absolutamente gratuita por disposición del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Más adelante una resolución del B.C.R.A planteó la alternativa de que no se cobrara en el banco emisor de la tarjeta hasta la cuarta extracción, pero a partir de la quinta se cobraría por ese servicio y si era realizada en otra institución bancaria, se descontaría dinero por cada extracción realizada vulnerando así el derecho a la intangibilidad salarial.
La Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, en su articulo 124 establece entre las diferentes modalidades de pago de las remuneraciones al trabajador, la posibilidad de acreditarlas en cuenta abierta a nombre del mismo en entidad bancaria o institución de ahorro oficial. Este sistema de pago, elaborado para la seguridad del cobro del trabajador, de ninguna manera puede alterar el principio de intangibilidad del sueldo, principio rector del derecho de trabajo.
Sin embargo las normativas dictadas oportunamente por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y las consecuentes resoluciones del Banco Central de la República Argentina, no han logrado que se cumpla con dicho principio.
La iniciativa está referida a la aplicación por los Bancos y Redes de Cajeros Automáticos de las normativas referidas al pago de remuneraciones sobre cuentas habilitadas a tal efecto en las entidades bancarias por los empleadores alcanzados por la obligación de abonar las remuneraciones a su personal mediante acreditación en sus cuentas conforme lo dispuesto oportunamente por el Ministerio de Trabajo y Seguridad
En teoría, la bancarización del pago de salarios estipula la gratuidad y la no imposición de límites a la cantidad de extracciones, pero en la práctica se produjeron graves “errores” en la interpretación que hicieron las entidades financieras generando un importante perjuicio al salario del trabajador. Hay cerca de 7.200.000 cuentas sueldo por las que los bancos cobran no menos de 600 millones de pesos anuales. La importancia de esta ley radica en efectivizar la intangibilidad del salario y destinar esa importante suma al consumo y en consecuencia al comercio y la producción.
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