A través de un proyecto de ley, el legislador radical Juan Carlos Simón reclama la modificación del artículo 1º de la Ley de Nº 14.032 para que se incorpore al Municipio de Bolívar en la nómina de los beneficiados por la misma.
A través de un proyecto de ley, el legislador radical Juan Carlos Simón reclama la modificación del artículo 1º de la Ley de Nº 14.032 para que se incorpore al Municipio de Bolívar en la nómina de los beneficiados por la misma.
La referida Ley condona la deuda que mantienen diferentes municipios de nuestra provincia por contratos de préstamos subsidiarios. Tales convenios corresponden a los Acuerdos Complementarios Provincia de Buenos Aires – Comunidad, suscriptos entre el Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R.) y los Municipios, que se asignaron como consecuencia del Acuerdo Complementario Co.F.A.P.yS. - actual E.N.O.H.Sa. - Provincia y el reglamento operativo del Programa de Agua Potable y Saneamiento, VI Etapa, para la ejecución de obras de provisión de agua potable y desagües cloacales.
El senador radical Simón explicó que “el Municipio de Bolívar, firmó con fecha 15 de septiembre de 1993, dos convenios, de un mismo tenor, cuyo objeto fue la elaboración de Proyectos de Desagües Cloacales en las Localidades de Urdampilleta y Pirovano, que fueron subsidiados con fondos provenientes del BID. 545/OC-AR”
Por su parte, la Municipalidad de Bolívar, se comprometió a amortizar los montos de los préstamos recibidos, más sus intereses, girando los fondos a la cuenta SPAR, en ochenta cuotas trimestrales, durante un período ininterrumpido de veinte años, a partir de la entrega de los proyectos a la Municipalidad.
El legislador bolivarense argumentó que “los avatares económicos por los que atravesó nuestro país, fueron tornando imposible, para muchos municipios, dar cumplimiento a sus obligaciones, fruto de los desequilibrios presupuestarios sufridos por las comunas”.
En este sentido, Simón consideró oportuno “incorporar al Distrito de Bolívar a la nómina de municipios cuyas deudas se condonaron, tratándose de una situación análoga y que reconoce el mismo origen, en lo que respecta al endeudamiento propiamente dicho.
A través de un proyecto de ley, el legislador radical Juan Carlos Simón reclama la modificación del artículo 1º de la Ley de Nº 14.032 para que se incorpore al Municipio de Bolívar en la nómina de los beneficiados por la misma.
La referida Ley condona la deuda que mantienen diferentes municipios de nuestra provincia por contratos de préstamos subsidiarios. Tales convenios corresponden a los Acuerdos Complementarios Provincia de Buenos Aires – Comunidad, suscriptos entre el Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R.) y los Municipios, que se asignaron como consecuencia del Acuerdo Complementario Co.F.A.P.yS. - actual E.N.O.H.Sa. - Provincia y el reglamento operativo del Programa de Agua Potable y Saneamiento, VI Etapa, para la ejecución de obras de provisión de agua potable y desagües cloacales.
El senador radical Simón explicó que “el Municipio de Bolívar, firmó con fecha 15 de septiembre de 1993, dos convenios, de un mismo tenor, cuyo objeto fue la elaboración de Proyectos de Desagües Cloacales en las Localidades de Urdampilleta y Pirovano, que fueron subsidiados con fondos provenientes del BID. 545/OC-AR”
Por su parte, la Municipalidad de Bolívar, se comprometió a amortizar los montos de los préstamos recibidos, más sus intereses, girando los fondos a la cuenta SPAR, en ochenta cuotas trimestrales, durante un período ininterrumpido de veinte años, a partir de la entrega de los proyectos a la Municipalidad.
El legislador bolivarense argumentó que “los avatares económicos por los que atravesó nuestro país, fueron tornando imposible, para muchos municipios, dar cumplimiento a sus obligaciones, fruto de los desequilibrios presupuestarios sufridos por las comunas”.
En este sentido, Simón consideró oportuno “incorporar al Distrito de Bolívar a la nómina de municipios cuyas deudas se condonaron, tratándose de una situación análoga y que reconoce el mismo origen, en lo que respecta al endeudamiento propiamente dicho.
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