LA PLATA, Octubre 13, (PUNTO CERO) La Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, informa a los agentes que se encuentran tramitando su jubilación y que han percibido ya las 12 cuotas de anticipo, o se encuentran percibiéndola, que se ha extendido el plazo hasta la finalización del trámite.
El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Felipe Solá, promulgó la Ley aprobada por la Legislatura bonaerense de modificación del artículo 1º de la Ley 12.950 que establecía para el personal que preste servicios en cualquiera de los poderes de la administración provincial y se jubile por el Instituto de Previsión Social (IPS), el período de 12 meses para el cobro del anticipo jubilatorio equivalente al 60 % de su remuneración que percibía hasta el momento de iniciar los trámites.
Consultada la titular de la cartera educativa, Adriana Puiggrós, expresó su mayor conformidad sobre la modificación al artículo primero de la Ley: “Esta medida constituye un aporte más para resolver algunas dificultades. La promulgación efectuada por el gobernador Solá ayuda a que muchos agentes, mientras hacen su trámite jubilatorio, puedan percibir un ingreso que les significa una tranquilidad; sobre todo para quienes ya cobraron los 12 meses y ahora podrán percibir el beneficio hasta la culminación del trámite.
La modificación aprobada por la Cámara de Senadores y Diputados provincial introduce un cambio sustancial en su artículo 1º que quedó redactado de la siguiente manera:
El personal afiliado al Instituto de Previsión Social que, comprendido en el artículo 2º del decreto Ley 9650/1980 (texto ordenado) y no excluido por el artículo 3 del mismo y/o normas que lo suplanten, cese en su condición de activo, o hubiere cesado con anterioridad a la sanción de la presente, cumplimentando los recaudos necesarios para la obtención del beneficio jubilatorio, tendrá derecho a seguir percibiendo el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional. Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo, y serán deducidas al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes”.
A partir de esta modificación el personal docente de la provincia de Buenos Aires que está tramitando su jubilación en la órbita de la Dirección General de Cultura y Educación, y que perciben el anticipo jubilatorio (12 cuotas), seguirán cobrándolo hasta tanto reciban su jubilación por el IPS.
Finalmente, Puiggrós agregó: “También estoy contenta porque hoy estuve en el edificio nuevo del área de la Dirección de Jubilaciones y podemos decir que el 17 de octubre se estarán abriendo las puertas para la atención al público, en la sede que funcionará en 57 Nro. 835, entre 11 y 12 de la ciudad de La Plata”.
La Directora General de Cultura y Educación, quien manifestó su preocupación para que se acelere la normalización de los trámites, también recordó que se encuentra a disposición la línea telefónica 0800-333 jubi, para que el personal pueda realizar todo tipo de consultas. (PUNTO CERO).
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