jueves, agosto 20, 2015

Promulgan Ley que iguala en derechos a pacientes con epilepsia

El gobernador bonaerense Daniel Scioli promulgó la Ley de Epilepsia, a través de su publicación en el Boletín Oficial. La iniciativa impulsada por el Senador Luciano Martini (FpV) equipara en derechos a los ciudadanos bonaerenses que sufren de ataques epilépticos. Crearán el Registro Único de pacientes epilépticos.

A través de su publicación en el Boletín Oficial (Decreto N°474) la Ley 14.719 establece la creación de un registro único de pacientes con esta enfermedad y se reglamenta la asistencia médica para que sea integral y gratuita para todos los ciudadanos bonaerenses.
En ese marco, define la adecuación de la Provincia de Buenos Aires a la ley nacional 25.404, a fin de garantizar a toda persona que padece epilepsia el pleno ejercicio de sus derechos, proscribiendo todo acto de discriminación ya sea en el ámbito educativo como laboral.
“Es una enorme alegría poder contribuir con esta Ley, que permitirá a los ciudadanos que sufren epilepsia, mejorar su calidad de vida”, dijo el senador Luciano Martini, quien agradeció al Gobernador Daniel Scioli “por su compromiso social y con la salud de los bonaerenses”.
A su vez, valoró el apoyo del Senador Marcelo Carignani para su sanción, y el acompañamiento que hicieron los integrantes del Grupo de Epilepsia de la Sociedad Neurológica Argentina, la Liga Argentina de Lucha contra la epilepsia (LACE); las autoridades del Servicio de Neurología del Hospital de Niños "Sor María Ludovica" de La Plata; y del Centro de Epilepsia del Hospital Ramos Mejía.
La ley determina que “el paciente con diagnóstico de epilepsia tiene derecho a recibir asistencia médica integral y oportuna. Garantizando la detección temprana de la enfermedad, el acceso a todos los procedimientos diagnósticos necesarios, en conformidad con el avance de la ciencia y al tratamiento”.
Para ello dispone de la accesibilidad a los medicamentos (FAE) y a la cirugía de la epilepsia en aquellos casos que así se lo requiera, como a una adecuada rehabilitación y seguimiento del paciente y su familia.
Se establece que “las prestaciones médico-asistenciales a que hace referencia la ley deberán ser garantizadas por el sistema público de salud y por todas las obras sociales de la provincia de Buenos Aires y las empresas de medicina prepaga”.
En el marco de esta ampliación de derechos, la ley dispone que “en toda controversia judicial o extrajudicial en la cual el carácter de epiléptico fuere invocado para negar, modificar y extinguir derechos subjetivos de cualquier naturaleza, será imprescindible el dictamen de profesionales de la salud, lo cual no podrá ser suplido por otras medidas probatorias”.
Al respecto, el legislador del FpV Luciano Martini, remarcó que “no sólo apuntamos a una cobertura asistencial, sino que la ley busca garantizan el acceso no discriminatorio al nivel laboral y educacional”.
En relación al grado de cobertura que reciben hoy los epilépticos por el sistema de salud público, remarcó que “el Ministerio de Salud provincial atiende esta problemática a quienes carecen de cobertura social y recursos para acceder a los medicamentos, mediante el programa de Epilepsia PROEPI, pero como todo programa, depende de las gestiones de gobierno, en tanto que con esta legislación la atención de la epilepsia ya no quedará sumida a una gestión, sino que quedará incorporada como garantía para los ciudadanos bonaerenses que padezcan esta enfermedad”.

REGISTRO ÚNICO DE PACIENTES
De manera innovadora, el proyecto de ley establece la creación en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires el “Registro Único de pacientes epilépticos”, el cual tendrá como fin “establecer aquellos datos epidemiológicos relevantes que promuevan y permitan la investigación científica de la enfermedad, con objeto de mejorar la prevención, especificar el diagnóstico y correlativo tratamiento a nivel regional”, se explicó.
Martini valoró que “esta es una ley que aborda las diversas clases de epilepsia, para ello trabajamos con representantes Sociedad Argentina de Neurología y de la  Liga Argentina de lucha contra la Epilepsia (LACE), con quienes estuvimos abordando el tema para atender cada una de las demandas referidas a esta enfermedad crónica”.
Dentro de los puntos destacados, se define la elaboración de guías o protocolos de atención clínica, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad, que regule y normativice el abordaje médico con el objetivo de optimizar la asistencia y los recursos de salud.
También busca fortalecer la atención primaria, “enfatizando la prevención, el diagnóstico y el tratamiento”, a través de la capacitación de los profesionales que actúan en esos niveles.
Así mismo, exige “asegurar la disponibilidad de equipamiento moderno, facilidades de capacitación de personal, acceso a toda la gama de medicamentos antiepilépticos, a la cirugía y a otras formas de tratamiento eficaz” a los pacientes.

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