La justicia en lo Contencioso Administrativo de La Plata resolvió embargar el sueldo del titular del Instituto de Previsión Social (IPS) y de otros siete funcionarios de esa dependencia, por no haber cumplido con la actualización del haber de una jubilada que resultó beneficiada por una resolución judicial donde se le reconocía como parte de su ingreso una bonificación recibida desde 2001 y hasta 2003.
La sentencia favoreció a María Esther Bureu, a quien en el 2008 se le reconoció "su derecho a la incorporación de la bonificación denominada fondo de subastas, para el cálculo de su prestación provisional", fallo en el que se condenó al IPS "al pago de los haberes previsionales devengados por ese concepto, desde el día 1-1-2001 hasta el día 31-12-2003".
Como el organismo previsional estatal incumplió la regularización, el juez Luis Federico Arias dispuso el embargo de los sueldos "del presidente del Directorio del Instituto de Previsión Social de la Provincia, Alberto Javier Mazza, solidariamente con los demás directores de la citada entidad: Sergio Eduardo Saragoza, Carlos Alberto Albaqui, Oscar Raimundo Fueyo, Andrés Felipe Richards, Isabel Elena Folegotto, Carlos Alberto Rodríguez y Juan Héctor Nieves".
El magistrado estableció que "la retención de toda retribución que perciban los referidos funcionarios, será hasta cubrir la suma de 1.500 pesos diarios, desde la notificación de la presente y hasta el cese de la renuencia administrativa"; importe que "será depositado diariamente en una cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden del suscripto y en beneficio del actor".
Además del embargo, Arias anunció que se realizará un "reproche en sede penal por el "delito de desobediencia a la autoridad", por lo que "se habrá de remitir copia de las piezas procesales pertinentes a la Unidad Fiscal de Instrucción en turno, para que practique la investigación penal preparatoria por la presunta comisión del delito de desobediencia".
Arias justificó la medida afirmando que "el incumplimiento de las órdenes del Poder Judicial, implica un acto de suma gravedad institucional, y la negación misma del Estado de Derecho, que exige el pleno sometimiento de la Administración al ordenamiento jurídico, a la vez que socava la legitimidad del poder administrador para exigir el cumplimiento de las leyes a los ciudadanos".
La sentencia favoreció a María Esther Bureu, a quien en el 2008 se le reconoció "su derecho a la incorporación de la bonificación denominada fondo de subastas, para el cálculo de su prestación provisional", fallo en el que se condenó al IPS "al pago de los haberes previsionales devengados por ese concepto, desde el día 1-1-2001 hasta el día 31-12-2003".
Como el organismo previsional estatal incumplió la regularización, el juez Luis Federico Arias dispuso el embargo de los sueldos "del presidente del Directorio del Instituto de Previsión Social de la Provincia, Alberto Javier Mazza, solidariamente con los demás directores de la citada entidad: Sergio Eduardo Saragoza, Carlos Alberto Albaqui, Oscar Raimundo Fueyo, Andrés Felipe Richards, Isabel Elena Folegotto, Carlos Alberto Rodríguez y Juan Héctor Nieves".
El magistrado estableció que "la retención de toda retribución que perciban los referidos funcionarios, será hasta cubrir la suma de 1.500 pesos diarios, desde la notificación de la presente y hasta el cese de la renuencia administrativa"; importe que "será depositado diariamente en una cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden del suscripto y en beneficio del actor".
Además del embargo, Arias anunció que se realizará un "reproche en sede penal por el "delito de desobediencia a la autoridad", por lo que "se habrá de remitir copia de las piezas procesales pertinentes a la Unidad Fiscal de Instrucción en turno, para que practique la investigación penal preparatoria por la presunta comisión del delito de desobediencia".
Arias justificó la medida afirmando que "el incumplimiento de las órdenes del Poder Judicial, implica un acto de suma gravedad institucional, y la negación misma del Estado de Derecho, que exige el pleno sometimiento de la Administración al ordenamiento jurídico, a la vez que socava la legitimidad del poder administrador para exigir el cumplimiento de las leyes a los ciudadanos".
1 comentario:
ME IMAGINO EL DAÑO QUE LE CAUSA A ESTE SEÑOR EL FALLO. TENDRÁ AHORA TANTO MIEDO QUE POR PRECAUCION SEGURO VA AUMENTAR A TODOS. JAJAJA
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