La Cámara de Diputados bonaerense aprobó un proyecto que posibilitará embargar los bienes de quien causare daños en accidente de tránsito y no tenga seguro contra terceros.
La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires presidida por Horacio González sancionó en sesión matutina una modificación del Código Procesal Civil y Comercial. De esta manera se podrá embargar los bienes de quien causare daños en accidente de tránsito y no tenga cobertura de seguro contra terceros.
El proyecto de modificación del artículo 210 del Decreto-Ley nº 7.425/68 y sus modificatorias (Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires), propone la inclusión expresa de un nuevo caso de embargo preventivo, con el fin de garantizar los derechos que se establecen mediante sentencia.
La iniciativa tiene como antecedente otra similar que tramitara mediante expediente E-97/07-08 de autoría de la senadora bonaerense del PJ Mónica Litza, y establece el otorgamiento de embargo preventivo a favor de quien hubiere de instaurar una demanda de daños y perjuicios causados por accidentes de trabajo, en el supuesto de que el vehículo del demandado careciere de la obligatoria cobertura de seguro contra terceros.
El fundamento jurídico de esta inclusión se halla en la violación de la obligatoriedad de asegurar los vehículos por daños potenciales a terceros, que coloca en situación de inseguridad jurídica al acreedor, que ve mermada la posibilidad de reparación.
El proyecto fue reproducido por el actual vicepresidente en ejercicio de la presidencia del Senado de la provincia de Buenos Aires, el senador del FpV/PJ Federico Scarabino y durante la sesión recibió el apoyo unánime de todos los presentes en Diputados.
La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires presidida por Horacio González sancionó en sesión matutina una modificación del Código Procesal Civil y Comercial. De esta manera se podrá embargar los bienes de quien causare daños en accidente de tránsito y no tenga cobertura de seguro contra terceros.
El proyecto de modificación del artículo 210 del Decreto-Ley nº 7.425/68 y sus modificatorias (Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires), propone la inclusión expresa de un nuevo caso de embargo preventivo, con el fin de garantizar los derechos que se establecen mediante sentencia.
La iniciativa tiene como antecedente otra similar que tramitara mediante expediente E-97/07-08 de autoría de la senadora bonaerense del PJ Mónica Litza, y establece el otorgamiento de embargo preventivo a favor de quien hubiere de instaurar una demanda de daños y perjuicios causados por accidentes de trabajo, en el supuesto de que el vehículo del demandado careciere de la obligatoria cobertura de seguro contra terceros.
El fundamento jurídico de esta inclusión se halla en la violación de la obligatoriedad de asegurar los vehículos por daños potenciales a terceros, que coloca en situación de inseguridad jurídica al acreedor, que ve mermada la posibilidad de reparación.
El proyecto fue reproducido por el actual vicepresidente en ejercicio de la presidencia del Senado de la provincia de Buenos Aires, el senador del FpV/PJ Federico Scarabino y durante la sesión recibió el apoyo unánime de todos los presentes en Diputados.
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