lunes, julio 03, 2006

ZARATE: PLAN PILOTO PARA LA PROFUNDIZACIÓN DEL SISTEMA ACUSATORIO

ZARATE, Julio 03, (PUNTO CERO) El Ministro de Justicia, Dr. Eduardo Di Rocco junto al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la provincia, Dr. Francisco Roncoroni y la Procuradora General de la Suprema Corte, Dra. María del Carmen Falbo, lanzaron en el departamento judicial Zárate-Campana el Plan Piloto para la profundización del sistema acusatorio en la Provincia de Buenos Aires.
Durante el lanzamiento, se hizo referencia a la experiencia piloto que, desde julio de 2005, se desarrolla en Mar del Plata, a partir de un convenio entre el Ministerio de Justicia bonaerense, la Corte Suprema, la Procuración General y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA). En ese departamento judicial se implementaron audiencias orales y públicas para los delitos flagrantes, es decir en aquellos casos de robo u homicidio, en los que la policía detiene a los responsables en el momento del hecho.
En una primera etapa se introdujo una nueva manera de resolver los casos de flagrancia. Buscó resolver este tipo de conflictos a través de la oralidad permitiendo una mayor rapidez en el desarrollo del proceso. Es decir, si una persona es sorprendida en la comisión de un delito la fecha máxima para su juzgamiento es de noventa días.
En ese sentido, el ministro de Justicia bonaerense, Dr. Eduardo Di Rocco, destacó el apoyo absoluto del Poder Ejecutivo a las reformas integrales que está llevando a cabo el Poder Judicial y señaló que "es cierto que hace falta más presupuesto, más órganos y seguramente más infraestructura pero el costo de la experiencia de Mar del Plata ha sido casi cero y se desarrolla con éxito gracias al compromiso de los operadores y hoy ya ha dejado de ser una experiencia piloto”, al tiempo que agregó: "acá estamos todos trabajando, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial y es tiempo de que esto lo tengamos en claro".
Por su parte, la Procuradora General, María del Carmen Falbo, subrayó el compromiso, la vocación y el empeño del Poder Ejecutivo para la implementación de este Plan que busca profundizar el sistema acusatorio; mejorar la capacidad de respuesta del sistema penal a los conflictos de los ciudadanos; optimizar el modelo de gestión de los recursos materiales y humanos; agilizar las causas penales y acortar los plazos judiciales.

Cómo funciona el procedimiento en este tipo de jucio abreviado
En un plazo máximo de 5 días de la detención de la persona se realiza la primera audiencia en la que el juez puede resolver la excarcelación, sobreseimiento, decidir la prisión preventiva, o las partes acordar suspensión del juicio a prueba y juicio abreviado.
De no haber acuerdo entre las partes, o de no haber dictado sobreseimiento, el Juez resuelve si mantiene detenida a la persona y convoca a una segunda audiencia de finalización del proceso en flagrancia dentro de los 20 días siguientes. En esta segunda audiencia las partes tienen nuevamente la posibilidad de llegar a un acuerdo. De no ocurrir esto la causa se eleva a juicio, el que deberá realizarse dentro de los 60 días. De esta manera, un juicio abreviado que tardaba 620 días hoy es resuelto en audiencia oral y pública a los 21 días del hecho y aquel imputado de un delito en flagrancia que no desee abreviar, tiene su juicio garantizado en no menos de 60 días. (PUNTO CERO).

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