LUJAN, Diciembre 27, (PUNTO CERO-El Civismo) En un pormenorizado informe dirigido al Tribunal de Cuentas de la Provincia, desde el Concejo se plantean serios "errores" en el trámite que derivó en la apertura de un autoservicio en Tropero Moreira.
Funcionarios que se contradicen; falta de documentación básica y "mediciones a ojo" son algunas de las "observaciones".
Con el envío al Tribunal Provincial se busca evitar el mangoneo local "y así conseguir mayor veracidad".
Después de darle forma a un minucioso informe sobre irregularidades y/o situaciones sospechosas que aparecen en el expediente de habilitación del supermercado ubicado en Tropero Moreira 924, de Pueblo Nuevo, los concejales del bloque "Lealtad" del Partido Justicialista presentaron un proyecto de resolución que evade las instancias locales y directamente informa sobre lo ocurrido al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
Las irregularidades en el trámite son, en algunos casos, tan grotescas, que los ediles optaron por saltear la administración municipal en busca de "una mayor veracidad en la información y poder resolver en consecuencia". De hecho, la investigación se basa en la apertura concreta y comprobable de un autoservicio a pesar de que, por ordenanza, estaban suspendidas hasta el 31 de diciembre próximo "todo tipo de tramitaciones tendientes a habilitar locales comerciales de tipo supermercados minoristas".
La resolución, que encontró buena recepción en la oposición, en primer término le pide al Tribunal de Cuentas una auditoria sobre la documentación del expediente "a los efectos de determinar si se actuó de acuerdo a las normas vigentes".
Además de pedirle a los funcionarios provinciales que para la evaluación tengan en cuenta todas las actuaciones originadas en el Concejo Deliberante y el desarrollo del tema en las distintas sesiones, los concejales quieren que una vez concluida la auditoria "se informe a este cuerpo sobre los resultados de la misma, como así también su opinión sobre los pasos a seguir en caso de comprobarse irregularidades".
La lista de observaciones realizadas por los ediles Humberto Guibaud, Susana Haurié y Pablo Tonini comienza con la tardanza de "5 meses" del Departamento Ejecutivo en enviar las fotocopias del expediente al Concejo. "El 16 de agosto de 2006 el señor Huang Liang Wen solicitó copias del mismo expediente, las que le fueron entregadas en el mismo día, tal como consta en fojas 111", subrayaron.
Se menciona que en uno de los formularios para iniciar la habilitación se declaran las siguientes superficies: terreno de 679,47 metros; superficie cubierta de 480,88. Se determina en el mismo que cumple con el Plan Regulador, "pero en observaciones se indica la obligación de cumplimentar los requerimientos de la ordenanza 4959/05 con la firma del jefe de Departamento Catastro".
Los interesados en la apertura del supermercado "solicitaron plazo para presentar planos de desagüe firmado por uno de los propietarios: señora Blanca Brayotta. En el contrato de alquiler el locador es la señora Blanca Brayotta. La declaratoria de herederos establece dos propietarios: el señor Carlos Eduardo Escuarchi y Blanca Azucena Brayotta. A fojas 36 se agrega una supuesta cesión de derechos de dudosa validez legal".
"Se agregó al expediente un Contrato Mutuo por un préstamo de 30.000 pesos del 2 de enero de 2006, con vencimiento final el 31 de julio del mismo año. El mismo carece de sellado fiscal. Se comprueba el incumplimiento con lo requerido por el artículo 19 de la ordenanza 4959", dice otro de los párrafos del trabajo dirigido al Tribunal de Cuentas.
Otra observación se refiere a la residencia del comerciante. "Se presentó un certificado donde se le concede residencia temporaria hasta el 12 de diciembre de 2007. La ordenanza establece la obligación de presentar un certificado de radicación equivalente a la categoría de Residencia Permanente".
Según el trabajo de los concejales "el inspector fiscalizador Sergio González constata el desarrollo de actividad Comercial Autoservicio ubicado en la calle Estrada 850 a una distancia aproximada de 300 metros". Finalizado su dictamen ese funcionario expresa "que no considera viable la continuidad del expediente". Asimismo "se conoce la existencia de varios negocios habilitados como autoservicios o que funcionan con esa modalidad".
Con fecha 7 de abril (del corriente año) la propietaria del local firma una nota donde manifiesta haber realizado un cerramiento con durlock "a efectos de quedar encuadrado en las normas vigentes". Para los ediles "esto evidencia que el local superaba los 200 metros cuadrados. Y que este tipo de divisiones se colocan para que una vez burladas las normas, sean retiradas. Se pide informe sobre si se han pagado derechos de construcción. Nada se contesta respecto de esto último".
El inspector Enrique Costa también aparece en la investigación. Se menciona su manifestación acerca de que el local "se encuentra a más de 400 metros de protección. El salón de ventas -dice Costa- es de 199 metros y la distancia es de 400 metros".
"En el mismo informe dice dos distancias diferentes: más de 400 metros en el primer párrafo y 400 metros en el segundo. Asimismo se habla de una medida del local de 199 metros lineales, que supuestamente serían 199 metros cuadrados", expresa el informe.
Además, tal como se indica en el punto 7 del listado de la resolución, "el inspector fiscalizador Sergio González menciona una distancia de 400 metros. Al trasmitirle al secretario de Economía esta irregularidad en una reunión con vecinos, se excusó diciendo que las medidas se toman 'a ojo'".
MÁS OBSERVACIONES
El 22 de junio de 2006 el señor Ignacio Martín Tirelli afirma en el expediente que "se ha dado cumplimiento a todas las mejoras solicitadas" y con fecha 13 de julio el mismo funcionario expresa que "no reúne las condiciones para acceder a la habilitación definitiva".
A fojas 119/120 del expediente se dicta resolución 1337 de la Secretaría de Economía por la cual se suspende el trámite de habilitación y se informa al señor Huang Liang Wen que debe abstenerse de efectuar actividad comercial en el lugar. Se hace especial mención a que se incurriría en incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Sin embargo, con fecha 24 de octubre de 2006 se deroga tal resolución y se resuelve habilitar el local. "En los fundamentos del doctor Capandegui no se tiene en cuenta esa grave falta mencionada y mucho menos los incumplimientos de la ordenanza que regula la actividad", afirman los ediles justicialistas.
El 30 de noviembre de 2006, después de habilitar el polémico local, los inspectores Enrique Costa y Karina Costa sugieren "independizar los locales ajenos al supermercado, en todo caso concesionados y por otra parte en cuanto a la categorización y/o cómputo de los metros cuadrados de superficie deben ser tomados como la misma unidad económica". En la misma fecha se ordena establecer las distancias con otros supermercados, cuarenta días después de haber resuelto la habilitación.
La resolución indica que "es importante observar el domicilio real declarado por el titular del negocio, ya que el mismo corresponde al de un supermercado del barrio San Cayetano. El domicilio declarado es Alsina 2027 de la ciudad de Luján. El mismo corresponde al comercio del mismo rubro a nombre de Xiu Xiujun". "Cabe esta aclaración -agregan- ya que la ordenanza 4959 en su artículo 9 fija que los establecimientos comerciales no pueden ser utilizados como dormitorios o vivienda o tener comunicación directa con lugar habitable. Además, si se comprobara que tuvieran relación económica un comercio con el otro, las superficies de los locales deben acumularse".
"De la lectura de las fotocopias enviadas no surge que se haya dado cumplimiento a la exigencia de presentación de planos de obra aprobados. Tampoco surge existencia de los planos de desagüe por el cual se solicitó plazo para su presentación y no consta la presentación de planos electromecánicos aprobados por profesional habilitado", continúan enumerando en el informe.
Además, se explica que "no se puede establecer la superficie real del local de ventas y no consta que se haya reemplazado la división en durlock manifestado a fojas 62, como tampoco figura que se hayan abonado los derechos de construcción".
Por otra parte, se concluye que "la distancia con locales de la misma modalidad es mucho menor a la declarada, como se demostró en la falta de uniformidad en los informes del Departamento Ejecutivo".
Tampoco se entiende por qué se siguieron los trámites si existía una suspensión. En tal sentido, se dice que "a pesar de lo expuesto, el Ejecutivo prosiguió con las tramitaciones y, por el contrario, en cada intervención del doctor Capandegui (secretario Legal y Técnico) se infiere la búsqueda de todas las formas posibles de desviar el cumplimiento de las normas vigentes a favor del comerciante, que pretende habilitar sin aceptar los requisitos establecidos".
Para los concejales del justicialismo, "de lo expuesto surge que la habilitación del comercio en cuestión ha sido otorgada en forma irregular y sin cumplir con los requisitos exigidos por ordenanza, como tampoco la suspensión dispuesta por la ordenanza 5049".
"Ante la evidente intención de ocultar y de demorar todo lo posible la información al Concejo, resulta necesario recurrir al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires para poder contar con una mayor veracidad en la información y poder resolver en consecuencia", finalizan en la resolución.
Sin respuesta oficial
Cuando desde este medio se informó acerca de las irregularidades, desde el gobierno se preguntó a uno de nuestros periodistas "por qué no se consultó sobre la posición oficial en relación con este tema".
Ante esa sugerencia, se pidió a través de la Dirección de Prensa que se enviara un informe con la "versión oficial" de los hechos o, en todo caso, que se facilitara el contacto con algún funcionario que quisiera aclarar una serie de puntos oscuros.
Ese intercambio verbal ocurrió hace 15 días. Todavía esperamos el informe oficial sobre la habilitación del supermercado en Pueblo Nuevo.
Modifican condiciones de habilitación
Cambian la ordenanza
En consonancia con el duro informe dirigido al Tribunal de Cuentas, los concejales de la oposición proponen modificar la ordenanza que regula la habilitación y funcionamiento de los comercios denominados autoservicios.
"Es de suma urgencia lograr una norma clara que no deje lugar para las suposiciones ni malos entendidos. Debemos unificar conceptos para obtener el mejor resultado", dicen los ediles entre sus argumentos.
"Ante la saturación del mercado en un mismo rubro, las normativas vigentes deben favorecer al comerciante ya establecido, como así también no impedir la radicación de nuevos comercios", expresan los concejales que integran las comisiones de Producción y Turismo y Legislación, Interpretación y Reglamento.
Uno de los cambios más relevantes se refiere al radio de protección -elemento clave en las irregularidades denunciadas en Pueblo Nuevo- que en el casco céntrico pasará a ser de 150 metros de distancia, siempre en relación directa con la superficie del comercio. En las localidades, el radio parte de los 200 metros. También se limitarán las habilitaciones y transferencias de establecimientos comerciales que superen los 80 metros cuadrados de superficie destinada a exposición y venta. (PUNTO CERO-El Civismo).
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