Dictan una medida cautelar pedida por el Frente Popular por la no habilitación de 57 listas municipales
La Justicia bonaerense hizo lugar a un planteo elevado por el Frente Popular, que lleva como candidato a presidente a Eduardo Duhalde, por la no autorización de 57 de las listas que el sector inscribió en la Provincia para los cargos municipales, y por la falta de respuesta de la Junta Electoral provincial a la apelación presentada ante esas inhabilitaciones. Y en ese marco se dictó una medida cautelar que frenaría las elecciones internas y obligaría a redefinir el cronograma de esos comicios.
La medida cautelar fue dictada por el juez de Garantías de La Plata en turno, César Melazo, en quien recayó el recurso de amparo del duhaldismo, según pudo saber EL DIA en fuentes calificadas. Y aunque no se conocieron otras precisiones sobre la resolución del magistrado, la decisión modificaría los plazos vigentes para la realización de las primarias, ya que en la presentación del Frente Popular se requirió expresamente que, "como medida cautelar, se ordene la suspensión del cronograma electoral de la provincia de Buenos Aires".
En el recurso del duhaldismo, se pidió también que, "subsidiariamente, se dicte una medida de no innovar, para que, hasta que se dicte resolución definitiva, se mantenga la aceptación de las 57 listas internas aprobadas por la Junta Electoral partidaria" que luego no fueron habilitadas por la Junta Electoral de la Provincia.
Los trascendidos indican que el juez Melazo también dictó una medida de no innovar en los términos solicitados.
Como este diario informó ayer, el Frente Popular radicó un recurso de amparo en el que señaló que "ante la falta de oficialización de un gran número de listas internas que se presentaron (57)", el apoderado del sector fue a las dependencias de la Junta Electoral bonaerense, "donde funciona la Dirección de Informática Electoral, tal como se le indicara en la Junta, para demostrar que las presuntas observaciones (a las nóminas) eran errores materiales, al no haberse cargado el material oportunamente entregado" a esa dependencia.
Concretamente, el sector planteó que acreditó que las listas que luego no habilitó la Junta provincial habían sido presentadas y recepcionadas en ese organismo en tiempo y forma, y no habían sido "tomadas" por el sistema informático del ente electoral. Y subrayó que no se le quiso recibir ese material en la Dirección de Informática bajo el argumento de que "no tiene mesa de entradas". Y puntualizó que no ha tenido "respuesta" de la Junta Electoral ante esa virtual apelación en pos de que se habiliten esas 57 listas de candidatos a intendente y concejales, indicando que por ello ha recurrido a la Justicia, dados "los plazos fatales e improrrogables a los que estamos sometidos".
Vale señalar que, como medida de fondo -sobre el que aún no falló el juez Melazo-, el Frente Popular pidió que "se ordene la oficialización de las 57 listas aprobadas internamente" en ese armado electoral.
La Justicia bonaerense hizo lugar a un planteo elevado por el Frente Popular, que lleva como candidato a presidente a Eduardo Duhalde, por la no autorización de 57 de las listas que el sector inscribió en la Provincia para los cargos municipales, y por la falta de respuesta de la Junta Electoral provincial a la apelación presentada ante esas inhabilitaciones. Y en ese marco se dictó una medida cautelar que frenaría las elecciones internas y obligaría a redefinir el cronograma de esos comicios.
La medida cautelar fue dictada por el juez de Garantías de La Plata en turno, César Melazo, en quien recayó el recurso de amparo del duhaldismo, según pudo saber EL DIA en fuentes calificadas. Y aunque no se conocieron otras precisiones sobre la resolución del magistrado, la decisión modificaría los plazos vigentes para la realización de las primarias, ya que en la presentación del Frente Popular se requirió expresamente que, "como medida cautelar, se ordene la suspensión del cronograma electoral de la provincia de Buenos Aires".
En el recurso del duhaldismo, se pidió también que, "subsidiariamente, se dicte una medida de no innovar, para que, hasta que se dicte resolución definitiva, se mantenga la aceptación de las 57 listas internas aprobadas por la Junta Electoral partidaria" que luego no fueron habilitadas por la Junta Electoral de la Provincia.
Los trascendidos indican que el juez Melazo también dictó una medida de no innovar en los términos solicitados.
Como este diario informó ayer, el Frente Popular radicó un recurso de amparo en el que señaló que "ante la falta de oficialización de un gran número de listas internas que se presentaron (57)", el apoderado del sector fue a las dependencias de la Junta Electoral bonaerense, "donde funciona la Dirección de Informática Electoral, tal como se le indicara en la Junta, para demostrar que las presuntas observaciones (a las nóminas) eran errores materiales, al no haberse cargado el material oportunamente entregado" a esa dependencia.
Concretamente, el sector planteó que acreditó que las listas que luego no habilitó la Junta provincial habían sido presentadas y recepcionadas en ese organismo en tiempo y forma, y no habían sido "tomadas" por el sistema informático del ente electoral. Y subrayó que no se le quiso recibir ese material en la Dirección de Informática bajo el argumento de que "no tiene mesa de entradas". Y puntualizó que no ha tenido "respuesta" de la Junta Electoral ante esa virtual apelación en pos de que se habiliten esas 57 listas de candidatos a intendente y concejales, indicando que por ello ha recurrido a la Justicia, dados "los plazos fatales e improrrogables a los que estamos sometidos".
Vale señalar que, como medida de fondo -sobre el que aún no falló el juez Melazo-, el Frente Popular pidió que "se ordene la oficialización de las 57 listas aprobadas internamente" en ese armado electoral.
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