El Juzgado Federal de la Ciudad de Campana, a cargo del Dr. Federico Faggionatto Márquez, resolvió hacer lugar a la medida cautelar planteada por la Defensora del Pueblo del Partido de Escobar, ordenando a Gas Natural BAN S.A. que se abstenga de interrumpir, suspender, y/o cortar el suministro de Gas Natural motivado por la falta de pago de las facturas que incluyan el incremento del cargo tarifario para los habitantes del Partido de Escobar.
El amparo judicial, presentado por la Defensora del Pueblo del Partido de Escobar, solicitaba que se declare inconstitucional la normativa que autorizaba la aplicación de cargos tarifarios en la facturación de la provisión del servicio de Gas Natural, por considerarlo arbitrario, exorbitante e ilegítimo.
Luego, con fecha 16 de Julio de 2009, el Juez amplió el mencionado fallo sosteniendo que: a) Deberá sustraerse para su cobro la cantidad de dinero consignada al decreto 2067/2008; b) Deberá sustraerse asimismo la retroactividad en relación al mismo decreto y c) En lo sucesivo Gas Natural Ban S.A. deberá abstenerse de incluir en las facturaciones el incremento previsto por dicho decreto hasta tanto recaiga la sentencia definitiva.
En función de esto, ante cualquier duda respecto del monto a abonar por el servicio de Gas Natural se recomienda a los vecinos del distrito que, antes de efectuar el pago, se dirijan a la Defensoría del Pueblo de Escobar, sita en Don Bosco 851, Belén de Escobar, donde recibirán el asesoramiento adecuado.
El amparo judicial, presentado por la Defensora del Pueblo del Partido de Escobar, solicitaba que se declare inconstitucional la normativa que autorizaba la aplicación de cargos tarifarios en la facturación de la provisión del servicio de Gas Natural, por considerarlo arbitrario, exorbitante e ilegítimo.
Luego, con fecha 16 de Julio de 2009, el Juez amplió el mencionado fallo sosteniendo que: a) Deberá sustraerse para su cobro la cantidad de dinero consignada al decreto 2067/2008; b) Deberá sustraerse asimismo la retroactividad en relación al mismo decreto y c) En lo sucesivo Gas Natural Ban S.A. deberá abstenerse de incluir en las facturaciones el incremento previsto por dicho decreto hasta tanto recaiga la sentencia definitiva.
En función de esto, ante cualquier duda respecto del monto a abonar por el servicio de Gas Natural se recomienda a los vecinos del distrito que, antes de efectuar el pago, se dirijan a la Defensoría del Pueblo de Escobar, sita en Don Bosco 851, Belén de Escobar, donde recibirán el asesoramiento adecuado.
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