miércoles, septiembre 30, 2009

General Rodríguez: El borrador de un convenio con el Dr. Santiago Ferro fue rechazado por unanimidad.

(Acción). El jueves 24 de septiembre se reunio el H. C. Deliberante con el fin de tratar entre otros temas un borrador de un convenio al que se habria llegado con el Dr. Santiago Ferro quien querello al municipio como consecuencia de su destitucion como concejal en 1996.
En la causa 5103 que se lleva adelante en el Tribunal Contencioso Administrativo de la ciudad de Mercedes, y en la cual el Dr. Ferro exige un resarcimiento economico por la suma de cinco millones de pesos.
En el mes de mayo Accion reflejaba en su sitio en internet la homologacion de un convenio que condenaba a nuestro municipio al pago extrajudicial de un millon ochocientos mil pesos.
Historia de un acto ilegal y en camino a una "causa grave" del intendente.En octubre del 2008 ambas partes anuncian estar llegando a una conciliacion, algo que la Ley Organica de Municipalidades prohibe taxativamente, en el acta sumada al expediente consta:
"En Mercedes, a los 23 días del mes de octubre de 2008, y siendo las 11:30 horas, a los fines de celebrar la audiencia fijada para el día de la fecha en los autos caratulados “Ferro, Santiago M. c/ Municipalidad de General Rodriguez s/ Pretension Indemnizatoria”, la que ha sido fijada a los fines previstos a fs.215, comparece por una parte el Dr. Ismael Ricardo Del Olmo, y por la demandada el Dr. Roberto Eduardo Hygonenq. Abierto el acto por SS, ambas partes expresan que se encuentran en forma extrajudicial, en tratativas para arribar a un acuerdo conciliatorio. Atento a ello, y en virtud de requerir aquellas un tiempo mas para poder concretar el mismo, manifiestan a S.S. que tan pronto lo efectivizen lo acompañaran a la causa, a sus efectos. No siendo para más se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes. Doy Fe."
Lo que se comenzaba a plasmar era un acto ilegal que pone en riesgo la permanencia de Marcelo Coronel en su cargo. La Ley expresa en su art. 119 dice:"Artículo 119.- (Texto según Decreto-Ley 8.851/1977) El Departamento Ejecutivo podrá realizar gastos aún cuando el concepto de ellos no esté previsto en el presupuesto general o excedan el monto de las partidas autorizadas, solamente en los siguientes casos:a) Para el cumplimiento de sentencias judiciales firmes."
Como lo publicamos en aquella oportunidad un convenio fue homologado y asi lo comentabamos en un articulo publicado el lunes 18 de mayo de 2009 que reproducimos mas abajo.
El jueves 24 de septiembre de 2009, se trato en el Concejo Deliberante el borrador de otro convenio que establece el pago a Santiago Ferro de quince cuotas de setenta y dos mil pesos y en el mismo el Dr. Ferro se compromete a renunciar a las acciones legales contra la empresa Mastellone Hnos en una causa iniciada luego de la venta, por parte del municipio, de calles a la empresa lactea.
Este borrador es diferente al convenio homologado ante el Tribunal Contencioso Administrativo que lleva adelante el Sr. Juez Luis Oscar Laserna, donde el 14 de abril del corriente año se firmo un acuerdo de conciliación en el que el municipio aceptó pagarle al Dr. Santiago Ferro la suma de $1.800.000- (Un millon Ochocientos mil pesos) en veinte cuotas iguales y consecutivas de $90.000- cada una.
Ese convenio fue firmado por el Sr. Intendente Marcelo Coronel y "lo pone al borde de la cornisa", nos confio una fuente especializada en Derecho Administrativo. Si ademas de haberlo firmado el intendente, se le pago a Ferro, alguna de las cuotas que establecia el mismo... "todos estan en el horno" y si se tiene en cuenta que para la aprobacion de este convenio por el H. C. Deliberante, el reglamento interno exige votacion nominal, ¿Ud. que cree?, nos dijo el especialista, ¿cuantos de esos concejales estarian dispuestos a arriesgar su patrimonio personal?.
De esta forma puesto a consideracion del Cuerpo, el convenio fue "aprobado el rechazo" (SIC)

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