lunes, abril 12, 2010

Diputado solicitó que se informe sobre la falta de aplicación de la Ley de Talle

El diputado bonaerense de la UCR, Aldo Mensi, presentó un proyecto de declaración sobre la falta de aplicación de la denominada “Ley de Talles”, que entró en vigencia hace más de cuatro años.

Mensi aseveró que “muchos comercios de la provincia, principalmente aquellos que funcionan en el interior de la misma, no cumplen con la normativa y continúan rigiéndose por antiguas medidas y talles únicos”.

Asimismo, el diputado indicó “la sociedad actual en la que vivimos se caracteriza, entre otras cosas, por ser una sociedad que ha creado paradigmas de belleza inalcanzables para el común de la gente y, por voluntad propia o forzosamente, influyen de modo directo en los jóvenes. Cada día que transcurre se agrava esta situación y son más los adolescentes afectados por la bulimia, la anorexia y generando en ellos “trastornos” que deben ser analizados y tratados en forma particular”.

“Resulta notorio y manifiesto – prosiguió Mensi - que las personas que no encuentran sus talles se sienten inevitablemente excluidas y rechazadas por no pertenecer a los cánones de belleza impuestos”, a la vez que agregó “como integrantes de la sociedad que somos y circunstancialmente representamos, no podemos permitir que nos sigan imponiendo frases hechas como “la moda es sinónimo de cuerpos esbeltos y delgados”, porque ellas se materializan inmediata e inexorablemente en la indumentaria y prendas que diariamente debemos usar, y es allí donde comienzan a surgir los problemas para la gente que no encuentran ropa adecuada a su físico, sintiéndose completamente discriminados”.

Y agregó que “menos aún podemos permitir que se siga configurando ésta exclusión, cuando disponemos al alcance de la mano, de la normativa expresa que prohíbe este tipo de hechos y situaciones y además contamos con todas las herramientas para su efectivo cumplimento”.


El diputado radical recordó que el Decreto Reglamentario de la Ley 12.665 establece en su artículo primero que “será autoridad de aplicación el Ministerio de la Producción a través de la Dirección provincial de Comercio”; y en su artículo segundo declara que “dentro de los límites de sus respectivos territorios a los fines de contralor, juzgamiento e imposición de sanciones, serán los municipios quienes deberán designar a la autoridad de aplicación a través del organismo o estructura administrativa que cada uno de ellos escoja, de conformidad a la Ley Provincial 13.133, Título IX (Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios)”.

También expresó “de modo que contamos con todos los instrumentos necesarios a los fines de evitar que se sigan perpetrando situaciones de evidente discriminación y segregación contra un gran porcentaje de la población y es por ello que solicito que se agilicen, profundicen y se activen de manera urgente, éstas vías de control, inspección y sanción para quienes infrinjan la ley vigente, fundamentalmente en los distritos y ciudades del interior de la provincia, donde la cantidad de comercios que venden indumentaria son menores y consecuentemente, si no cumplen con la ley, los habitantes del lugar no poseen alternativas viables donde poder adquirir un bien esencial como lo es la vestimenta”.

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