Fue suscripto entre el Gobierno porteño y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. La Legislatura también aprobó en primera lectura el uso intransferible del predio donde funciona el Jardín Japonés a favor de la Fundación Cultural Argentino Japonesa.
La Legislatura aprobó esta tarde el Acuerdo sobre Cesión de Uso, suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación del Gobierno del Reino de España. El mismo, celebrado el 8 de mayo de 2008 y refrendado el 20 de junio de ese año, tiene por objeto la puesta en valor y restauración del conjunto edilicio en el que funcionó el Patronato de la Infancia, con el objetivo de erigirlo como sede del Centro Cultural de España en Buenos Aires. El proyecto es autoría del Jefe de Gobierno.
En cumplimiento de ese compromiso, se sancionó oportunamente la Ley N° 3024 por medio de la cual se declararon de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles involucrados y se dispuso que serán destinados para la creación y funcionamiento de un centro cultural. En consecuencia, por el acuerdo suscripto sobre la cesión de uso y una vez formalizada la expropiación, la administración se compromete a ceder en uso dichos inmuebles emplazados en el Casco Histórico de San Telmo, por un plazo de 30 años a la citada Agencia.
La votación en general resultó de 42 votos positivos, 3 negativos (Nueva Izquierda, Autodeterminación y Libertad e Igualdad Social) y 4 abstenciones (Diputada/os Diana Maffia y Facundo Di Filippo -CC-, Eduardo Epszteyn -DxBA- y Sebastián Gramajo -FpV).
Jardín Japonés
Fue aprobada en primera lectura la ley que establece el uso gratuito e intransferible por el plazo de veinte (20) años a favor Fundación Cultural Argentino Japonesa, del predio denominado Jardín Japonés, ubicado en Av. Rodolfo Berro y Av. Casares, que actualmente ocupa.
Para ello, el Poder Ejecutivo y la Fundación Argentino Japonesa deberán suscribir un Convenio que garantice las condiciones de uso del Jardín Japonés, la cooperación técnica y científica entre ambas partes, los estándares de conservación, mantenimiento y desarrollo del Jardín entre otros. Se establece también que la Fundación, dentro de la difusión de sus actividades culturales argentino-japonesas podrá realizar entre otras las siguientes: expendio de platos típicos y sus complementos de acuerdo al ritual tradicional japonés en lugar gastronómico; sus plantas y productos específicos utilizados en las labores de jardinería japonesa; alimento para peces, artesanías y material impreso como divulgación de la cultura japonesa en todos sus aspectos. Fuera de estas, la ley votada prohíbe la explotación dentro del predio d e actividades de cualquier tipo que no sean estrictamente educativas o culturales.
Dicha fundación, propone la ley de aprobación inicial, tomaría a su cargo exclusivo el mantenimiento y conservación del predio, así como todos los derechos, tasas y contribuciones que graven el espacio. Se propone también autorizarla a cobrar una entrada solidaria de cuatro unidades fijas para ingresar al predio, con excepción de los menores de 12 años y mayores de 65, personas con necesidades especiales, contingentes de instituciones educativas y de organizaciones de bien público. Además se fijaría que una vez a la semana la fundación no cobre entrada, como tampoco un día del tercer fin de semana de cada mes.
El resultado de la votación fue: 49 votos positivos, 4 negativos (de los integrantes de los bloques: Socialista, Nueva Izquierda, y Autodeterminación y Libertad) y una abstención (del diputado Hourest, Igualdad Social). La sanción de esta ley de doble lectura implica su consideración en Audiencia Pública, y un segundo tratamiento en el recinto del despacho correspondiente.
La Legislatura aprobó esta tarde el Acuerdo sobre Cesión de Uso, suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación del Gobierno del Reino de España. El mismo, celebrado el 8 de mayo de 2008 y refrendado el 20 de junio de ese año, tiene por objeto la puesta en valor y restauración del conjunto edilicio en el que funcionó el Patronato de la Infancia, con el objetivo de erigirlo como sede del Centro Cultural de España en Buenos Aires. El proyecto es autoría del Jefe de Gobierno.
En cumplimiento de ese compromiso, se sancionó oportunamente la Ley N° 3024 por medio de la cual se declararon de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles involucrados y se dispuso que serán destinados para la creación y funcionamiento de un centro cultural. En consecuencia, por el acuerdo suscripto sobre la cesión de uso y una vez formalizada la expropiación, la administración se compromete a ceder en uso dichos inmuebles emplazados en el Casco Histórico de San Telmo, por un plazo de 30 años a la citada Agencia.
La votación en general resultó de 42 votos positivos, 3 negativos (Nueva Izquierda, Autodeterminación y Libertad e Igualdad Social) y 4 abstenciones (Diputada/os Diana Maffia y Facundo Di Filippo -CC-, Eduardo Epszteyn -DxBA- y Sebastián Gramajo -FpV).
Jardín Japonés
Fue aprobada en primera lectura la ley que establece el uso gratuito e intransferible por el plazo de veinte (20) años a favor Fundación Cultural Argentino Japonesa, del predio denominado Jardín Japonés, ubicado en Av. Rodolfo Berro y Av. Casares, que actualmente ocupa.
Para ello, el Poder Ejecutivo y la Fundación Argentino Japonesa deberán suscribir un Convenio que garantice las condiciones de uso del Jardín Japonés, la cooperación técnica y científica entre ambas partes, los estándares de conservación, mantenimiento y desarrollo del Jardín entre otros. Se establece también que la Fundación, dentro de la difusión de sus actividades culturales argentino-japonesas podrá realizar entre otras las siguientes: expendio de platos típicos y sus complementos de acuerdo al ritual tradicional japonés en lugar gastronómico; sus plantas y productos específicos utilizados en las labores de jardinería japonesa; alimento para peces, artesanías y material impreso como divulgación de la cultura japonesa en todos sus aspectos. Fuera de estas, la ley votada prohíbe la explotación dentro del predio d e actividades de cualquier tipo que no sean estrictamente educativas o culturales.
Dicha fundación, propone la ley de aprobación inicial, tomaría a su cargo exclusivo el mantenimiento y conservación del predio, así como todos los derechos, tasas y contribuciones que graven el espacio. Se propone también autorizarla a cobrar una entrada solidaria de cuatro unidades fijas para ingresar al predio, con excepción de los menores de 12 años y mayores de 65, personas con necesidades especiales, contingentes de instituciones educativas y de organizaciones de bien público. Además se fijaría que una vez a la semana la fundación no cobre entrada, como tampoco un día del tercer fin de semana de cada mes.
El resultado de la votación fue: 49 votos positivos, 4 negativos (de los integrantes de los bloques: Socialista, Nueva Izquierda, y Autodeterminación y Libertad) y una abstención (del diputado Hourest, Igualdad Social). La sanción de esta ley de doble lectura implica su consideración en Audiencia Pública, y un segundo tratamiento en el recinto del despacho correspondiente.
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