Las estudiantes comprendidas en esta medida podrán rendir exámenes finales en un llamado extraordinario. Además, cuando corresponda, el embarazo o maternidad se agregará a las causales de pérdida de regularidad y permitirá extender la misma por el plazo de un año.
El rectorado de la Universidad Nacional de Lanús (UNLa) dispuso que las estudiantes embarazadas y/o en situación de maternidad están comprendidas en un régimen especial de asistencia a clases y evaluación. Cabe destacar, que el espíritu de esta disposición ya se encontraba incluido en el Reglamento Académico y en el Estatuto de la Universidad.
“La propuesta no sólo obedece al imperativo que esta Universidad tiene asumido en su Estatuto, de hacer de la equidad una herramienta que posibilite la formación, para educar en el espíritu constitucional de igualdad de oportunidades y no discriminación, promoviendo la igualdad de oportunidades en materia de género, sino particularmente a la filosofía que ha orientado el accionar de esta comunidad universitaria desde sus inicios”, explicó la Dra. Ana Jaramillo, rectora de la UNLa.
A pedido del Claustro de Estudiantes, la rectora procedió a presentar la petición ante el Consejo Superior de la Universidad, quien luego de evaluar que la propuesta coincidía con “el espíritu del Estatuto de la UNLa y la Constitución Nacional”, encomendó a Jaramillo redactar las normas correspondientes.
Así, se resolvió que “las estudiantes embarazadas y puérperas (el puerperio es el período entre el parto y el retorno del organismo a las condiciones normales anteriores al embarazo), mediante presentación de certificación médica en la que conste su estado- estarán comprendidas en un régimen especial de asistencia a clases y evaluación”.
A su vez, la Dirección de la Carrera comunicará a los docentes a cargo de las asignaturas sobre la condición de las estudiantes comprendidas en esta situación. En estos casos, los docentes establecerán –con anuencia de la Dirección de Carrera, Departamento y la Secretaría Académica- un régimen especial de cursada así como una modalidad de evaluación particular para la misma.
Las estudiantes comprendidas en este régimen podrán rendir exámenes finales en un llamado extraordinario acordado entre la Dirección del Departamento respectivo y la Secretaría Académica.
Además, cuando corresponda, el embarazo o puerperio se agregará a las causales de pérdida de regularidad previstas en el artículo 31 del Reglamento Académico de la UNLa y se extenderá la regularidad por el plazo de un año.
El rectorado de la Universidad Nacional de Lanús (UNLa) dispuso que las estudiantes embarazadas y/o en situación de maternidad están comprendidas en un régimen especial de asistencia a clases y evaluación. Cabe destacar, que el espíritu de esta disposición ya se encontraba incluido en el Reglamento Académico y en el Estatuto de la Universidad.
“La propuesta no sólo obedece al imperativo que esta Universidad tiene asumido en su Estatuto, de hacer de la equidad una herramienta que posibilite la formación, para educar en el espíritu constitucional de igualdad de oportunidades y no discriminación, promoviendo la igualdad de oportunidades en materia de género, sino particularmente a la filosofía que ha orientado el accionar de esta comunidad universitaria desde sus inicios”, explicó la Dra. Ana Jaramillo, rectora de la UNLa.
A pedido del Claustro de Estudiantes, la rectora procedió a presentar la petición ante el Consejo Superior de la Universidad, quien luego de evaluar que la propuesta coincidía con “el espíritu del Estatuto de la UNLa y la Constitución Nacional”, encomendó a Jaramillo redactar las normas correspondientes.
Así, se resolvió que “las estudiantes embarazadas y puérperas (el puerperio es el período entre el parto y el retorno del organismo a las condiciones normales anteriores al embarazo), mediante presentación de certificación médica en la que conste su estado- estarán comprendidas en un régimen especial de asistencia a clases y evaluación”.
A su vez, la Dirección de la Carrera comunicará a los docentes a cargo de las asignaturas sobre la condición de las estudiantes comprendidas en esta situación. En estos casos, los docentes establecerán –con anuencia de la Dirección de Carrera, Departamento y la Secretaría Académica- un régimen especial de cursada así como una modalidad de evaluación particular para la misma.
Las estudiantes comprendidas en este régimen podrán rendir exámenes finales en un llamado extraordinario acordado entre la Dirección del Departamento respectivo y la Secretaría Académica.
Además, cuando corresponda, el embarazo o puerperio se agregará a las causales de pérdida de regularidad previstas en el artículo 31 del Reglamento Académico de la UNLa y se extenderá la regularidad por el plazo de un año.
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