En la última sesión del HCD, la concejal del Frente por Campana, Eva Gigena presentó un proyecto de Ordenanza que busca que se reconozcan derechos de los "trabajadores Municipales masculinos dependientes del Departamento Ejecutivo"
El proyecto pide que cada trabajador tenga "derecho a gozar de una licencia de diez días hábiles por nacimiento de hija/o que se extenderá a quince días hábiles en él supuesto que el agente tuviese hijas/os menores de hasta cinco años y en los casos de nacimientos múltiples".
"Gozará de diez días hábiles de licencia, el personal municipal masculino dependiente del departamento Ejecutivo municipal que adoptase hija/o, extendiéndose dicho plazo a quince días hábiles en él supuesto que el agente tuviese hijas/os menores de hasta cinco (5) años en los casos de adopción de un niño o una niña o más", asegura el artículo 2º.
"Igual beneficio se acordará a los agentes que posean la tenencia, guarda o tutela de menores hasta un año de edad, debidamente acreditada mediante certificación expedida por autoridad judicial o administrativa competente.
La licencia por alimentación y cuidado de hijo comprenderá el derecho a una pausa de dos horas diarias que podrá ser dividida en fracciones cuando se destine a la lactancia artificial del hijo menor de doce meses. Esta podrá ser solicitada por el padre quien deberá acreditar la condición de enfermedad, imposibilidad o fallecimiento de la madre", agrega el proyecto.
El caso de Luján:
Luján es una de las ciudades donde esta medida ya se aplica, y contó incluso con el apoyo del gobierno provincial.
"La ordenanza establece, entre otras cosas, una licencia de 15 días corridos con goce de haberes para los agentes varones dependientes de la Administración Pública Municipal.
La iniciativa tiene como objetivo promover la superación de los roles tradicionales de género, así como de parámetros y mandatos culturales que asignan exclusivamente a la mujer roles históricamente ínsitos dentro de la esfera privada del hogar y el cuidado de niñas y niños.
De esta manera promueve la equiparación de responsabilidades ocupacionales y familiares de ambos padres en pos de la construcción de una sociedad más equitativa, solidaria y menos rígida".
El Municipio de Luján es el único municipio bonaerense que establece hasta la fecha por ordenanza esta medida de ampliación de la Licencia por Paternidad. Un avance en los derechos de los trabajadores que fue producto, entre otras cosas, del trabajo conjunto realizado con la Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y Oportunidades entre varones y mujeres en el mundo laboral de nuestro distrito.
Asimismo el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Comisión Tripartita provincial manifestó su apoyo y celebró la medida adoptada por la comuna vecina. (La Auténtica Defensa).
El proyecto pide que cada trabajador tenga "derecho a gozar de una licencia de diez días hábiles por nacimiento de hija/o que se extenderá a quince días hábiles en él supuesto que el agente tuviese hijas/os menores de hasta cinco años y en los casos de nacimientos múltiples".
"Gozará de diez días hábiles de licencia, el personal municipal masculino dependiente del departamento Ejecutivo municipal que adoptase hija/o, extendiéndose dicho plazo a quince días hábiles en él supuesto que el agente tuviese hijas/os menores de hasta cinco (5) años en los casos de adopción de un niño o una niña o más", asegura el artículo 2º.
"Igual beneficio se acordará a los agentes que posean la tenencia, guarda o tutela de menores hasta un año de edad, debidamente acreditada mediante certificación expedida por autoridad judicial o administrativa competente.
La licencia por alimentación y cuidado de hijo comprenderá el derecho a una pausa de dos horas diarias que podrá ser dividida en fracciones cuando se destine a la lactancia artificial del hijo menor de doce meses. Esta podrá ser solicitada por el padre quien deberá acreditar la condición de enfermedad, imposibilidad o fallecimiento de la madre", agrega el proyecto.
El caso de Luján:
Luján es una de las ciudades donde esta medida ya se aplica, y contó incluso con el apoyo del gobierno provincial.
"La ordenanza establece, entre otras cosas, una licencia de 15 días corridos con goce de haberes para los agentes varones dependientes de la Administración Pública Municipal.
La iniciativa tiene como objetivo promover la superación de los roles tradicionales de género, así como de parámetros y mandatos culturales que asignan exclusivamente a la mujer roles históricamente ínsitos dentro de la esfera privada del hogar y el cuidado de niñas y niños.
De esta manera promueve la equiparación de responsabilidades ocupacionales y familiares de ambos padres en pos de la construcción de una sociedad más equitativa, solidaria y menos rígida".
El Municipio de Luján es el único municipio bonaerense que establece hasta la fecha por ordenanza esta medida de ampliación de la Licencia por Paternidad. Un avance en los derechos de los trabajadores que fue producto, entre otras cosas, del trabajo conjunto realizado con la Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y Oportunidades entre varones y mujeres en el mundo laboral de nuestro distrito.
Asimismo el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Comisión Tripartita provincial manifestó su apoyo y celebró la medida adoptada por la comuna vecina. (La Auténtica Defensa).
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