SAN ISIDRO, Mayo 08, (PUNTO CERO) En su tercera sesión ordinaria celebrada hoy, el Concejo Deliberante de San Isidro dio ingreso para su tratamiento a un proyecto de ordenanza del Ejecutivo Municipal por la cual se prohibirá a los supermercados, hipermercados, shoppings, comercios mayoristas y minoristas en general, la entrega de bolsas confeccionadas con materiales que no reúnan las características biodegradables, oxibiodegradables, hidrodegradables o cualquier otro tipo similar.
A partir de la sanción del proyecto de ordenanza se establece un plazo máximo de un (1) año, como período durante el cual los locales aludidos deberán implementar los cambios necesarios, de acuerdo a lo establecido por la normativa a sancionar.
Asimismo, para la confección e impresión de inscripciones en bolsas de cualquier tipo deberán emplearse sustancias y materiales de características no tóxicas que respeten las normas ambientales vigentes.
El proyecto prevé amonestaciones, multas, clausura o inhabilitación y decomiso. Por su parte, los comercios y/o fabricantes que entreguen bolsas a los clientes deberán presentar ante las autoridades competentes, los certificados que acrediten las características técnicas del producto adoptado.
En el capítulo sobre disposiciones generales, se establece que los fondos recaudados en concepto de multas, serán utilizados exclusivamente por el Municipio para la realización de campañas de difusión respecto de la importancia de la preservación del Medio Ambiente.
En la exposición de motivos se alude a un estudio del Instituto de Ingeniería Sanitaria de la UBA y el CEAMSE, en el cual se indica que “el plástico del que están hechas las bolsas es el componente de la basura que más aumentó en los últimos 35 años. En 1972, no representaba un porcentaje significativo (menos del 1%). En cambio, para 2006, un 13,75% de los residuos fueron plásticos y la mayor parte correspondieron a bolsas de polietileno”.
También se advierte que “el 60% de los desperdicios producidos por los hogares en el mundo, proviene de bolsas plásticas y envases utilizados y no reciclados” afirmando a continuación que “el primer perjuicio ambiental es que los plásticos, sea el polietileno o el polipropileno, son materiales no biodegradables, es decir, que no se degradan en la naturaleza” o que este proceso puede tardar “más de 400 años”.
Luego de citar antecedentes legislativos en la materia procedentes de diferentes lugares del país señala que existen tres grandes grupos de bolsas biodegradables como el papel, bolsas plásticas orgánicas (base vegetal), plásticas oxi-biodegradables con aditivo que degrada el material.
La ordenanza que será tratada por el cuerpo dispone que la autoridad de aplicación sea la Secretaría de Inspecciones y Registros urbanos.
En otro orden, diversos fueron los despachos aprobados en esta jornada por el órgano deliberativo municipal entre los cuales figura la convalidación el convenio con sus anexos celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación y la comuna sanisidrense, para la puesta en marcha de la Tercera Etapa del Programa Nacional de Médicos Comunitarios.
Aprobó también un proyecto de comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo gestionar ante quien corresponda, la remoción de vehículos secuestrados por la policía que suelen ser estacionados sobre las calles cercanas a los establecimientos policiales, depositándolos en el lugar destinado por la Justicia a tal fin.
Con la negativa de parte de la oposición, el órgano convalidó el Acuerdo de Cooperación celebrado entre la Municipalidad de San Isidro y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para la implementación del voto electrónico para extranjeros residentes en las elecciones del 28 de octubre último.
Finalmente, mediante otro proyecto de comunicación aprobado, el deliberante solicita al Departamento Ejecutivo gestione ante AySA, a fin de verificar el grado de contaminación de las redes de agua corriente, a fin de articular acciones preventivas frente a una eventual contaminación.
Esta cuestión obedece a un dictamen judicial referente a la contaminación producida por la firma Diacrom S.A., industria dedicada al cromado de metales, radicada en el Partido de Vicente López.
A partir de la sanción del proyecto de ordenanza se establece un plazo máximo de un (1) año, como período durante el cual los locales aludidos deberán implementar los cambios necesarios, de acuerdo a lo establecido por la normativa a sancionar.
Asimismo, para la confección e impresión de inscripciones en bolsas de cualquier tipo deberán emplearse sustancias y materiales de características no tóxicas que respeten las normas ambientales vigentes.
El proyecto prevé amonestaciones, multas, clausura o inhabilitación y decomiso. Por su parte, los comercios y/o fabricantes que entreguen bolsas a los clientes deberán presentar ante las autoridades competentes, los certificados que acrediten las características técnicas del producto adoptado.
En el capítulo sobre disposiciones generales, se establece que los fondos recaudados en concepto de multas, serán utilizados exclusivamente por el Municipio para la realización de campañas de difusión respecto de la importancia de la preservación del Medio Ambiente.
En la exposición de motivos se alude a un estudio del Instituto de Ingeniería Sanitaria de la UBA y el CEAMSE, en el cual se indica que “el plástico del que están hechas las bolsas es el componente de la basura que más aumentó en los últimos 35 años. En 1972, no representaba un porcentaje significativo (menos del 1%). En cambio, para 2006, un 13,75% de los residuos fueron plásticos y la mayor parte correspondieron a bolsas de polietileno”.
También se advierte que “el 60% de los desperdicios producidos por los hogares en el mundo, proviene de bolsas plásticas y envases utilizados y no reciclados” afirmando a continuación que “el primer perjuicio ambiental es que los plásticos, sea el polietileno o el polipropileno, son materiales no biodegradables, es decir, que no se degradan en la naturaleza” o que este proceso puede tardar “más de 400 años”.
Luego de citar antecedentes legislativos en la materia procedentes de diferentes lugares del país señala que existen tres grandes grupos de bolsas biodegradables como el papel, bolsas plásticas orgánicas (base vegetal), plásticas oxi-biodegradables con aditivo que degrada el material.
La ordenanza que será tratada por el cuerpo dispone que la autoridad de aplicación sea la Secretaría de Inspecciones y Registros urbanos.
En otro orden, diversos fueron los despachos aprobados en esta jornada por el órgano deliberativo municipal entre los cuales figura la convalidación el convenio con sus anexos celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación y la comuna sanisidrense, para la puesta en marcha de la Tercera Etapa del Programa Nacional de Médicos Comunitarios.
Aprobó también un proyecto de comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo gestionar ante quien corresponda, la remoción de vehículos secuestrados por la policía que suelen ser estacionados sobre las calles cercanas a los establecimientos policiales, depositándolos en el lugar destinado por la Justicia a tal fin.
Con la negativa de parte de la oposición, el órgano convalidó el Acuerdo de Cooperación celebrado entre la Municipalidad de San Isidro y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para la implementación del voto electrónico para extranjeros residentes en las elecciones del 28 de octubre último.
Finalmente, mediante otro proyecto de comunicación aprobado, el deliberante solicita al Departamento Ejecutivo gestione ante AySA, a fin de verificar el grado de contaminación de las redes de agua corriente, a fin de articular acciones preventivas frente a una eventual contaminación.
Esta cuestión obedece a un dictamen judicial referente a la contaminación producida por la firma Diacrom S.A., industria dedicada al cromado de metales, radicada en el Partido de Vicente López.
Si bien la citada empresa se encuentra en el partido vecino, sus consecuencias talvez no se limitarían a ese distrito y podría haber contaminado la red de agua en zonas de los partidos de San Martín, San Isidro, San Fernando y Tigre, ya que se abastecen de la misma red. (PUNTO CERO).
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