BUENOS AIRES, Julio 23, (PUNTO CERO) A menudo las condiciones legales u otras explicaciones obligatorias para emitir un aviso comercial, radial o televisivo, pero que no son de utilidad para el auspiciante, se pronuncian en forma acelerada, poco entendible para el oyente.
Para evitar esta metodología, el senador José María Zingoni presentó un proyecto de ley para prohibir en la provincia de Buenos Aires “la utilización de sistemas tecnológicos que alteren la calidad y velocidad del sonido de la voz, en los avisos comerciales que contengan condiciones legales, plazos, o que importen una adecuada explicación al potencial cliente sobre las condiciones de uso del producto o servicio que se trate”.
El legislador citó en los fundamentos de su iniciativa que en varias publicidades que difunden distintos productos que están obligados a explicitar sus condiciones de accesibilidad, uso, compra, etc. Y así es que recurren a dar lectura de esas condiciones a una velocidad que imposibilita, a la gran mayoría de las personas, entender fehacientemente de que se tratan las mismas.
“No cabe duda que la utilización de tales mecanismos atenta contra la finalidad por las que, dichas condiciones de accesibilidad son difundidas, es decir que el consumidor conozca de antemano tales condiciones”, manifestó el legislador.
Para evitar esta metodología, el senador José María Zingoni presentó un proyecto de ley para prohibir en la provincia de Buenos Aires “la utilización de sistemas tecnológicos que alteren la calidad y velocidad del sonido de la voz, en los avisos comerciales que contengan condiciones legales, plazos, o que importen una adecuada explicación al potencial cliente sobre las condiciones de uso del producto o servicio que se trate”.
El legislador citó en los fundamentos de su iniciativa que en varias publicidades que difunden distintos productos que están obligados a explicitar sus condiciones de accesibilidad, uso, compra, etc. Y así es que recurren a dar lectura de esas condiciones a una velocidad que imposibilita, a la gran mayoría de las personas, entender fehacientemente de que se tratan las mismas.
“No cabe duda que la utilización de tales mecanismos atenta contra la finalidad por las que, dichas condiciones de accesibilidad son difundidas, es decir que el consumidor conozca de antemano tales condiciones”, manifestó el legislador.
Y agregó que “es por ello que se cree necesaria la sanción de una ley que corrija situaciones como las descriptas, en función de evitar la consagración de propagandas que lindan con cierto grado de deslealtad comercial y fundamentalmente, en defensa de los derechos de los consumidores y usuarios de nuestra provincia”. (PUNTO CERO).
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