VICENTE LOPEZ, Julio 29, (PUNTO CERO) El Concejo Deliberante de Vicente López sancionó una Ordenanza, por medio de la cual faculta al D.E. Municipal a adherirse a la Ley 13.659, a lo prescripto en el Art. 1º. de la misma, por la cual se establece el valor del subsidio mensual del personal de la Administración Pública Provincial, que participó, en carácter de soldado conscripto o civil, en las acciones bélicas en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur,(T.O.A.S.) a la vez que autoriza al D.E. a incluir las partidas correspondientes del Presupuesto de Gastos del año 2009, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en tal artículo, y tendrá vigencia a partir del año próximo.
La Ordenanza sancionada tiene en cuenta la presentación efectuada por ex-combatientes de Malvinas y considera, entre otros puntos, que esta Ley establece un subsidio mensual equivalente al 180% del sueldo básico nominal de la categoría de nivel 5º. –auxiliar- 6º.-inicial- o la que las reemplace, de los Agentes del Poder Judicial, a todos aquellos ex soldados conscriptos de la Fuerzas Armadas y de Seguridad, o Civiles, que hubieran entrado en efectivas acciones bélicas de combate dentro del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur; que este subsidio abarca a todos los soldados, conscriptos o civiles, que entraron en acciones bélicas que cumplen servicios como agentes de la Administración Pública Provincial, en planta permanente, temporaria o de cualquier naturaleza, dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, sea de Administración Central o Descentralizada, del Banco de la Provincia de Buenos Aires y/o Empresas Públicas.
Finalmente, la Norma indica que la presente propuesta se genera como una debida respuesta del Estado Provincial para con los ex soldados conscriptos que combatieron en Malvinas, que fueron solidarios en 1982 al momento de tener que recuperar nuestra Soberanía sobre las tierras insulares, ocupadas durante casi 150 años.
La Ordenanza sancionada tiene en cuenta la presentación efectuada por ex-combatientes de Malvinas y considera, entre otros puntos, que esta Ley establece un subsidio mensual equivalente al 180% del sueldo básico nominal de la categoría de nivel 5º. –auxiliar- 6º.-inicial- o la que las reemplace, de los Agentes del Poder Judicial, a todos aquellos ex soldados conscriptos de la Fuerzas Armadas y de Seguridad, o Civiles, que hubieran entrado en efectivas acciones bélicas de combate dentro del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur; que este subsidio abarca a todos los soldados, conscriptos o civiles, que entraron en acciones bélicas que cumplen servicios como agentes de la Administración Pública Provincial, en planta permanente, temporaria o de cualquier naturaleza, dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, sea de Administración Central o Descentralizada, del Banco de la Provincia de Buenos Aires y/o Empresas Públicas.
Finalmente, la Norma indica que la presente propuesta se genera como una debida respuesta del Estado Provincial para con los ex soldados conscriptos que combatieron en Malvinas, que fueron solidarios en 1982 al momento de tener que recuperar nuestra Soberanía sobre las tierras insulares, ocupadas durante casi 150 años.
Hoy, muchos de ellos trabajan en el Estado y continúan poniendo el hombro, día a día, para el mejor funcionamiento de la Instituciones Democráticas. (PUNTO CERO).
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