BUENOS AIRES, Setiembre 18, (PUNTO CERO) Los diputados avanzaron en la redacción de un proyecto que propone penalizar los delitos informáticos que se cometan contra la privacidad o la integridad sexual de las personas, a partir de otorgar la misma protección legal para los mails que los que posee la correspondencia por carta.
El consenso se logró en base a diferentes propuestas presentadas por los legisladores de diferentes bloques que será debatido en 15 días por un plenario de las comisiones de Comunicaciones y de Legislación Penal, que podría emitir dictamen ese día.
La necesidad de penalizar los delitos informáticos surgió meses atrás cuando varios periodistas denunciaron que sus correos electrónicos habían sido violados y se quejaron por la "vulnerabilidad y desprotección que genera la violación de las correspondencias electrónicas".
Como consecuencia de esa denuncia, diputados de diferentes bloques presentaron varios proyectos en ese sentido para penalizar ese tipo de delitos y que se encuentran plasmados en un anteproyecto elaborado por asesores de los legisladores, que cuenta con importante consenso.
Se trata de un proyecto que propone incorporar a la legislación la regulación del mail como nueva forma de comunicación. La iniciativa establece penas para quienes divulguen imágenes de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas reales o simuladas, a partir de una serie de modificaciones al Código Penal.
El titular de la comisión de Comunicaciones de la cámara baja, el kirchnerista rionegrino Osvaldo Nemirovsci, destacó que la idea es "dar respuestas a reclamos a partir de la incorporación de las nuevas tecnologías" y puso de relieve la necesidad de "penalizar la utilización de la informática en la comisión de delitos".
El proyecto consensuado propone modificaciones al Código Penal y establece prisión de 1 a 4 años al que produzca, facilite o publique por cualquier medio imágenes de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas reales o simuladas.
También, la iniciativa, que busca equiparar la comunicación electrónica con la protección legal que tiene actualmente la correspondencia por carta, propone castigar con penas de prisión de 15 días a 6 meses al que abra o acceda indebidamente a una comunicación electrónica.
La pena será de un mes a un año de prisión cuando el acceso fuese en prejuicio del sistema informático de un organismo público estatal y propone castigar con un mes a dos años a quien vulnere la privacidad del otro utilizando mecanismos de escucha o reproducción de imágenes.
En tanto, establece penas de prisión de un mes a 2 años a quien intercepte indebidamente o desvíe comunicaciones postales, telecomunicaciones u otro tipo de datos de carácter privado.
Además, el texto fija multas que van de 10 mil a 100 mil pesos para quien publique datos incluidos en una comunicación electrónica no destinados a su publicidad, siempre que el hecho cause perjuicios a terceros.
En caso de que quien revele hechos o documentos que por ley deben ser secretos, sea un funcionario público, éste será reprimido con penas de prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial de uno a 4 años.
Por otra parte, el texto establece prisión de un mes a 6 años para aquel que con el fin de obtener un beneficio patrimonial, provoque un perjuicio en el patrimonio de otro mediante la introducción de datos falsos o alteración de los verdaderos.
En los fundamentos, la iniciativa sostiene que se trata de un tema "pendiente", ya que la incorporación de las nuevas tecnologías como medios de comisión de distintos tipos de delitos previsto en nuestro Código Penal "es un reclamo que lleva larga data". "Es fundamental que ante el peligro que representa la violación de los principios de legalidad y la prohibición de la analogía en el Derecho Penal, resulta necesaria la correcta tipificación de conductas reprochables sin perder la claridad", sostiene el texto. (PUNTO CERO).
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