BUENOS AIRES, Setiembre 19, (PUNTO CERO) El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SenasA) informó que se está desarrollando la segunda campaña de vacunación contra la fiebre aftosa de 2006 que abarca a la totalidad de animales y categorías de los establecimientos situados al norte del Río Negro.
El Plan Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa prevé la vacunación de todo el rodeo nacional dos veces al año, una acción sanitaria indispensable para resguardar la inmunidad de la ganadería argentina.
En esta campaña, la duodécima implementada por el Senasa a partir de abril de 2001 (resolución 5/2001), se estima que se aplicarán más de 61 millones de dosis de la vacuna.
La vacunación, como lo establece el Plan Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa, estará a cargo de los entes sanitarios locales, con la fiscalización sanitaria del Senasa. El siguiente es el cronograma de vacunación elaborado por el Servicio:
· 15 de julio al 15 de septiembre: Chaco (Plan especial El Impenetrable)
· 1° de agosto al 30 setiembre: Formosa (cordón e interior departamentos Ramón Lista, Matacos y Bermejo),
· 15 de agosto al 15 de octubre: San Luis Norte (Camperos, Unidos, Alto Blanco, Capital Oeste, Ayacucho, Santa Rosa, Concarán, Naschel, Tilisarao, Pampa y Sierra, San Martín, Punilla, La Petra, Villa Mercedes, Justo Darac y Las Caldenadas).
· 15 de Agosto al 15 de Noviembre: Santiago del Estero
· 1º al 30 de Septiembre: Formosa (cordón fronterizo centro y este)
· 1º de Setiembre al 31 de Octubre: Sur de Santa Fe, Catamarca (Plan este y Valle Central), San Juan, Mendoza y La Rioja.
· 15 de Septiembre al 15 de Diciembre: Todos los departamentos de la provincia de Córdoba, a excepción de Santa María y Punilla.
· 15 de Setiembre al 15 de Noviembre: Planes del centro norte de la provincia de Santa Fe.
· 1º de Octubre al 30 de Noviembre: resto de los departamentos de Chaco, Centro y Este de Formosa, Misiones y Tucumán (zonas 1,2 y 3).
· 1º de Octubre al 31 de Diciembre: Salta y Jujuy
· 15 de Octubre al 15 de Diciembre:pProvincia de Buenos Aires (partidos de las Supervisiones Regionales 2, 5, 6, 27, 28 y metropolitana) , La Pampa (planes de Fumeco, Funresa, Funsalai, Fusade, Funtresa, Fumasa y Fuquebasa), Neuquen, Corrientes y Entre Ríos.
· 1º de Noviembre al 31 de Diciembre: provincia de Buenos Aires( Partidos de la Supervisiones Regionales 1, 3 y 4), resto de los planes de la provincia de La Pampa, departamentos de Santa María y Punilla de la provincia de Córdoba , Río Negro (departamentos de Roca, Avellaneda, Pichi Mahuida, Conesa, Alsina, San Antonio) y partido de Carmen de Patagones, de la provincia de Buenos Aires.
· 15 de Noviembre al 15 de Enero: San Luis Sur (Planes Arizona, Buena Esperanza, Unión y Nueva Galia)
· 1º al 31 de Diciembre: Tucumán (zona 4)
El Senasa recuerda que:
· La vacunación total de los animales de cada establecimiento debe realizarse en una sola etapa y dentro de los 60 días establecidos por el plan local.
· Los movimientos de ganado solamente se pueden realizar desde campo vacunado a campo vacunado.
· Todos los animales que se movilicen a otro destino que no sea faena, deben recibir dos vacunaciones dentro de los 180 días.Se debe mantener la cadena de frío para asegurar la efectividad y la calidad de la vacuna. (PUNTO CERO).
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