martes, marzo 27, 2007

VICENTE LOPEZ. Podrán los vecinos cortar raíces y hacer extracciones de árboles en la vía pública, con autorización previa

VICENTE LOPEZ, Marzo 27, (PUNTO CERO) A través de la resolución Nº 228/07, el Municipio de Vicente López faculta al contribuyente del Partido a realizar los trabajos de corte de raíces y extracción de árboles en la vía pública, previa autorización de la Dirección de Ecología y Medio Ambiente.
Para ello, el contribuyente debe completar el formulario correspondiente en la Delegación Municipal más próxima a su domicilio o en la Mesa General de Entradas en la plantas baja del Palacio Municipal –Av. Maipú 2609, Olivos-, con el fin de iniciar un expediente adjuntando fotocopias de la primera y segunda hoja del documento de identidad y de la escritura de dominio de la propiedad inmueble.
La Dirección de Ecología y Medio Ambiente procederá a realizar la inspección previa al inicio de los trabajos, para determinar si corresponde el corte de raíces o la extracción del árbol según el estado fitosanitario del mismo.
A continuación, el contribuyente deberá solicitar en la Dirección de Ecología y Medio Ambiente la autorización de los trabajos a realizar. El solicitante podrá retirar la Planilla de Autorización por duplicado, o podrá bajarla en la sección de Trámites de la página Web del Municipio -http://www.vicentelopez.gov.ar- para imprimir y presentar en la Dirección.
Una vez que el solicitante haya sido autorizado por la Dirección de Ecología y Medio Ambiente, comenzará a regir un plazo de 60 (sesenta) días corridos para concretar las labores autorizadas, debiéndose formalizar previo al comienzo de las mismas ante la Dirección, mediante un Acta de Iniciación de los trabajos. La misma otorgará al frentista un plazo de 10 (diez) días corridos para la finalización de las tareas incluyendo la extracción y/o corte de raíces, la reparación de la vereda, recolección del material producido por su ejecución y reforestación según el artículo 4º de la Resolución Nº 228/07 de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Es requisito indispensable para recibir la autorización, presentar en la Dirección de Ecología y Medio Ambiente los datos personales del Representante Técnico y su número de matrícula de ejercicio profesional de ingeniero agrónomo o ingeniero forestal.
Tras la correcta ejecución de las labores, el contribuyente deberá presentarse en la Dirección de Ecología y Medio Ambiente para firmar por duplicado, el Acta de Finalización de los Trabajos.

OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
Según lo establecido en el artículo 2º de la Resolución 228/07 de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, los trabajos de extracción y/o corte de raíces, reparación de la vereda, recolección del material producido por su ejecución y reforestación, corren por cuenta y cargo del contribuyente. Asimismo se lo hace responsable por cualquier daño a terceros y propiedad de terceros que pudiera suscitarse durante la ejecución.En caso de que por negligencia o mala fe se pudieran ver comprometidos los intereses de la Dirección de Ecología y Medio Ambiente en cuanto al cuidado del arbolado urbano según consta en el artículo 15º de la Ordenanza Nº 7194 del Honorable Concejo Deliberante, el frentista se hará pasible de Actas de Infracción y/o sanciones, según el artículo 26º de la misma Ordenanza. (PUNTO CERO).

No hay comentarios.: