Es porque además del bono de consulta, percibían sumas en efectivo.
El Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) impulsa un firme combate contra el cobro indebido, por tratarse de una práctica ilícita que vulnera los derechos de los afiliados con el cobro de valores que están pautados en los convenios y los prestadores no respetan.
Con este objetivo es que la obra social provincial decidió hacer uso de la facultad legal que le permite prescindir de los servicios de un prestador que ejerza prácticas irregulares. Así lo establece el artículo 39 del Decreto Reglamentario N° 7881/84 de Ley 6982: “Cuando al Instituto no le resultare satisfactorio un servicio prestador o
profesional adherido, podrá prescindir del mismo pudiendo, cuando lo estime necesario, requerir la conformidad de la entidad prestadora que corresponda, para todo lo cual se
deberán arbitrar las previsiones correspondientes en las contrataciones que realice”.
En base a este artículo, el Honorable Directorio (H.D) del IOMA resolvió prescindir de los servicios del doctor Carlos Alberto Bucci, de la localidad de General Belgrano, al determinar que las internaciones solicitadas para intervenciones quirúrgicas no fueron realizadas, ni las patologías de los afiliados guardaban relación con el diagnóstico prescripto en los trámites de autorización de prótesis.
Los resultados de esta investigación fueron posibles gracias a la denuncia formulada por una afiliada de esa localidad, quien expuso que a su nombre se había solicitado un material protésico que no necesitaba.
IOMA entiende que la participación y el compromiso de todos los integrantes de la obra social ayudará a erradicar esta práctica, y para avanzar en la toma de conciencia es que lanza en todo el territorio provincial una campaña masiva contra el cobro indebido.
El objetivo es que los afiliados conozcan la cobertura a la que tienen derecho y sus beneficios, paguen solamente el valor del bono de consulta, y, en caso de que el médico les exija la entrega de una suma extra en efectivo, que pidan una factura y con ella expongan lo sucedido en la delegación correspondiente a su domicilio.
En los últimos meses, también por resolución del H.D, fueron sancionados, además, los siguientes prestadores:
**Al doctor Daniel Rubén Micheloud, de la localidad de Lobería, se le aplicaron seis meses de interrupción contractual en sus relaciones profesionales con este instituto, por haberles cobrado a distintos afiliados una suma fija por encima del bono de consulta.
**La odontóloga María Regina Bibbo, de Mar del Plata, fue sancionada con seis meses de interrupción contractual al determinarse que había percibido distintas sumas por prácticas previstas en el bono de consulta.
**Al doctor Sebastián Asenia (ortopedia y traumatología), de la localidad de Villa Ramallo, se lo sancionó con siete meses de interrupción contractual por facturación de servicios no prestados.
**El doctor Héctor Oscar Bolasell, de la localidad de Salto, fue sancionado con seis meses de interrupción contractual, por el cobro de diversas sumas a los afiliados.
**Al doctor José María Pichetto, especialista en neurología de la localidad de Pehuajó, se le aplicaron 4 meses de interrupción contractual en sus relaciones profesionales con el IOMA, por cobrar sumas de dinero adicionales además del bono consulta, por prácticas convenidas con FEMEBA
***A la doctora Graciela Carballo (especialista en clínica pediátrica), de la localidad de Lobería, se la sancionó con 10 meses de interrupción contractual, debido a las reiteradas denuncias formuladas por distintos afiliados a quienes exigió el pago de 10 pesos por encima del bono consulta.
**La kinesióloga Silvina Muccillo, de la localidad de Ayacucho, fue sancionada con un año de interrupción contractual, acusada de sustituir firmes del receptor del servicio, facturar prestaciones no efectivizadas y otros actos irregulares.
**A la odontóloga Nancy Ester Pérez, de la localidad de Mar del Plata, se le aplicaron cuatro meses de interrupción contractual por cobrar a los afiliados por encima del arancel autorizado; inclumplimiento del convenio de adhesión y reiteración de cobros indebidos.
***El especialista en psiquiatría y psicología médica Mariano Semacendi, de la localidad de La Plata, fue sancionado con nueve meses de interrupción contractual por cobrar a los afiliados por encima del arancel autorizado de manera reiterada e incumplimiento de las normas de convenio.
De acuerdo a un relevamiento realizado por la obra social, la región Bahía Blanca- con 109.871 afiliados- encabeza el índice de denuncias por cobro indebido, alcanzando las mismas un 0,28 % sobre el padrón regional. No obstante, hay que tener en cuenta que esa cifra representa apenas un porcentaje de los casos reales, que no salen a la luz porque no se denuncian.
De acuerdo a ese mismo informe, en segundo lugar se ubica San Isidro, seguida de La Plata.
Para eliminar este hábito es necesario que los afiliados conozcan la cobertura que IOMA les garantiza, hagan valer sus derechos y denuncien a los profesionales que les exijan el pago de sumas en efectivo por prácticas estipuladas por convenio. Toda esa información está disponible en las delegaciones del Instituto y en su página web www.ioma.gba.gov.ar
En esta cruzada también se necesita la participación de las entidades intermedias, los representantes de los gremios y sindicatos. Mientras tanto, la obra social agilizó la aplicación de las sanciones, para que sean verdaderamente efectivas y se pueda prevenir esta práctica, que se ha convertido en una verdadera enfermedad.
El Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) impulsa un firme combate contra el cobro indebido, por tratarse de una práctica ilícita que vulnera los derechos de los afiliados con el cobro de valores que están pautados en los convenios y los prestadores no respetan.
Con este objetivo es que la obra social provincial decidió hacer uso de la facultad legal que le permite prescindir de los servicios de un prestador que ejerza prácticas irregulares. Así lo establece el artículo 39 del Decreto Reglamentario N° 7881/84 de Ley 6982: “Cuando al Instituto no le resultare satisfactorio un servicio prestador o
profesional adherido, podrá prescindir del mismo pudiendo, cuando lo estime necesario, requerir la conformidad de la entidad prestadora que corresponda, para todo lo cual se
deberán arbitrar las previsiones correspondientes en las contrataciones que realice”.
En base a este artículo, el Honorable Directorio (H.D) del IOMA resolvió prescindir de los servicios del doctor Carlos Alberto Bucci, de la localidad de General Belgrano, al determinar que las internaciones solicitadas para intervenciones quirúrgicas no fueron realizadas, ni las patologías de los afiliados guardaban relación con el diagnóstico prescripto en los trámites de autorización de prótesis.
Los resultados de esta investigación fueron posibles gracias a la denuncia formulada por una afiliada de esa localidad, quien expuso que a su nombre se había solicitado un material protésico que no necesitaba.
IOMA entiende que la participación y el compromiso de todos los integrantes de la obra social ayudará a erradicar esta práctica, y para avanzar en la toma de conciencia es que lanza en todo el territorio provincial una campaña masiva contra el cobro indebido.
El objetivo es que los afiliados conozcan la cobertura a la que tienen derecho y sus beneficios, paguen solamente el valor del bono de consulta, y, en caso de que el médico les exija la entrega de una suma extra en efectivo, que pidan una factura y con ella expongan lo sucedido en la delegación correspondiente a su domicilio.
En los últimos meses, también por resolución del H.D, fueron sancionados, además, los siguientes prestadores:
**Al doctor Daniel Rubén Micheloud, de la localidad de Lobería, se le aplicaron seis meses de interrupción contractual en sus relaciones profesionales con este instituto, por haberles cobrado a distintos afiliados una suma fija por encima del bono de consulta.
**La odontóloga María Regina Bibbo, de Mar del Plata, fue sancionada con seis meses de interrupción contractual al determinarse que había percibido distintas sumas por prácticas previstas en el bono de consulta.
**Al doctor Sebastián Asenia (ortopedia y traumatología), de la localidad de Villa Ramallo, se lo sancionó con siete meses de interrupción contractual por facturación de servicios no prestados.
**El doctor Héctor Oscar Bolasell, de la localidad de Salto, fue sancionado con seis meses de interrupción contractual, por el cobro de diversas sumas a los afiliados.
**Al doctor José María Pichetto, especialista en neurología de la localidad de Pehuajó, se le aplicaron 4 meses de interrupción contractual en sus relaciones profesionales con el IOMA, por cobrar sumas de dinero adicionales además del bono consulta, por prácticas convenidas con FEMEBA
***A la doctora Graciela Carballo (especialista en clínica pediátrica), de la localidad de Lobería, se la sancionó con 10 meses de interrupción contractual, debido a las reiteradas denuncias formuladas por distintos afiliados a quienes exigió el pago de 10 pesos por encima del bono consulta.
**La kinesióloga Silvina Muccillo, de la localidad de Ayacucho, fue sancionada con un año de interrupción contractual, acusada de sustituir firmes del receptor del servicio, facturar prestaciones no efectivizadas y otros actos irregulares.
**A la odontóloga Nancy Ester Pérez, de la localidad de Mar del Plata, se le aplicaron cuatro meses de interrupción contractual por cobrar a los afiliados por encima del arancel autorizado; inclumplimiento del convenio de adhesión y reiteración de cobros indebidos.
***El especialista en psiquiatría y psicología médica Mariano Semacendi, de la localidad de La Plata, fue sancionado con nueve meses de interrupción contractual por cobrar a los afiliados por encima del arancel autorizado de manera reiterada e incumplimiento de las normas de convenio.
De acuerdo a un relevamiento realizado por la obra social, la región Bahía Blanca- con 109.871 afiliados- encabeza el índice de denuncias por cobro indebido, alcanzando las mismas un 0,28 % sobre el padrón regional. No obstante, hay que tener en cuenta que esa cifra representa apenas un porcentaje de los casos reales, que no salen a la luz porque no se denuncian.
De acuerdo a ese mismo informe, en segundo lugar se ubica San Isidro, seguida de La Plata.
Para eliminar este hábito es necesario que los afiliados conozcan la cobertura que IOMA les garantiza, hagan valer sus derechos y denuncien a los profesionales que les exijan el pago de sumas en efectivo por prácticas estipuladas por convenio. Toda esa información está disponible en las delegaciones del Instituto y en su página web www.ioma.gba.gov.ar
En esta cruzada también se necesita la participación de las entidades intermedias, los representantes de los gremios y sindicatos. Mientras tanto, la obra social agilizó la aplicación de las sanciones, para que sean verdaderamente efectivas y se pueda prevenir esta práctica, que se ha convertido en una verdadera enfermedad.
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